Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2008 (18/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de enero de 2008

NORMAS LEGALES
(En Nuevos Soles)

364265

CATEGORIA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingencia TOTAL A LA: FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) SECCION PRIMERA GOBIERNO CENTRAL SECCION MORDAZA INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS TOTAL 5. GASTOS CORRIENTES 1. Personal y Obligaciones Sociales 100 924 200,00 91 644 600,00 192 568 800,00 ============ 192 568 800,00 ============ 192 568 800,00 --------------------192 568 800,00 ============

Articulo 5º.- MORDAZA por Crecimiento Economico para el personal que labora en jornada parcial o incompleta Para el caso de los servidores de carreras propias que laboran a tiempo parcial o jornada laboral incompleta, el MORDAZA por Crecimiento Economico sera de aplicacion proporcional a su similar que labora a tiempo completo, bajo responsabilidad de las Oficinas de Administracion del Pliego respectivo. Articulo 6º.- Proyectos de ejecucion presupuestaria directa El MORDAZA por Crecimiento Economico es de aplicacion a los trabajadores que prestan servicios personales en los proyectos de ejecucion presupuestaria directa a cargo del Estado. El egreso sera financiado con cargo al presupuesto de los proyectos respectivos. Articulo 7º.- Financiamiento distinto a Recursos Ordinarios 7.1 Las entidades cuyos trabajadores se encuentran comprendidos en el articulo 22º de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, que financian sus planillas con una fuente de financiamiento distinta a la de Recursos Ordinarios, asignan el MORDAZA por Crecimiento Economico hasta por el monto senalado en el articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 001-2008 conforme a su capacidad economica; para cuyo efecto, en el MORDAZA del articulo 4º del citado Decreto de Urgencia, no aplica lo establecido en el numeral 9.1 del articulo 9º de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, para habilitar el Grupo Generico de Gasto 1. Personal y Obligaciones Sociales; sin perjuicio de los informes internos que corresponde emitir a la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, los cuales se remiten a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico y a la Contraloria General de la Republica dentro de los cinco (05) dias habiles siguientes. 7.2 La referencia a la Cuarta Disposicion Transitoria numeral 2) de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, senalada en el numeral 3.2 del articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 001-2008, esta orientada a que el MORDAZA por Crecimiento Economico se atienda con cargo a los ingresos corrientes de cada Municipalidad y hasta el monto que senala el articulo 1º del citado Decreto de Urgencia. Articulo 8º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de enero del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas
ANEXO TRANSFERENCIA DE PARTIDAS PLIEGOS HABILITADOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS ORDINARIOS (EN NUEVOS SOLES)
SECCION PLIEGOS 1. Personal y Obligaciones Sociales 100 924 200 28 800 119 700 30 300 15 900 103 800 69 900 34 200 72 000 70 800 4 509 000 15 600 56 700

Los Pliegos habilitados en la Seccion Primera y Seccion MORDAZA del presente articulo, se detallan en el anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion del Titular del Pliego la desagregacion de los recursos, a nivel de unidad ejecutora, funcion, programa, subprograma y actividad y generica del gasto, dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (05) dias de aprobada a los organismos senalados en el articulo 23º numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Actividades/Proyectos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificaciones Presupuestarias" que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Requisitos para la percepcion Tendra derecho a percibir el MORDAZA por Crecimiento Economico, el personal activo sujeto al regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, incluidos los servidores comprendidos en regimenes de MORDAZA propia, y del regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, siempre que reuna las condiciones siguientes: a) Estar laborando a la fecha de publicacion del presente Decreto Supremo, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790; y b) Haber laborado un minimo de seis (6) meses durante el ano 2007 para percibir el 100% del Bono. Si el tiempo laborado fuera menor durante el 2007, recibira la parte proporcional por los meses laborados. Articulo 4º.- Percepcion en una reparticion El MORDAZA por Crecimiento Economico dispuesto por la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, se recibe en una sola reparticion publica, debiendo ser otorgada en aquella que abona los incrementos por costo de MORDAZA, para lo cual, se afecta a la Especifica del Gasto 78 (Bonos de Productividad ­ Convenios de Administracion por Resultados y MORDAZA por Crecimiento Economico) y al Grupo Generico de Gastos que corresponda del Clasificador de los Gastos Publicos.

SECCION PRIMERA: GOBIERNO CENTRAL PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE DIRECCION NACIONAL DE INTELIGENCIA DESPACHO PRESIDENCIAL COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y MORDAZA SIN DROGAS - DEVIDA CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION DEL PERU - IRTP PODER JUDICIAL ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA M. DE JUSTICIA

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