TEXTO PAGINA: 42
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de febrero de 2008 367392 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban fechas de vencimiento del Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio 2008 ORDENANZA Nº 000061-2008-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 14 de febrero del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: POR CUANTO:El Concejo Municipal de San Juan de Mirafl ores, en Sesión de Concejo de fecha de febrero del 2008; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas en la creación, modificación y supresión de sus Contribuciones, Arbitrios, Tasas, Licencia y Derechos Municipales, de conformidad con los Artículos 191º y 192º numerales 2) y 3) de la Constitución Política, concordantes con las Normas III y IV del Título Preliminar y el artículo 41º del Código Tributario; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, precisa que con Ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran de los Arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley, asimismo precisa que las Ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante D.S. Nº 213-2006-EF se determinó el Valor de la UIT para el período 2008 fi jándose en Tres Mil Quinientos Nuevos Soles (SI. 3,500.00); Que, los artículos 66º y 68º inciso a) del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, defi nen a las tasas municipales como los tributos creados por los Concejos Municipales, que tienen como hecho generador la prestación efectiva de un servicio público o administrativo; Que, el Artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal y sus modificatorias establece: El impuesto podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año. b) En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso, la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero. Las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del Indice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), por el período comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago; Que, resulta necesario establecer las fechas de vencimiento del Impuesto Predial, correspondiente al Ejercicio 2008; Estando a lo dispuesto por el Art. 9º num. 8), 38), 39) y 40) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, debatido en el Pleno de Concejo, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, y con el voto UNÁNIME de los señores regidores, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DEL IMPUESTO PREDIAL, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2008. Artículo Primero.- Aprobar las fechas de vencimiento del Impuesto Predial, correspondiente al Ejercicio 2008. Artículo Segundo.- Establecer como fechas de vencimiento para el Impuesto Predial los siguientes:29 de febrero de 2008.30 de mayo de 2008.29 de agosto de 2008.28 de noviembre de 2008. Artículo Tercero.- La Gerencia de Administración , Gerencia de Informática y Estadística y las que tienen competencia quedan obligadas en la Ejecución y cumplimiento de la presente Ordenanza. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Y FINAL Única.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones Complementarias para la adecuada aplicación para la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde 168723-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 00059-2008-MDSJM-A Mediante Ofi cio Nº 070-2008-MDSJM-SG, la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Alcaldía Nº 00059-2008-MDSJM-A,publicada en nuestra edición del día 23 de febrero del 2008. DICE: Artículo 1º.- SANCIONAR a los siguientes ex funcionarios: José Romero Oscco, Ex Gerente de Servicios a la Ciudad, y ex Subgerente de Maestranza, el cese temporal sin goce de remuneraciones por treinta y cinco (35) días, Florinda Rosa Garcés Hernández, ex Subgerente de Limpieza, el cese temporal sin goce de remuneraciones por cuarenta y cinco (45) días, de conformidad con el inciso c) del artículo 26º del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, por las razones expuestas en el Considerando. DEBE DECIR: Artículo 1º.- SANCIONAR a los siguientes ex funcionarios: José Romero Oscco, Ex Gerente de Servicios a la Ciudad, y ex Subgerente de Maestranza, el cese temporal sin goce de remuneraciones por treinta y cinco (35) días, Florinda Rosa Garcés Hernández, ex Subgerente de Limpieza, el cese temporal sin goce de remuneraciones por cuarenta y cinco (45) días, de conformidad con el inciso c) del artículo 26º del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, eximiendo de responsabilidad a los ex funcionarios Miguel Angel Mendez Maurtua, ex Gerente Municipal, Mario Mendez Gutierrez, ex Gerente de Administración, y Walter Baca Orbegozo, ex Subgerente de Abastecimiento, por las razones expuestas en el Considerando. 168741-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Regulan el acceso de niños, niñas y adolescentes a portales, páginas web, blogs y/o similares de video-juegos violentos on line, en computadoras o en consolas, en establecimientos de alquiler y/o cabinas públicas de internet en el distrito ORDENANZA Nº 194-MDS Surquillo, 21 de febrero de 2008