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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (27/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de febrero de 2008 367395 adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda”; Que, el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 084-2004-PCM, señala que “la situación de desabastecimiento inminente se confi gura en los casos señalados en el artículo 21º de la Ley; no encontrándose comprendidas entre éstas las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la entidad. La necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiéndose invocar la existencia de una situación de desabastecimiento inminente en supuestos como en vía de regularización, por períodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situación y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobación de la exoneración al proceso de selección”; Estando a lo expuesto, de conformidad con el inciso c) del Artículo 19º y los Artículos 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y demás normas pertinentes, y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; luego del debate correspondiente, el Concejo Municipal aprobó por mayoría, el siguiente: ACUERDO:Artículo 1º.- DECLARAR EN DESABASTECIMIENTO INMINENTE el servicio de suministro de Preparación de Asfalto en Caliente y Colocación de la Carpeta Asfáltica en la ejecución de la Obra denominada “Mejoramiento de la Superfi cie de Rodadura Sechura LLicuar - II Etapa”, hasta que se suscriba el nuevo contrato de suministro, de conformidad con el literal c) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo 2º.- EXONERAR DEL PROCESO DE SELECCIÓN correspondiente para la contratación del Servicio de Suministro de Preparación de Asfalto en Caliente y Colocación de la Carpeta Asfáltica, hasta por un monto de S/.188,700.00 (Ciento ochenta y ocho mil setecientos y 00/100 nuevos soles). Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia de Municipal y Gerencia de Administración y Finanzas coordinar con las áreas respectivas a fi n de llevar a cabo las acciones inmediatas a fi n de contratar el servicio respectivo. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas comunique el contenido del presente acuerdo y los Informes Técnico y Legal a la Contraloría General de la República dentro del plazo de diez (10) días siguientes a la fecha de su aprobación, publicar el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano en el plazo legal y en la página Web de la entidad, así como las demás acciones correspondientes de acuerdo a ley. Artículo 5º.- Dar cuenta al Concejo Municipal, Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Subgerencia de Logística, Ofi cina de Auditoría Interna, Ofi cina de Asesoría Legal para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SANTOS VALENTÍN QUEREVALÚ PERICHE Alcalde 168414-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CATACAOS Declaran en situación de desabaste- cimiento inminente la adquisición de producto para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 019-2008-MDC Catacaos, 12 de febrero de 2008EL CONCEJO MUNICIPAL DE CATACAOS VISTO:En Sesión de Concejo Ordinaria Nº 004-2008 de fecha 12 de Febrero del 2008, el Informe Técnico Nº 001-2008-PVL-MDC de fecha 11-02-2008 suscrito por la Coordinadora del Programa Vaso de Leche, Informe Nº 040-2008-SGAJ-MDC de fecha 11-02-2008 suscrito por el Sub Gerente de Asesoría Jurídica e Informe Nº 008-2008-GM-MDC de fecha 11-02-2008 suscrito por el Gerente Municipal, con relación a la Adquisición del producto de Hojuelas de Avena, Quinua, Kiwicha y Trigo Azucarado Fortifi cado con Vitaminas y Minerales, para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Catacaos, con Exoneración del Proceso de Selección, por la Causal de Desabastecimiento Inminente; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Art. 194º de la Constitución Política del Estado y el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; los Municipios son los órganos del Gobierno Local que gozan de autonomía económica, política y administración en los asuntos de su competencia. Que, con Informe Técnico Nº 001-2008-PVL-MDC de fecha 11-02-2008, la Coordinadora del Programa del Vaso de Leche, informa de un posible Desabastecimiento del Producto al haberse alargado del Proceso de Selección, que se venía ejecutando para la adquisición del citado producto, como consecuencia de que uno de los proveedores ha enviado sus observaciones hacia el CONSUCODE y que por lo tanto es pertinente coberturar este riesgo, en virtud a lo dispuesto por el Art. 20 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; se deberá realizar el abastecimiento del producto mediante acciones inmediatas, previo acuerdo del Concejo Municipal, adquisición que se encuentra íntimamente asociado por los servicios que presta la Municipalidad, tendente a elevar nutricionalmente los segmentos más pobres de nuestra población benefi ciaria. Que, mediante Informe Nº 040-2008-SGAJ-MDC de fecha 11-02-2008 , el Sub Gerente de Asesoría Jurídica, informa que al amparo del Art. 19 del Texto Único Ordenando de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, explícita el sustento legal por el cual la Municipalidad Distrital de Catacaos podrá adquirir el producto antes mencionado, como alimento complementario a la Leche Fresca de Vaca, por causal de Desabastecimiento Inminente, por el lapso de 56 días del 16 de Febrero al 14 de abril del presente año, y que para lo cual se cumplen los dos presupuestos para la declaración del Desabastecimiento Inminente: 1)La ausencia extraordinaria e imprevisible de un servicio, que en este caso se trata del aprovisionamiento de insumos para el Programa del Vaso de Leche y 2) Que, dicha ausencia compromete directa o indirectamente los servicios esenciales que brinda la institución como es mejorar la calidad de vida de los benefi ciarios del programa. Que, la Gerencia Municipal a través del Informe Nº 008-2008-GM-MDC de fecha 11-02-2008, hace conocer sobre la dilación del Proceso de Selección en curso para la Adquisición de Insumos del Programa del Vaso de Leche para el presente periodo fi scal, ante la interposición de Recurso de Elevación de Observaciones al CONSUCODE por el postor INSULAC del Perú SRL., razón por la que el Comité ha paralizado el Proceso hasta el Pronunciamiento del citado Organismos Rector; razón que generaría un Inminente Desabastecimiento del Producto debiéndose resolver por declaratoria de Desabastecimiento Inminentes del Producto hasta por 56 días por el periodo del 16 de febrero al 14 de abril del presente año y para lo cual deberá emitirse en correspondiente acuerdo de concejo; Que, ante tal necesidad, es pertinente la Exoneración del Proceso de Selección de las Adquisiciones y Contrataciones de los Insumos, por lo que en aplicación del Art. 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la entidad deberá efectuar las adquisiciones en forma directa y mediante acciones inmediatas la contratación o adquisición del bien, más aún, si se cuenta con la conformidad de los usuarios benefi ciados. Por lo tanto, es necesario elevarse al Pleno del Concejo Municipal, para la Declaración de Desabastecimiento Inminente para la Adquisición de Insumos del Programa del Vaso de Leche del Distrito de Catacaos y en mérito a dicha causal, exonerarse del proceso de selección para adquirir 14,298.70 kg. del producto de Hojuelas de Avena, Quinua,