Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2008 (06/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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y Presupuesto; el Dictamen Nº 001-2008-CDUDC-SRMDR de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Defensa Civil; CONSIDERANDO:

Que la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194° (modificado por la Ley N° 27680) establece que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, ha establecido que es funcion especifica exclusiva de la Municipalidad Distrital en materia de Organizacion del espacio fisico y uso del suelo; normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos, licencias y realizar fiscalizaciones de habilitaciones urbanas, construcciones, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratoria de fabrica; de acuerdo a los planes y normas sobre la materia (acapite 3.6.2 del numeral 3.6 del inciso 3 del articulo 79º de la Ley N° 27972); Que, el Reglamento Nacional de Edificaciones, Titulo II, Capitulo V, Articulos 37° al 42° establece que el Planeamiento Integral comprende la definicion de la red de vias y los usos de la totalidad de los predios, asi como una propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana, en funcion de los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo MORDAZA distrital. El Planeamiento Integral aprobado tendra una vigencia de diez (10) anos, siendo estas modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA y son tomados en cuenta en planeamientos integrales vigentes y una vez aprobado tendra caracter obligatorio para las habilitaciones futuras, debiendo ser inscrito obligatoriamente en los Registros Publicos. Asimismo la MORDAZA GH 20 Capitulo I y II aprueba los Componentes de Diseno MORDAZA y Diseno de Vias condicionados por los criterios de diseno establecidos en la MORDAZA A. 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad; Que, la Ordenanza Metropolitana N° 397-MML, de fecha 11 septiembre del 2002 aprueba la Actualizacion del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, ordenanza que tipifica las secciones viales Normativas del distrito; Que, la Municipalidad distrital del MORDAZA, tiene por objetivo atender las necesidades de las ocupaciones informales tomando conocimiento de su realidad de ocupacion informal del espacio fisico, poniendo a disposicion un Instrumento de Gestion respecto al Ordenamiento del territorio mediante la Visacion de Planos y elaboracion de Planeamientos Integrales, con el fin de Acondicionar Progresivamente el territorio, terrenos rusticos de uso MORDAZA y eriazos con ocupaciones y construcciones irregulares, derivadas del crecimiento desordenado de la poblacion, y la limitacion de acceso a la vivienda, lo que genera una dinamica MORDAZA inadecuada; por lo que se hace necesario, el dictar normas urbanisticas que ordenen este MORDAZA, como es el de Visacion de Planos para obtener los Servicios Basicos y luego un Planeamiento Integral del sector, que permita adoptar la estrategia de insertar estos sectores dentro del MORDAZA territorial existente, promoviendo las Gestiones de Desarrollo y Promocion de la inversion; Que, asimismo, la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos, de fecha de publicacion 17 de marzo del 2006; que en su Titulo III, articulos del 25°, indica que se autoriza a las empresas prestadoras de Servicios para que a merito del Certificado o MORDAZA de Posesion extendida por la respectiva Municipalidad de la jurisdiccion, otorgue la factibilidad de servicios a los ocupantes de posesiones informales a que se refiere el articulo 16º de la presente Ley; Que, en ese sentido la Municipalidad del MORDAZA implementa un procedimiento Administrativo, que facilite la Obtencion del Visacion de Planos y Constancias de Posesion para la obtencion de Servicios Basicos a los Asentamientos Humanos, Organizaciones con fines de vivienda para requerir los Proyectos de Electrificacion, Redes de Agua y Alcantarillado;

Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Articulo 9º numeral 8) y 9) y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA mayoritario de los senores regidores y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta se aprobo lo siguiente: "ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA LA EXPEDICION DE MORDAZA DE POSESION ESPECIAL PARA TRAMITE DE SUMINISTRO DE SERVICIOS BASICOS PARA LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS, COMO ORGANIZACIONES DE VIVIENDA Y SIMILARES" Articulo Primero.ESTABLEZCASE EL PROCEDIMIENTO DE VISACION DE PLANOS PARA ASENTAMIENTOS HUMANOS Y ORGANIZACIONES SOCIALES CON FINES DE VIVIENDA, PARA LA ELABORACION DE LOS PROYECTOS DE SERVICIOS PUBLICOS. Articulo Segundo.- Objetivos: a) Facilitar al Obtencion de la Visacion de Planos a los administrados que ocupan Asentamientos Humanos, Organizaciones de vivienda o similares, para la ejecucion de Proyectos de Servicios Basicos de electrificacion e instalacion de redes de agua y alcantarillado. b) Contribuir con el Progreso del distrito mejorando la calidad de MORDAZA de sus pobladores informales, estableciendo el tramite administrativo para la ejecucion de los proyectos que beneficiaran y mejoraran la calidad de MORDAZA de los pobladores. Articulo Tercero: Ambito de aplicacion.- La Presente ordenanza es de aplicacion a todos los Asentamientos Humanos, Organizaciones sociales u otro con fines de vivienda o similares, que estan en MORDAZA de formalizacion en el distrito del MORDAZA, y cuyo MORDAZA de formalizacion es bastante largo, viendose imposibilitados de obtener los Servicios basicos hasta la culminacion de su inscripcion. No se encuentran dentro de los alcances de la presente Ordenanza a personas juridicas que se dediquen a las Habilitaciones Urbanas comercialmente; asimismo esto no significa el reconocimiento ni otorgamiento de la Habilitacion MORDAZA de parte de la Municipalidad a nombre del administrado. Articulo Cuarto: Representatividad.El administrado, la Asociacion de Vivienda o Asentamiento Humano, debera estar debidamente representado mediante reconocimiento Municipal expedido por la Gerencia de Participacion Vecinal debiendo adjuntar una Carta de compromiso en el que se diga que va a emplear el Plano Visado exclusivamente para tramites ante empresas Prestadoras de Servicios como SEDAPAL, EDELNOR. Articulo Quinto: Para el caso que el Asentamiento Humano y/o Organizacion social con fines de vivienda que no cuenten con el debido saneamiento fisico legal otorgado por COFOPRI y se encuentren ubicados en terrenos de propiedad privada bastara con la sola MORDAZA de la MORDAZA fedateada del Contrato de compra- venta firmado por el propietario del terreno y/o la MORDAZA del titulo analogo de propiedad acompanado de la Declaracion jurada suscrita por el representante legal de la organizacion de vivienda sujeto a la Ley N° 27444. Para las ocupaciones informales en propiedad privada previamente a la emision de la Visacion de Planos debera presentar Carta de Declaracion jurada sobre el compromiso del tramite posterior de habilitacion MORDAZA, por lo que deberan pagar como derecho de liquidacion a favor de la Municipalidad del MORDAZA, en calidad de pago a cuenta segun la siguiente tabla:
Desde 0 hasta 1 Ha. Mas de 1 hasta 3 Ha. Mas de 3 hasta 5 Ha. Mayores a 5 Ha. 0.25% UIT 0.50% UIT 1 UIT 0.15 UIT por cada Ha adicional s/ 875.00 nuevos soles s/ 1,750.00 nuevos soles s/3,500.00 nuevos soles Segun liquidacion.

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