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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de julio de 2008 375666 competente en el expediente, respecto a la condición y circunstancia de la posesión del recurrente, la calidad de los documentos, la veracidad de las declaraciones vertidas, la inspección ocultar en el predio y sobre cualquier otro aspecto físico y legal que determine la procedencia o improcedencia de lo solicitado por los administrados. Segunda.- No podrán acceder a la obtención de Constancia de Posesión las personas que estén en litigio judicial. Tercera.- El plazo de vigencia de la presente Ordenanza es de 90 días hábiles contados desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, pudiendo ser prorrogada su vigencia mediante Decreto de Alcaldía. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en el Palacio Municipal a los treinta días del mes de junio del dos mil ocho. VICTOR LEYTON DÍAZ Alcalde 222628-2 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARIA DEL MAR Prorrogan término de plazo de vencimiento para la presentación masiva de la Declaración Jurada de Autoavalúo DECRETO DE ALCALDÍA N° 003-2008-MSMM Santa María del Mar, 27 de junio de 2008EL ALCALDE DE SANTA MARÍA DEL MAR: CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 101 se dispuso la presentación masiva de Declaración Jurada de Autoavalúo con el propósito de actualizar datos referidos a los predios, facultándose al Alcalde disponer la postergación del plazo de conformidad con la Segunda Disposición Final de la citada Ordenanza; Que, en vista los resultados obtenidos y considerando que el objetivo es promover el cumplimiento de los contribuyentes en la actualización de datos referidos al predio, es conveniente postergar el plazo de vencimiento dispuesto en el Art. 3° de la Ordenanza N° 101, por el período de dos (2) meses más, a fi n de que los mismos puedan acogerse al benefi cio a que se refi ere el Art. 5° de dicha Ordenanza; Estando a las atribuciones conferidas por el Artículo 42° y el Numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORRÓGASE hasta el 30 de agosto de 2008, el término del plazo de vencimiento para la presentación Masiva de la Declaración Jurada de Autoavalúo. Artículo Segundo.- ENCÁRGASE a la Ofi cina de Administración Tributaria y a la Unidad de Informática, el cumplimiento de la presente norma en lo que fuere de su competencia y a la Gerencia Municipal, la difusión y publicación de la misma. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Municipal: www.stamariadelmar.gob.pe.Regístrese, publíquese y cúmplase. ANGEL RAUL ABUGATTAS NAZAL Alcalde 222323-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Autorizan viaje del Alcalde a ciudades de Colombia en visita oficial y en representación de la Municipalidad, para intercambiar experiencias en políticas de seguridad ciudadana ACUERDO DE CONCEJO Nº 074-2008-MDS Surquillo, 27 de junio de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO: POR CUANTO:El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha, estando a lo expuesto en la Carta de fecha 13 de junio de 2008 del Sr. Gino Costa y el Sr. Rafael García, Presidente y Director Ejecutivo, respectivamente, de la Organización Ciudad Nuestra, en la que invita al señor Alcalde a visitar las ciudades de Bogotá y Medellín, Colombia, para intercambiar experiencias, conjuntamente con otras autoridades municipales limeñas, en políticas de seguridad ciudadana con ex alcaldes de ambas ciudades, autoridades de las actuales administraciones y autoridades policiales de ambas ciudades de Colombia, permitiendo conocer los sistemas de información delictiva, los programas de prevención de la violencia, en particular aquellos vinculados a jóvenes en riesgo, y los mecanismos de fortalecimiento de la policía y la justicia, conforme al programa organizado por la citada organización en coordinación con la Fundación Colombiana Ideas para la Paz y auspiciado por el Open Society Institute (OSI), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º numerales 11) y 27) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, así como lo previsto en la Ley Nº 27619, con la aprobación unánime de sus miembros y la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; ACORDÓ:Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje del señor Alcalde, Gustavo Raúl Sierra Ortiz a las ciudades de Bogotá y Medellín, Colombia, en visita ofi cial y en representación de la Municipalidad de Surquillo, para intercambiar experiencias en políticas de seguridad ciudadana con autoridades de ambas ciudades, conforme al programa organizado por la Organización Ciudad Nuestra en coordinación con la Fundación Colombiana Ideas para la Paz y auspiciado por el Open Society Institute (OSI), que contribuirán con la seguridad ciudadana y el desarrollo social armónico del distrito de Surquillo. Artículo 2º.- OTORGAR licencia al señor Alcalde, Gustavo Raúl Sierra Ortiz, del 13 al 17 de julio de 2008 para los fi nes descritos en el artículo anterior. Artículo 3º.- ENCARGAR a la señora Sandra Liz Gutiérrez Cuba, Primera Regidora del Concejo Municipal, las funciones del Despacho de Alcaldía, asumiendo su condición de Teniente Alcaldesa, mientras dure la ausencia del señor Alcalde. Artículo 4º.- El presente Acuerdo no irrogará gasto alguno a la Municipalidad de Surquillo. Regístrese, comuníquese y cúmplaseGUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 222370-1Descargado desde www.elperuano.com.pe