Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2008 (06/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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de la Comision de Asuntos Juridicos, Fiscalizacion y Cooperacion Internacional y, con el MORDAZA UNANIME de los integrantes del Concejo, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTICULO 44º E INCORPORA EL ARTICULO 49º-A, AL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO Articulo Primero.- MODIFIQUESE, el articulo 44º del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Carabayllo, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 44º.- Corresponde a la Comision de Educacion, Juventud, Deporte y Recreacion elaborar propuestas y pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: a) La promocion del desarrollo humano sostenible local, propiciando el desarrollo de comunidades educadoras. b) El proyecto educativo local, en coordinacion con la Unidad de Gestion Educativa. c) La promocion de la diversificacion curricular, con contenidos significativos de la realidad sociocultural, economica, productiva y ecologica local. d) El monitoreo de la gestion pedagogica y administrativa de las Instituciones Educativas de la localidad, en coordinacion con la Unidad de Gestion Educativa, fortaleciendo su autonomia institucional. e) El apoyo y la supervision a la educacion en sus diferentes niveles, de acuerdo al ambito de su competencia. f) La creacion de redes educativas como expresion de participacion y cooperacion entre los centros y los programas educativos de su jurisdiccion. Para ello se realizaran alianzas estrategicas con las Instituciones especializadas de la comunidad. g) Impulsar y organizar el Consejo Participativo Local de Educacion, a fin de generar acuerdos concertados y promover la vigilancia y el control ciudadanos. h) Los Programas de Alfabetizacion. i) Apoyar la incorporacion y el desarrollo de nuevas tecnologias para el mejoramiento del sistema educativo, asi como en los nuevos modelos educativos y culturales, que mejoren la competitividad comercial y economica del distrito. j) El apoyo a las bibliotecas y cualquier otra forma que promueva la cultura y conocimiento de los ciudadanos del distrito, priorizando a la poblacion en riesgo social. k) El fomento y apoyo a las bibliotecas en los centros escol l) Promover espacios de participacion, educativos y de recreacion destinados a adultos mayores de la localidad. m) Normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreacion de la ninez y del vecindario en general, mediante la construccion de MORDAZA deportivos y recreacionales o el empleo temporal de zonas urbanas apropiadas, para los fines MORDAZA indicados. n) Coordinacion, supervision y programacion de actividades en los Complejos Deportivos y Recreativos del distrito. o) La promocion y las coordinaciones con la Liga Distrital de Futbol, de Voleyball, de Basketball, asi como de otras disciplinas deportivas. p) La promocion de la capacitacion en las diversas disciplinas deportivas. q) El desempeno de la Direccion de Desarrollo Humano y Social, en lo referente a Educacion, Deportes, Juventudes y Recreacion. r) Otros, acorde a su ambito o que le encomiende el Consejo. Articulo Segundo.- INCORPORAR, el articulo 49º-A al Reglamento Interno del Concejo Municipal de Carabayllo, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 49º-A.- Corresponde a la Comision de Turismo y Cultura elaborar propuestas y pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Consejo relacionados con: a) Fomentar el turismo sostenible local y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperacion con las Entidades competentes. b) Promover la proteccion y difusion del patrimonio cultural de la nacion, dentro de la jurisdiccion del distrito de Carabayllo, y la defensa y conservacion de

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO

Modifican el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Carabayllo
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 156-A/MDC Carabayllo, 30 de junio de 2008. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO. POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO, EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA. VISTOS: El proyecto de modificacion del articulo 44º y la incorporacion del articulo 49º-A, al Reglamento Interno del Concejo Municipal. CONSIDERANDO: Que, a traves de la Ordenanza Nº 048-2004-A/MDC, se aprobo el Reglamento Interno de este Concejo Municipal. Que mediante la Ordenanza Nº 119-2007-A/MDC, de fecha 31 de enero del ano 2007, se modifico el articulo 30º del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Carabayllo, creandose la Comision Ordinaria Permanente de Turismo y Cultura. Que, el proyecto de vistos propone modificar el articulo 44º del precitado Reglamento Interno, en el sentido que la Comision de Educacion, Cultura, Deportes y Recreacion se denomine Comision de Educacion, Juventud, Deporte y Recreacion. Que, igualmente, el proyecto MORDAZA glosado, sugiere que se incorpore el articulo 49º-A al Reglamento Interno de Concejo, en el cual se precisan los temas que le competen a la Comision de Turismo y Cultura. Que, al respecto, por Informe Nº 117-2008-GAJ/MDC, del 11 de marzo el ano en curso, el Gerente de Asesoria Juridica opina que se eleven los actuados al Pleno del Concejo, para su evaluacion y aprobacion. Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades son los organos de Gobierno Local y como tales, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el articulo 195º inciso a) de la Carta Magna, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, senala que las Municipalidades tienen competencia para aprobar su organizacion interna. Que, el articulo 10º inciso 1) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, indica que le corresponde a los Regidores, entre otras atribuciones y obligaciones, proponer proyectos de Ordenanza. Que, el articulo 40º del Cuerpo Legal MORDAZA glosado, anota que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en las materias de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna. En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 5º ultimo parrafo y 9º numeral 8, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con la opinion favorable

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