Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2008 (23/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de julio de 2008 376632 instituciones que lo integran, la que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Secretaría General distribuirá copia de la presente Resolución Ministerial y la Directiva que se aprueba, a todas las Direcciones Generales del Sub Sector Energía, y a las Ofi cina de Asesoramiento y Apoyo del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 3º.- La Ofi cina de Informática de la Ofi cina General de Administración, publicará el texto de la presente Directiva en el portal web del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas DIRECTIVA PARA REGULAR LOS MECANISMOS DE COORDINACIÓN PARA EL TRABAJO ENTRE LA OFICINA DEL GTCI CAMISEA Y LAS INSTITUCIONES QUE LO INTEGRAN (Decreto Supremo Nº 120-2002-PCM y su Reglamento Resolución Ministerial Nº 228-2003-EM/DM) GTCI-Camisea 2008 DIRECTIVA Nº 03-2008-MEM-DM DIRECTIVA PARA REGULAR LOS MECANISMOS DE COORDINACIÓN PARA EL TRABAJO ENTRE LA OFICINA DEL GTCI CAMISEA Y LAS INSTITUCIONES QUE LO INTEGRAN CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo Nº 1. OBJETIVO Establecer los mecanismos de coordinación para el trabajo entre la Ofi cina del GTCI Camisea-MEM y las instituciones que lo integran, en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional y Apoyo a la Gestión Ambiental y Social del Proyecto de Gas de Camisea: esto incluye procedimientos para las reuniones de coordinación, Procedimientos Operativos para las Transferencias Financieras, el Monitoreo y la Evaluación de las acciones y Proyectos del GTCI - CAMISEA. Artículo Nº 2. FINALIDAD Estandarizar los mecanismos operativos a ser ejecutados por la Ofi cina del GTCI Camisea y las instituciones que lo integran, de acuerdo a sus áreas de competencia, para realizar las acciones de coordinación, Transferencias Financieras, así como el Monitoreo y la Evaluación de acciones y proyectos realizados. Artículo Nº 3. BASE LEGAL Decreto Supremo Nº 120-2002-PCM  Resolución Ministerial Nº 228-2003-EM/DM (REGLAMENTO)  Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y modifi catorias. Artículo Nº 4. ALCANCE El presente Reglamento será de obligatorio cumplimiento por la Ofi cina del GTCI Camisea, para la coordinación con todas los miembros de las entidades que conforman el GTCI CAMISEA, y que son, según la Resolución Ministerial Nº 228-2003-EM/DM las siguientes:  Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN  Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) Comisión Nacional de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos (INDEPA)  Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) Ministerio de Ambiente - Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA)  Defensoría del Pueblo Ministerio de Transporte (MTC) - Dirección General de Caminos  Instituto Nacional de Desarrollo (INADE) COFOPRI Dirección General de Capitanías y Guardacostas en la Marina (DICAPI)  Instituto Nacional de Cultura - INC Ministerio de Energía y Minas - Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos (DGAA) y Dirección General de Hidrocarburos (DGH) Artículo Nº 5. RESPONSABILIDADES La Unidad coordinadora del GTCI Camisea es responsable del cumplimiento del presente Reglamento de acuerdo a sus competencias: Es responsable de la coordinación de las actividades que desarrollan las entidades públicas conformantes del GTCI-Camisea, orientadas a asegurar una adecuada vigilancia, evaluación y monitoreo de los aspectos ambientales y sociales del ámbito de trabajo del Proyecto Camisea, los compromisos y responsabilidades asumidos por las entidades conformantes del GTCI. Como Unidad Coordinadora del Programa el GTCI Camisea, se encargará de conducir la adecuada ejecución y seguimiento de las actividades, proyectos y estudios programados en cada una de las entidades conformantes del GTCI, en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional y Apoyo a la Gestión Ambiental y Social del Proyecto de Gas de Camisea que se lleva a cabo con el BID, para lo cual contará con el apoyo Técnico de cada institución que conforma el GTCI CAMISEA. CAPÍTULO II DISPOSICIONES ESPECÍFICAS Artículo Nº 6. DE LOS CONVENIOS ESPECÍFICOS DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL Para el caso de los Convenios Específi cos de Cooperación Interinstitucional, que suscriba el GTCI Camisea, en el marco de sus funciones y competencias, tendrá que adecuarse de manera obligatoria a lo prescrito por la Directiva Nº 001-2008-MEM/DM, “Procedimiento para la aprobación de Convenios de Colaboración Interinstitucional, Acuerdos y Contratos”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 248-2008-MEM/DM. En el mismo sentido, el monitoreo y evaluación de los Convenios que se hayan suscrito, serán también regulados por la Directiva Nº 001-2008-MEM/DM, que se menciona en el párrafo precedente. Artículo Nº 7 .DE LAS TRANSFERENCIAS FINANCIERAS En el caso que hubiese Transferencias Financieras, la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas, previo informe del GTCI Camisea, será responsable de la gestión de la suscripción de la Resolución del Titular del Pliego para la autorización de dicha Transferencia, previa fi rma del Convenio, pudiéndose realizar addendas al Convenio cuando se requiera de común acuerdo. Suscrito el Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional y emitida la Resolución de Transferencia Financiera, a solicitud del la Unidad de Coordinación del GTCI Camisea, la Ofi cina General de Administración efectuará dichas transferencias de acuerdo a los Cronogramas de Desembolso de los Planes Operativos evaluados satisfactoriamente. Artículo Nº 8. VENCIMIENTO DE LOS CONVENIOS ESPECÍFICOS Vencido el plazo de los Convenios Específi cos de Cooperación Interinstitucional se suscribirá, entre las partes, un Acta de Cierre a propuesta de la Coordinación del GTCI Camisea encargada del monitoreo de la Actividad o Proyecto. CAPÍTULO III DISPOSICION FINAL DISPOSICION ÚNICA En lo no reglamentado, el GTCI Camisea se rige por las Directivas vigentes para la Unidad Ejecutora Nº 001-MEM-CENTRAL 230076-1Descargado desde www.elperuano.com.pe