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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de julio de 2008 376648 empresas a emitir y colocar bonos de arrendamiento fi nanciero; Que, el artículo 232° de la Ley General establece que en la emisión de instrumentos fi nancieros que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la CONASEV procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores; previa presentación de la Resolución expedida por esta Superintendencia y de la documentación precisada en el artículo 18° de la Ley del Mercado de Valores; Que, en la Junta Obligatoria Anual de Accionistas del Banco Continental celebrada el 27 de marzo de 2008, se aprobó la emisión de obligaciones hasta por la suma de US$ 900 000 000.00 (Novecientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en Nuevos Soles, durante el periodo comprendido entre el 28 de marzo de 2008 y la realización de la siguiente Junta Obligatoria Anual de Accionistas, delegando en el Directorio la facultad de decidir la oportunidad, monto y todas las demás características de las emisiones; Que, en sesión de Directorio celebrada el 22 de abril de 2008, se aprobó el programa de bonos de arrendamiento fi nanciero por US$ 200 000 000 (Doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en Nuevos Soles, delegando en la gerencia general y funcionarios designados, la facultad de iniciar los trámites necesarios para obtener la autorización correspondiente; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “B”, el Departamento Legal, el Departamento de Evaluación de Riesgos de Crédito, el Departamento de Evaluación de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones y el Departamento de Análisis del Sistema Financiero a través de los Informes Nº 101-2008-DEB “B”, N° 583-2008-LEG, Nº 070-2008-DERC, N° 69-2008-DERMLI y N° 049-2008-ASF respectivamente; y, con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, de Asesoría Jurídica; de Riesgos y de la Gerencia de Estudios Económicos; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702; RESUELVE:Artículo Primero- Opinar favorablemente para que el Banco Continental realice el Primer Programa de Emisión de Bonos de Arrendamiento Financiero, por la suma de US$ 200 000 000 (Doscientos millones y 00/100 dólares americanos), o su equivalente en Nuevos Soles, debiendo adecuarse a la Ley del Mercado de Valores. Artículo Segundo.- El texto de la presente Resolución deberá insertarse en la Escritura Pública correspondiente para su posterior inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese.FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 229191-1 Autorizan organización de empresa financiera bajo la denominación social de “Mitsui Auto Finance Perú S.A.” RESOLUCIÓN SBS Nº 3248-2008 Lima, 14 de julio de 2008EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES: VISTA: La solicitud de autorización de organización presentada por Mitsui Automotriz S.A., para convertir a Mitsui Masa Leasing S.A. en una empresa fi nanciera bajo la denominación social de “Mitsui Auto Finance Perú S.A.”, y;CONSIDERANDO: Que, en sesión de Junta General de Accionistas, celebrada el día 2 de noviembre de 2007, se aprobó la transformación de Mitsui Masa Leasing S.A. a empresa fi nanciera, acordándose asimismo la modifi cación total del Estatuto de la sociedad, la que en adelante se denominará “Mitsui Auto Finance Perú S.A.”; Que en sesión de Junta General de Accionistas de Mitsui Masa Leasing S.A, celebrada con fecha 22 de febrero de 2008, se aprobó la nueva redacción del Estatuto social que recoge las aclaraciones y rectifi caciones requeridas mediante Ofi cio N° 2222-2008-SBS; Que, el proyecto de Estatuto Social presentado, ha sido formulado de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “A” mediante Informe Nº 72-2008-DEB “A”, el Departamento Legal mediante el Informe Nº 1120-2007-LEG y Memorando Nº 53-2008-LEG, la Gerencia de Estudios Económicos mediante Informe Nº 089-2007-ASF, el Departamento de Riesgos de Operación mediante Informes Nº 114-2007-DERO y Nº 034-2008-DERO, el Departamento de Riesgos de Crédito mediante Informes Nº 02-2008-DERC y Nº 29-2008-DERC, el Departamento de Riesgos de Mercado y Liquidez mediante Informes Nº 006-2008-DERMLI y Nº 036-2008-DERMLI, y el Departamento de Supervisión de Servicios al Usuario mediante Informe Nº 006-2008-DSU; y a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, de Asesoría Jurídica y de Riesgos; Contando con la opinión favorable del Banco Central de Reserva del Perú, remitida mediante comunicación Nº 0013-2008-FIN120; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; por el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, Resolución SBS Nº 131-2002; y por la Resolución SBS Nº 600-98; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a Mitsui Automotriz S.A. para que organice una empresa fi nanciera, bajo la denominación social de “Mitsui Auto Finance Perú S.A.”, como resultado de la transformación de Mitsui Masa Leasing S.A. a empresa fi nanciera, para lo cual se aprueba el proyecto de minuta presentado para tal efecto, el mismo que se devuelve debidamente autenticado con el sello ofi cial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública, debiendo insertarse el Certifi cado de Autorización al que se refi ere el tercer artículo de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Para la autorización de funcionamiento de la empresa fi nanciera “Mitsui Auto Finance Perú S.A.” en organización, deberán realizar dentro del plazo de ley, todas las acciones orientadas a formalizar su transformación; asimismo, comunicar por escrito a esta Superintendencia que se ha cumplido con las exigencias establecidas en el artículo 11° de la Resolución SBS N° 600-98 para el funcionamiento de la sociedad, procediendo para tal efecto a: a) Adjuntar el Testimonio de la Escritura Pública de transformación inscrita en los Registros Públicos; b) Acreditar el capital social requerido;c) Acreditar que debida y oportunamente se ha efectuado la publicación de que trata el numeral 1° del artículo 23° de la Ley General; d) Implementar su estructura orgánica y remitir un ejemplar del Manual de Organización y Funciones de sus diversas áreas; e) Remitir la relación y currículum vitae de los nuevos directores, gerentes y funcionarios principales, de ser aplicable; f) Remitir copia certifi cada de los poderes que se les hubiera otorgado a los directores, gerentes y funcionarios principales, de ser aplicable; g) Remitir información referida a las condiciones de seguridad y equipamiento de sus ofi cinas; así como la cobertura contra los riesgos principales de las nuevas actividades a realizar; h) Establecer las políticas adecuadas y procedimientos generales de control interno y auditoría interna, de ser aplicable; Descargado desde www.elperuano.com.pe