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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 28 de julio de 2008 377098 VISTOS: El Memorando Nº 1860-2008-MTC/10.02, de la Ofi cina General de Administración; el Memorando Nº 0248-2008-MTC/04.04 y documentos anexos, de la Ofi cina de Imagen Institucional, el Informe Nº 594-2008-MTC/10.02, de la Ofi cina de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración; así como el Informe Nº 1717-2008-MTC/08, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, relacionados con la solicitud de exoneración de proceso de selección para la contratación del servicio de publicidad televisiva para la difusión de la campaña denominada “Con carreteras, el Perú avanza”; CONSIDERANDO: Que, el 25 de julio de 2002, se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuyo artículo 2º señala que este Ministerio integra interna y externamente al país, para lograr un racional ordenamiento territorial vinculando las áreas de recursos, producción, mercados y centros poblados, a través de la formulación, aprobación, ejecución y supervisión de la infraestructura de transportes y comunicaciones; Que, asimismo, el literal a) del artículo 4º del citado texto legal establece que constituye función de este Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política de promoción y desarrollo en materia de transportes y comunicaciones; Que, el 6 de julio de 2007, se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, por el cual se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de este Ministerio, cuyo artículo 14º indica que son funciones de la Ofi cina de Imagen Institucional, entre otras, la de proponer a la Alta Dirección las estrategias de comunicación preactiva y reactiva del Sector; así como diseñar las mismas, en la medida que contribuyen a fortalecer la imagen del Ministerio ante la opinión pública; Que, el 12 de mayo de 2008, la Ofi cina de Imagen Institucional, mediante Memorando Nº 0165-2008-MTC/04.04, remitió el Plan Estratégico Publicitario para el segundo semestre del 2008; siendo que entre las campañas publicitarias correspondientes al sector transportes, se encuentra la referida a la Campaña de Avances de Obras en Infraestructura Vial, que incluye la difusión del uso de los recursos públicos para la construcción de puentes y carreteras a nivel nacional; Que, el 15 de julio de 2008, la Ofi cina de Imagen Institucional, mediante Memorándum Nº 0242-2008-MTC/04.04, solicitó que se incluya en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General de este Ministerio, el Concurso Público para la contratación del servicio de difusión de spots televisivos; Que, el 18 de julio de 2008, mediante Resolución Secretarial Nº 055-2008 MTC/04, se incluyó en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General de este Ministerio, el mencionado Concurso Público; Que, el 21 de julio de 2008, la Ofi cina de Imagen Institucional, mediante Memorando Nº 0248-2008-MTC/04.04, informó que de acuerdo con el Plan de Estrategia Publicitaria, se encuentra programado realizar una campaña publicitaria que ha sido denominada “Con carreteras, el Perú avanza”, para lo cual adjuntó la siguiente documentación: a) Documento sin título, debidamente visado por la Ofi cina de Imagen Institucional en señal de conformidad, en el cual se sustenta la necesidad de llevar a la cabo la campaña antes referida, por lo siguiente: - De acuerdo con el Plan de Estrategia Publicitaria vigente, correspondiente al segundo semestre del año 2008, para el mes de agosto se tiene previsto poner en marcha una campaña publicitaria dirigida a hombres y mujeres de veinticinco (25) años a más, pertenecientes a los diferentes niveles socioeconómicos. - El mensaje a transmitir versará sobre el trabajo que viene realizando este Ministerio a nivel nacional en relación a la infraestructura vial, poniéndose especial énfasis sobre los resultados concretos alcanzados por el Sector en los dos (2) últimos años. El objetivo se encuentra orientado a mostrar la nueva infraestructura vial, a efectos de incentivar al sector empresarial para que realice mayores inversiones que garanticen un mayor dinamismo económico en aquellas zonas donde el Gobierno Central centraliza la lucha contra la pobreza. - Se ha elegido a la televisión como medio de comunicación, al ser el de mayor nivel de penetración en los hogares peruanos. En relación al spot televisivo, se ha considerado que éste debe tener una duración de veinte (20) segundos; precisando que la duración de la campaña será de dos (2) semanas. Asimismo, se indicó que el presupuesto de la campaña asciende a la suma total de S/. 300 270.33 (Trescientos Mil Doscientos Setenta y 33/100 Nuevos Soles). - Para la selección de los medios de comunicación, se trabajó sobre la base de información alcanzada por las empresas Ibope Time y Compañía Peruana de Estudios de Mercado y Opinión Pública S.A.C. (CPI), llegándose a la conclusión que los canales 4, 7 y 9 son los más idóneos para difundir la campaña. Asimismo, indicó que se ha establecido un ranking de los mejores programas de cada canal seleccionado, de acuerdo al grupo objetivo de interés para este Ministerio en esta oportunidad. b) Documento signado con el título “Visual de Televisión”, debidamente visado por la Ofi cina de Imagen Institucional en señal de conformidad, en el cual se identifi ca los canales, nombres de los programas, géneros, horarios, repeticiones por vez, así como el costo que implica la difusión de los spots televisivos requeridos. Que, el 21 de julio de 2008, la Ofi cina de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración, mediante Informe Nº 594-2008-MTC/10.02, señaló que la contratación del servicio de publicidad requerido cuenta con disponibilidad presupuestal, hasta por la suma de S/. 300 270.33 (Trescientos Mil Doscientos Setenta y 33/100 Nuevos Soles). Asimismo, indicó que sobre la base de lo informado por la Ofi cina de Imagen Institucional, el servicio requerido constituye un servicio personalísimo y, por lo tanto, su contratación se encuentra exonerada de proceso de selección; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 76º de la Constitución Política del Perú, las entidades del Sector Público, a fi n de proveerse de los bienes, servicios u obras necesarias para el cumplimiento de sus funciones públicas y operaciones productivas, se encuentran obligadas a llevar a cabo los procesos de selección regulados por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, y por su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento, los que tienen por fi nalidad garantizar que la Administración Pública satisfaga sus requerimientos de forma oportuna y a precios y costos adecuados, con el fi n primordial de asegurar el gasto efi ciente de los recursos públicos; Que, en esa medida, se establece como regla general de toda adquisición o contratación del Estado, la obligación de realizar los procesos de selección contemplados en el artículo 77º del Reglamento, que son: Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa (Pública o Selectiva) o Adjudicación de Menor Cuantía, en función del objeto involucrado en la contratación (bienes, servicios u obras), y de acuerdo con los montos establecidos anualmente por las normas presupuestales; Que, conjuntamente con la obligación de realizar los procesos de selección, la normativa de contratación pública reconoce ciertos supuestos en los que resulta Descargado desde www.elperuano.com.pe