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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 28 de julio de 2008 377102 SE RESUELVE: Artículo Único.- DECLARAR EN ABANDONO el Procedimiento de Autorización de Funcionamiento del Proyecto de Universidad Privada Los Libertadores, presentado por la Promotora Educativa Vicar SAC, a través de su Representante y Promotor, señor Vicente Jesús Ramírez Paz. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.JORGE ARTURO BENITES ROBLES Presidente JIMS ENRIQUE BARRANTES PINEDA Secretario General 231451-1 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Expiden título a favor de Juez del Segundo Juzgado Especializado Penal del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, Distrito Judicial de Arequipa RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 182-2008-CNM Lima, 7 de julio del 2008 VISTO:El Ofi cio Nº 4021-2008-CE-PJ, del 30 de junio del 2008, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO:Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el diario Ofi cial “El Peruano” de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 4021-2008-CE-PJ, del 30 de junio del 2008, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 069-2008-CE-PJ, del 24 de marzo del 2008, que declara fundado el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Juan Carlos Enrique Benavides del Carpio, Juez Titular del Cuarto Juzgado Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia de Tacna; en consecuencia, se dispone su traslado al Segundo Juzgado Penal del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, por unidad familiar y por razones extraordinarias; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura por Resolución Nº 922-2003-CNM, del 22 de diciembre de 2003, nombró al doctor Juan Carlos Enrique Benavides del Carpio, Juez Especializado en lo Penal de Tacna, Distrito Judicial de Tacna – Moquegua, materia de la Convocatoria Nº 001-2003; Que, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE:Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor JUAN CARLOS ENRIQUE BENAVIDES DEL CARPIO, de Juez Especializado en lo Penal de Tacna, Distrito Judicial de Tacna – Moquegua. Segundo.- Expedir el título a favor del doctor JUAN CARLOS ENRIQUE BENAVIDES DEL CARPIO, de Juez del Segundo Juzgado Especializado Penal del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, Distrito Judicial de Arequipa. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMUNDO PELAEZ BARDALES Presidente 231426-1 Expiden título a favor de Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ica RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 183-2008-CNM Lima, 8 de julio del 2008 VISTO: El Ofi cio Nº 2951-2008-CE-PJ, del 22 de mayo del 2008, remitido por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el diario Ofi cial “El Peruano” de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 2951-2008-CE-PJ, del 22 Descargado desde www.elperuano.com.pe