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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2008 (12/06/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de junio de 2008 373934 Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de junio del año dos mil ocho ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de EducaciónEncargado del despacho del Ministerio de Economia y Finanzas 212309-1 EDUCACION Aprueban relación de obras a contratarse mediante Proceso de Selección Abreviado para el Programa Nacional de Infraestructura Educativa de conformidad con el D.U. Nº 024-2006 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0278-2008-ED Lima, 11 de junio de 2008 VISTOS; el Memorando Nº 2945-2008-ME/VMGI-OINFE de fecha 3 de junio de 2008 y el Memorando Nº 2980-2008-ME/SG-OGA-UA, de fecha 10 de junio de 2008,y; CONSIDERANDO: Que, en Acuerdo Nº 043-06-2008-D-FORSUR de fecha 11 de febrero de 2008, el Directorio del Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007-FORSUR, a solicitud del Ministerio de Educación, aprobó la priorización y co-fi nanciamiento de los proyectos de reconstrucción de cinco instituciones educativas en el departamento de Ica, hasta por la suma de S/. 3’870,000.00 (Tres millones ochocientos setenta mil con 00/100 nuevos soles), según el detalle contenido en el Ofi cio Nº 070-2008-ME/VMGI, monto que corresponde a la contrapartida nacional de la Cooperación Financiera No Reembolsable para Reconstrucción por Desastres ofrecida por el Gobierno de Japón al Gobierno Peruano a través de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón -JICA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 067-2008-EF de fecha 21 de mayo de 2008, se autoriza una transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por la suma de S/. 3’870,000.00 (Tres millones ochocientos setenta mil con 00/100 nuevos soles), destinados al cofi nanciamiento de los proyectos de reconstrucción de cinco instituciones educativas en el departamento de Ica, en el marco del convenio suscrito entre los Gobiernos del Perú y el Japón, acción que ha sido priorizada por el Directorio del FORSUR, según el Acuerdo Nº 043-06-2008-D-FORSUR, y ratifi cada por el Presidente de su Directorio; Que, con Resolución Ministerial Nº 172-2008-PCM se aprobó una transferencia fi nanciera del Pliego 001:Presidencia del Consejo de Ministros a favor del Pliego 010: Ministerio de Educación, hasta por la precitada suma, con la fi nalidad exclusiva de atender el requerimiento efectuado por el Ministerio de Educación, según Acuerdo Nº 043-06-2008-D-FORSUR; Que, la Resolución Ministerial Nº 0262-2008-ED de fecha 2 de junio de 2008,autoriza un crédito suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación para el Año Fiscal 2008, hasta por la suma de S/. 3’870,000.00 (Tres millones ochocientos setenta mil con 00/100 nuevos soles); por la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, a favor de la Unidad Ejecutora 108 -Programa Nacional de Infraestructura Educativa. Que, la Ley Nº 29078, Ley que crea el Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto 2007, denominado “FORSUR”, reconoce en su artículo 7º, modifi cado por la Ley Nº 29136 y el Decreto de Urgencia Nº 003-2008, que las contrataciones de bienes, servicios y obras relacionadas con la rehabilitación, construcción y reconstrucción de la infraestructura a que se refi eren los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 1 de la Ley Nº 29078 y modifi catorias que se ejecuten con cargo a los recursos del FORSUR, se sujetarán al procedimiento contemplado en el artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 026-2007. Las demás contrataciones de bienes, servicios y obras se realizarán a través del procedimiento abreviado, aprobado por el Decreto de Urgencia Nº 024-2006; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 024-2006, la relación de los bienes, servicios y obras a incluirse en el Proceso de Selección Abreviado, se aprueba mediante Resolución del Titular de la Entidad o la máxima autoridad administrativa. Dicha Resolución, incluyendo la relación, se publica en el Diario Ofi cial El Peruano y en los respectivos portales electrónicos de las Entidades; Que, la Hoja de Coordinación Interna Nº 996-2008- ME/SPE-UP de fecha 6 de junio de 2008, expresa la disponibilidad presupuestaria para la contratación del desmontaje, demolición y movimiento de tierras de la institución educativa José Carlos Mariátegui, en la provincia y departamento de Ica, la institución educativa Nº 22455 José de la Torre Ugarte y la institución educativa Julio C. Tello, en la provincia de Pisco del departamento de Ica, respectivamente, Que, mediante los documentos del visto se solicita la aprobación de la contratación de los servicios indicados en el anterior considerando, por cada una de las precitadas instituciones educativas, mediante el Proceso de Selección Abreviado, para el Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en el marco de lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 29078 y sus modifi catorias y el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 024-2006; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 29078 -Ley que crea el Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto 2007 denominado “FORSUR” y sus modifi catorias, el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 024-2006 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1 º.- Aprobar la relación de obras que se detallan en el anexo, que forma parte integrante de la presente resolución, a contratarse por Proceso de Selección Abreviado, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 024-2006. Artículo 2º .- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación ANEXO CONTRATACIONES POR PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADO-PSA Art. 2º del Decreto de Urgencia Nº 024-2006 Número de OrdenObra 1 Desmontaje, demolición y movimiento de tierras de la institución educativa Nº 22305 Julio C. Tello, en la provincia y departamento de Ica 2 Desmontaje, demolición y movimiento de tierras de la institución educativa Nº 22455 José de la Torre Ugarte, en la provincia de Pisco, departamento de Ica 3 Desmontaje, demolición y movimiento de tierras de la institución educativa José Carlos Mariátegui, en la provincia de Pisco, departamento de Ica 212304-1Descargado desde www.elperuano.com.pe