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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de marzo de 2008 368976 con un peso manifestado y declarado de 1,810 Kilos bruto, de acuerdo a la DUA Nº 118-2007-10-017584- 01-7-00 de fecha 24 de enero del 2007. Se destinará al cumplimiento de las actividades y funciones de INTERDES, en el desarrollo de la Campaña Familiar de la Ley Nº 28542 - LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA FAMILIA, que tiene por objeto promover y fortalecer el desarrollo de la familia como fundamento de la sociedad y espacio fundamental para el desarrollo del ser humano, de los sectores urbano marginales, quienes serán capacitados a través de conferencias, seminarios y conversatorios, en consejería familiar; con el fi n de ayudar al desarrollo integral de la familia para alcanzar un mejor nivel de vida. Destino fi nal de la donación es el distrito de San Martín de Porres - Lima, donde se alcanzará a 1,000 familias; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Flamingo Road Baptist Church, a favor de la asociación Ministerio Internacional de Desarrollo - INTERDES; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Flamingo Road Baptist Church, a favor de la asociación Ministerio Internacional de Desarrollo - INTERDES; consistente en 13 bultos, conteniendo consola mezcladora, deck CD/tape con pitch, procesador dual reverd, micrófonos para voz, micrófonos para instrumentos, parante trípode, caja pasiva para conexión, parlantes 300 watts, parlantes de monitoreo, manguera de 24 canales, cables XLR conector, sujeta cables XLR, rieles posteriores de redes, transformadores 100, 200, 300 vc, enchufe tomacorriente múltiple, cajonera y tapas rack, cables power y barra sujeción, cables para video, procesador para rack, lámpara y linterna LED, enchufes, elevador y distribuidor de señal, sistema subwoofer, micrófono isomax0, micrófono para medición, estabilizador de voltaje, llaves, cargador, medidor, panel RCA audio, parante para parlantes, convertidor scanner de video, audífonos, guitarra eléctrica azul, bajo negro rojo, amplifi cador para bajo, amplifi cador de guitarra, guitarra acústica, batería, proyector 2500 ANSI, stand de proyector, monitores rack, DVD/VHS combo, ecran 6x8 para proyección, mecedora para bebé, cuna portátil, CD/Tape portable, mesa cambiador de bebé, mandil color navy, sábana colcha, pañalera, asiento con estimuladores, juegos bloques estimulación mar, muñeca de vinilo con pañal, piano de bebé, empuja y corre, trajes y convertor de muñeca, triciclo, baterías chicas, tapers transparentes, gimnasio infantil, cadenas plásticas, duplo zoo, música jungla jamboree, jamboree tonos tigre y piano, silla mecedora, sonidos de la cocina, carritos de plástico, juego de surtido y comida, bolsas de red verde y azul, escalera plástica, bacín blanco y negro, camioncito, planchas educativas, títere para dedos, pizarra mágica, terra juego, motocicletita, set de pizarra completa, resbaladera, televisor, alfombras circulares, estantes para niños multiusos, estante para TV y divisor alfombrado para estante, con valor FOB de US$ 7,000.00 (SIETE MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), amparado en el certifi cado de donación del 30 de diciembre del 2006, con un peso manifestado y declarado de 1,810 Kilos bruto, de acuerdo a la DUA Nº 118-2007-10-017584-01-7-00 de fecha 24 de enero del 2007. Se destinará al cumplimiento de las actividades y funciones de INTERDES, en el desarrollo de la Campaña Familiar de la Ley Nº 28542 - LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA FAMILIA, que tiene por objeto promover y fortalecer el desarrollo de la familia como fundamento de la sociedad y espacio fundamental para el desarrollo del ser humano, de los sectores urbano marginales, quienes serán capacitados a través de conferencias, seminarios y conversatorios, en consejería familiar; con el fi n de ayudar al desarrollo integral de la familia para alcanzar un mejor nivel de vida. Destino fi nal de la donación es el distrito de San Martín de Porres - Lima, donde se alcanzará a 1,000 familias. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 164118-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0167/RE Lima, 4 de febrero de 2008 Visto, los expedientes Nºs. 2078-2007, 6504-2007, 7937-2007, 8999-2007 y 9422-2007, presentados por la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II mediante los cuales solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida por la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos, con sede en Orense, Madrid, España. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certifi cado de Donación de fecha 20 de septiembre 2006, legalizado por el Consulado General del Perú en Madrid - España se observa que, la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos, ha efectuado una donación a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II; Que, los bienes donados consisten en 2,329 bultos conteniendo (192) piezas de moqueta; (147) tableros de madera; (44) trozos de ángulos de hierro; (1,619) cajas de mochilas; (5) muebles-taquillas; (208) sillas; (44) bolsas de ropa nueva; (49) zapatos nuevos; (2) microondas; (2) lavaplatos; (1) nevera; (6) piezas de