Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2008 (18/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, martes 18 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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las actividades que realizan los establecimientos de salud y los servicios medicos de apoyo, desde el punto de vista tecnico y humano para alcanzar los efectos deseados por los proveedores y los usuarios en terminos de seguridad, eficacia, eficiencia y satisfaccion del usuario; Que, dentro de los Lineamientos de Politica del Plan Nacional Concertado de Salud 2007-2020, las funciones de conduccion, regulacion, desarrollo de las funciones esenciales de salud publica seran desarrolladas por el Ministerio de Salud, de manera MORDAZA en todo el sector salud; lo cual hace prioritario contar con una atencion de salud de calidad y con MORDAZA identificacion de los actores que prestan los servicios de salud en todos los niveles de atencion y en los cuales se encuentran involucrados el personal medico, no medico, tecnico, asistencial, auxiliar, administrativo y voluntario, que estan directamente relacionados con la prestacion de dichos servicios; Que, en ese contexto, es necesario mejorar no solo el cuidado de la salud de la poblacion y su cobertura, sino la calidad de la atencion, asi como propiciar que el personal oriente sus esfuerzos al cumplimiento de metas y objetivos en materia de salud, brindando atencion a los usuarios con calidez y buen trato, de conformidad con los lineamientos de Gobierno y la politica sectorial y dentro del correspondiente ambito geografico - cultural sanitario asignado; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente, que obligue al personal del Ministerio de Salud, involucrado en brindar atencion de servicios de salud, a estar permanentemente identificado a efecto de garantizar a los usuarios el respeto a recibir atencion de personal debidamente acreditado para brindar los servicios que requiere para la recuperacion, rehabilitacion o promocion de la salud; Con el visado del Viceministro de Salud, del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer que las personas que brinden atencion al publico en los diferentes establecimientos de salud a nivel nacional, deben estar permanentemente identificados durante la prestacion de sus servicios, para lo cual deberan llevar inscrito su nombre completo en la parte superior izquierda de su vestimenta, ya sea por medio de un marbete o directamente bordado, lo cual permitira al usuario identificarlo claramente. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos en un plazo de treinta (30) dias, eleve la propuesta de actualizacion del Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 132-92-SA-P, en la cual se considere como falta de caracter disciplinario el incumplimiento de lo dispuesto en el articulo precedente. Articulo 3º.- Disponer que en tanto se actualiza el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud, el personal nombrado que incumpla con lo dispuesto en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, incurrira en falta de caracter disciplinario de conformidad con el articulo 150º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM, siendo pasible de ser sancionado. Articulo 4º.- Los jefes inmediatos del personal a que se contrae la presente resolucion seran responsables de velar por el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acto resolutivo, y los Jefes de Personal o quienes MORDAZA sus veces en los establecimientos de salud, estaran encargados de hacer el seguimiento y verificacion correspondiente.

Articulo 5º.- Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, a traves de las Direcciones Regionales de Salud, dispondran el cumplimiento de lo senalado en el articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Salud
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Designan Titular de la Unidad Ejecutora 123 del Pliego 011 - Ministerio de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 186-2008/MINSA

MORDAZA, 17 de marzo del 2008 CONSIDERANDO: Que, el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD, es un Proyecto a cargo del Ministerio de Salud, financiado con recursos provenientes del Contrato de Prestamo Nº 1208/OC-PE, celebrado entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID y el Contrato de Prestamo Nº 4527PE, celebrado entre la Republica del Peru y el Banco de Reconstruccion y Fomento - BIRF, cupo principal objetivo es apoyar el MORDAZA de la modernizacion y reforma del sistema de salud en el Peru y el fortalecimiento de la atencion del seguro MORDAZA infantil; Que, el articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 606-99-SA/DM, de fecha 03 de diciembre de 1999, y en cumplimiento de los acuerdos recogidos en los Contratos de Prestamo senalados en el considerando precedente, se creo el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD, Unidad Ejecutora 123 del Pliego 011- Ministerio de Salud, para encargarse de la ejecucion de la Primera Fase del Programa financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo y el Banco Mundial; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 985-2007/ MINSA, de fecha 26 de noviembre del 2007, se declaro el Cierre y Liquidacion del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD, ejecutado por la Unidad Ejecutora 123 del Pliego 011 - Ministerio de Salud, conformandose para tal efecto la Comision de Cierre y Liquidacion del Programa, la cual en virtud de lo dispuesto en el articulo 5º de la Resolucion Ministerial acotada, con fecha 12 de diciembre del 2007, aprueba el Informe Final correspondiente, dando cuenta de las acciones encomendadas y senalando las recomendaciones para culminar con las actividades pendientes; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 160-2008/ MINSA, de fecha 7 de marzo del 2008, se acepta la renuncia del Coordinador General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD, Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cornejo; Que, con Informe Tecnico Nº 036-2008-OPI-OGPP/ MINSA, del 23 de enero del 2008, la Oficina de Proyectos de Inversion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, ha aprobado el Estudio de Factibilidad de la MORDAZA Fase del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD II, quedando pendiente la declaracion de viabilidad por parte de la Direccion General de Programacion Multianual del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Salud y el Ministerio de Economia y Finanzas, iniciar coordinaciones con el Banco Interamericano de Desarrollo y con el Banco Mundial para el financiamiento de la MORDAZA Fase del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud - PARSALUD II; Que, en tal sentido, resulta necesario continuar la ejecucion de la Unidad Ejecutora 123 del Pliego 011- Ministerio de Salud, para iniciar las operaciones

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