TEXTO PAGINA: 11
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de marzo de 2008 368977 PVC impermeabilizante; (2) palees de tableros y (4) bicicletas; con un valor FOB de US$ 23,840.00 (Veintitrés Mil Ochocientos Cuarenta y 00/100 Dólares Americanos), según Certifi cado de Donación de fecha 20-set-2006; con un peso bruto manifestado de 63,500.00 kg.; enviados en seis (6) contenedores de 40´ Nºs. UXXU428484/0, BANU433800/4, GESU457488/7, GESU457274/0, TRIU501878/8 y TRIU434710/9, conforme al Conocimiento de Embarque Nº PP000700 de fecha 16- set-06. La donación fue destinada para la construcción e implementación de centros, casas de retiro, entre otros; siendo distribuidos según las necesidades en los departamentos de Arequipa, Ayacucho, Cusco, Piura, Iquitos, Loreto - Yurimaguas y Lima; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos, a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II, consistente en 2,329 bultos conteniendo (192) piezas de moqueta; (147) tableros de madera; (44) trozos de ángulos de hierro; (1,619) cajas de mochilas; (5) muebles-taquillas; (208) sillas; (44) bolsas de ropa nueva; (49) zapatos nuevos; (2) microondas; (2) lavaplatos; (1) nevera; (6) piezas de PVC impermeabilizante; (2) palees de tableros y (4) bicicletas; con un valor FOB de US$ 23,840.00 (Veintitrés Mil Ochocientos Cuarenta y 00/100 Dólares Americanos), según Certifi cado de Donación de fecha 20-set-2006; con un peso bruto manifestado de 63,500.00 kg.; enviados en seis (6) contenedores de 40´ Nºs UXXU428484/0, BANU433800/4, GESU457488/7, GESU457274/0, TRIU501878/8 y TRIU434710/9, conforme al Conocimiento de Embarque Nº PP000700 de fecha 16-set-06. La donación fue destinada para la construcción e implementación de centros, casas de retiro, entre otros; siendo distribuidos según las necesidades en los departamentos de Arequipa, Ayacucho, Cusco, Piura, Iquitos, Loreto - Yurimaguas y Lima. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 164118-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 168/RE Lima, 4 de febrero de 2008 Visto, el expediente con los números Nº 11376, 12283 -2007, presentado por la ASOCIACIÓN VIDA PERÚ, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de WHEELCHAIR FOUNDATION, con sede en Danville, California 94506 - 4652 Estados Unidos de América. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACIÓN VIDA PERÚ, se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93- PCM; Que, mediante Certifi cado de Donación de fecha 22 de Marzo del 2007, legalizado por el Consulado General del Perú en San Francisco se observa que, WHEELCHAIR FOUNDATION, ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACIÓN VIDA PERÚ; Que, los bienes donados consisten en 590 bultos, conteniendo sillas de ruedas plegables, accesorios y repuestos, con un valor FOB US$ 42,622.80 (CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS Y 80/100 DOLARES AMERICANOS), amparado en la DUA Nº 118-2007-10-106261-01-5-00 de fecha 23 de Mayo del 2007, con un peso manifestado de 12,372.86 kilos bruto, de acuerdo al conocimiento de embarque Nº 5860110589 de fecha 24 de Abril del 2007, con un peso declarado de 12,310 kilos bruto, según DUA Nº 118-2007-10-106261-01-5-00. Los bienes han sido distribuidos por la ASOCIACION VIDA PERU en coordinación con el Rotary Club Internacional Distrito 4450, en los departamentos de Lima, Huánuco y provincia de Pisco, conforme se aprecia en la declaración jurada emitida por la entidad donataria de fecha 29-08-2007 y la declaración jurada de fecha 13 de Setiembre del 2007; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por WHEELCHAIR FOUNDATION, a favor de la ASOCIACIÓN VIDA PERÚ; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por WHEELCHAIR FOUNDATION, a favor de la ASOCIACIÓN VIDA PERÚ, consistente en 590 bultos, conteniendo sillas de ruedas plegables, accesorios y repuestos, con un valor FOB US$ 42,622.80 (CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS Y