Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2008 (18/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de marzo de 2008 368982 la Denominación Común Internacional (DCI) del mismo; que como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud coordinará con las Direcciones de Salud y Direcciones Regionales de Salud o la que haga sus veces en el ámbito regional, la aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer que las impugnaciones que se presenten como consecuencia de la aplicación de las sanciones o multas a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, sean resueltas en primera instancia por el Director General de Salud de las Personas y en segunda instancia por el Viceministro de Salud. Artículo 4º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones proceda a la publicación de la presente Resolución en el Portal del Internet del Ministerio de Salud en el enlace http://www.minsa.gob.pe/portal/06transparencia/normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA M. Ministro de Salud ANEXO ESCALA DE MULTAS Y SANCIONES Constituye infracción el consignar en la prescripción de medicamentos únicamente el nombre de marca del medicamento sin hacer mención explícita a la Denominación Común Internacional (DCI) del mismo. La Escala de Multas y Sanciones que aplicará la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, será la siguiente: Gravedad de la Infracción Tipo de Sanción Autoridad que impone Sanción o Multa Leve Cuando por primera vez el profesional incurre en infracción.Amonestación escrita mediante O fi cio.Dirección General de Salud de las Personas. Moderada Cuando habiéndose impuesto sanción de amonestación escrita mediante O fi cio, incurre nuevamente en infracción.Amonestación escrita mediante Resolución Directoral.Dirección General de Salud de las Personas Grave Cuando habiéndose impuesto sanción de amonestación escrita por Resolución Directoral, incurre nuevamente en infracción.Multa de 0.5 de la UIT Dirección General de Salud de las Personas Muy Grave Cuando habiéndose impuesto multa por primera vez, incurre nuevamente en infracción.Multa de 2 UIT Dirección General de Salud de las Personas 177246-6 Aprueban “Norma Técnica de Salud para la Implementación del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias Garantizadas para la Reducción de la Desnutrición Crónica Infantil y Salud Materno Neonatal” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 193-2008/MINSA Lima, 17 de marzo del 2008 Visto el Expediente Nº 08-020212-001 que contiene el Memorándum Nº 877-2008-DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas;CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2008-SA, se establece el Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias Garantizadas para la Reducción de la Desnutrición Crónica Infantil y Salud Materno Neonatal a ser aplicadas en el ámbito nacional; Que, es necesario establecer el detalle del listado priorizado de intervenciones sanitarias indicado en el párrafo anterior, a fi n que sea desarrollado por los Establecimientos de Salud a nivel nacional; Que, el artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, dispone que es función de la Dirección General de Salud de las Personas, establecer las normas, supervisión y evaluación de la atención de la salud de las personas en las diferentes etapas de vida, así como la categorización, acreditación y funcionamiento de los servicios de salud y la gestión sanitaria en el Sector Salud; Que, mediante documento del visto, la Dirección General de Salud de las Personas ha propuesto para su aprobación la Norma Técnica de Salud: “Norma Técnica de Salud para la Implementación del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias Garantizadas para la Reducción de la Desnutrición Crónica Infantil y Salud Materno Neonatal”; Con el visado Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Dirección General de Promoción de la Salud, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la “NTS Nº 063 -MINSA/DGSP- V.01. “Norma Técnica de Salud para la Implementación del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias Garantizadas para la Reducción de la Desnutrición Crónica Infantil y Salud Materno Neonatal”, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- La Dirección General de Salud de las Personas es responsable de la difusión, supervisión e implementación de la citada Norma Técnica de Salud. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional, son responsables de la difusión, implementación, supervisión y aplicación de la citada Norma Técnica de Salud, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- La Ofi cina General de Comunicaciones publicará la presente Resolución en la dirección electrónica http://www.minsa.gob.pe/portal/06transparencia/normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO LECCA MONTAÑÉZ Ministro de Salud 177246-7 Designan Funcionarios en la Dirección General de Salud de las Personas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2008/MINSA Lima, 17 de marzo del 2008