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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 18 de marzo de 2008 368988 del 2006, mediante la cual se aprueba el Proyecto de Implementación del Sistema Integrado Judicial - SIJ en los Juzgados Periféricos de Surco - San Borja, San Juan de Lurigancho, Lince - San Isidro, La Victoria, La Molina - Cieneguilla, Barranco - Mirafl ores y Chorrillos. Que, siendo ello así, resulta necesario adoptar medidas de apoyo, con la fi nalidad de contribuir en el mejor desarrollo de dicho proyecto, que coadyuvará con la labor del Magistrado, y ésta a su vez, permitirá un mejor servicio a los justiciables y abogados litigantes. Que, en ese orden de ideas, es necesario conformar un Comité de Implantación, la que hará las veces de interlocutor entre el personal técnico de la Gerencia de Informática y el Personal Jurisdiccional Especializado de esta Corte Superior, quienes a través de reuniones validarán la información necesaria para la puesta en funcionamiento del proyecto en mención. Que, el Magistrado Presidente e Integrantes designados como miembros del Comité podrán conformar a su vez Subcomités dentro de cada uno de los órganos jurisdiccionales antes mencionados, a fi n de viabilizar y optimizar la función encomendada, la que no excederá el encargo conferido mediante la presente resolución. Por lo expuesto y en atención a las facultades conferidas en el Artículo 90º del Texto Único Ordenado del Poder Judicial; SE RESUELVE:Artículo Primero.- CONFORMAR el Comité de Implantación del Sistema Integrado Judicial en los Juzgados Periféricos de Surco - San Borja, San Juan de Lurigancho, Lince - San Isidro, La Victoria, La Molina - Cieneguilla, Barranco - Mirafl ores y Chorrillos, los que realizarán las coordinaciones necesarias para el funcionamiento del sistema, así como conformar sub-comisiones en cada Órgano Jurisdiccional a fi n de viabilizar la labor encomendada, el mismo que queda integrado por los siguientes Magistrados: Doctor Alexis José Roque Hilares Presidente. (Juez del 6º.JPL de San Juan de Lurigancho) Doctora Pilar Mercedes Crisostomo Arango Integrante. (Juez del 4º JPL de La Victoria) Doctor Roger Alcides Salazar López Integrante. (Juez del 1º JPL de Surco - San Borja) Doctora Beatriz Mercedes Arenas Integrante. (Juez del 5º JPL Lince - San Isidro) Doctor Sandro Omar Aguilar Gaytán Integrante. (Juez del 4º JPL de Barranco - Mirafl ores) Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General, de la Ofi cina de Administración de la Corte y de los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 176889-1 ORGANISMOS AUTONOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 033-2008-J/ONPE Mediante Ofi cio Nº 033-2008-GIEE/ONPE, la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Jefatural Nº 033-2008-J/ONPE, publicada en nuestra edición del día 14 de marzo de 2008. DICE: VISTOS: El Informe Nº 006-2008/ONPE DEBE DECIR:VISTOS: El Informe Nº 006-2008-GCIATE/ONPE 176797-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan reinscripción de libros de nacimientos de diversos años en la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Emilio San Martín RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 110-2008-JNAC/RENIEC Lima, 26 de febrero de 2008 VISTO: el Informe N° 000087-2008/SGGORC/GRC/ RENIEC de la Sub Gerencia de Gestión Operativa de los Registros Civiles y el Informe N° 000040-2008-GRC/ RENIEC de la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO:Que, conforme lo señalado por la Primera Disposición Final de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, los Registros de las Ofi cinas de Registro de Estado Civil a que se refi ere la Ley N° 26242, deberán continuar con el proceso de reinscripción; Que, la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Emilio San Martín, Provincia de Requena, Departamento de Loreto, solicitó la autorización para la reinscripción relativa a los libros de nacimiento de los años 1958, 1959, 1960, 1961, 1964, 1965, 1966 y 1967, habiendo cumplido con los requisitos establecidos para ese fi n, según la evaluación técnica y normativa de la Gerencia de Registros Civiles, por lo que corresponde al RENIEC la aprobación pertinente, dada su condición de organismo constitucionalmente autónomo, con competencia exclusiva en materia registral; y, Conforme a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la reinscripción de los libros de nacimientos correspondientes a los años 1958, 1959, 1960, 1961, 1964, 1965, 1966 y 1967 de la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Emilio San Martín, Provincia de Requena, Departamento de Loreto. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Emilio San Martín, Provincia de Requena, Departamento de Loreto, para que proceda a