Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2008 (09/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

371978 GOBIERNOS LOCALES

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2008

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO D.A. Nº 004-2008-A/MDC.- Prorrogan plazos para el pago de primer trimestre del Impuesto Predial, de cuotas de los Arbitrios Municipales y del beneficio de pronto pago 372059 D.A. Nº 005-2008-A/MDC.- Prorrogan plazo de Beneficio Tributario aprobado mediante la Ordenanza N° 128-AMDC 372060 MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA Ordenanza Nº 048-2008/MDLV.- Aprueban Reglamento para el otorgamiento de Condecoraciones y Distinciones que entrega la Municipalidad de La MORDAZA 372060 MUNICIPALIDAD DE LINCE Acuerdo Nº 33-2008-MDL.- Autorizan viaje del MORDAZA y del Gerente Municipal para asistir ala "XIV Conferencia Interamericana de Alcaldes y Autoridades" que se realizara en EE.UU. 372062 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Res. Nº 123-08/MDLCH-GM.- Rectifican resolucion mediante la cual se declararon cumplidas las obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica 372063

D.A. Nº 004-2008-MDPH-ALC.- Establacen cronograma para llevar a cabo la eleccion de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local - CCL 372063 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA

D.A. Nº 016-ALC/MSI.- Establecen MORDAZA cronograma para la realizacion de "Sorteos VPSI" 372064 PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ordenanza Nº 000024.- Exoneran a persona natural del pago por concepto de tasa de internamiento de vehiculo 372064 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA Acuerdo Nº 071-2008-MDCH-A.- Exoneran de MORDAZA de seleccion la elaboracion de estudio definitivo del proyecto Ampliacion Electrificacion Rural Distrito MORDAZA - San MORDAZA - MORDAZA 372065

PODER EJECUTIVO DECRETOS LEGISLATIVOS
DECRETO LEGISLATIVO Nº 1009
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica mediante la Ley Nº 29157, de conformidad con el articulo 104º de la Constitucion Politica del Peru, ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobre materias especificas, con la finalidad de facilitar la implementacion del Acuerdo de Promocion Comercial Peru - Estados Unidos y su protocolo de enmienda, y el apoyo a la competitividad economica para su aprovechamiento, entre las que se encuentran la mejora del MORDAZA regulatorio, el fortalecimiento institucional, la simplificacion administrativa, la modernizacion del Estado y la promocion de la inversion privada; Que, las entidades y organismos publicos deben procurar el uso economico y social de sus bienes y de los que se encuentran bajo su administracion, con la finalidad de brindar mejores servicios publicos a los ciudadanos, debiendo, ademas, mediante una eficiente gestion de su portafolio inmobiliario, incentivar la inversion privada; Que, en consecuencia resulta necesario disponer que las entidades y organismos publicos del Poder Ejecutivo inicien un programa de ordenamiento de los bienes inmuebles que tienen asignados en calidad de sedes institucionales que permita un uso economico eficiente de estos; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:

DECRETO LEGISLATIVO QUE DISPONE EL ORDENAMIENTO DE SEDES INSTITUCIONALES DE LAS ENTIDADES Y ORGANISMOS PUBLICOS DEL PODER EJECUTIVO
Articulo 1º.- Objeto de la MORDAZA Dispongase que las entidades y organismos publicos del Poder Ejecutivo que tengan en propiedad o en uso bienes inmuebles en calidad de sedes institucionales, inicien un programa de ordenamiento de las mismas, con el objeto de ponerlas en venta mediante subasta publica y a valor comercial. Articulo 2º.- Destino de los recursos provenientes de la venta Los recursos que se obtengan de la venta a que se refiere el articulo precedente se destinan exclusivamente a los siguientes fines: a) La adquisicion o construccion de una nueva sede institucional, incluyendo el financiamiento de los servicios que se requieran para obtener la viabilidad del proyecto para la construccion de la misma, de acuerdo a las normas que regulan el Sistema Nacional de Inversion Publica; b) El equipamiento basico de dicha sede; y, c) La rehabilitacion y mantenimiento de la infraestructura publica en materia de salud, educacion, saneamiento, electrificacion rural y red vial, cuando se genere un ahorro, luego de cumplirse lo contemplado en los literales a) y b). Articulo 3º.- Procedimiento de venta 3.1 Cada entidad u organismo publico del Poder Ejecutivo constituira una Comision Especial encargada del procedimiento de venta de los bienes inmuebles comprendidos en el articulo 1º del presente Decreto Legislativo. Esta Comision Especial estara integrada por

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