Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2008 (09/05/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

371985

y cuatro (44) adjudicatarios de diversas parcelas que conforman el "Parque Porcino" y, por tanto, se declaro de libre disponibilidad del Estado dichos terrenos; Que, en el Anexo Nº 1 de la citada Resolucion Ministerial figura la relacion de terrenos afectados, entre los que se encuentra el identificado con Unidad Catastral Nº 10413 con 0.21 hectareas otorgadas a favor del senor MORDAZA MORDAZA Caldas. Lo dispuesto en el referido acto administrativo se MORDAZA en que no se habria elaborado el respectivo Contrato de Otorgamiento de Terrenos Eriazos para Otros Usos Agrarios y, asimismo, por cuanto el propietario no habria realizado habilitacion alguna respecto al predio adjudicado; Que, por escrito de fecha 2 de MORDAZA de 2006, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de reconsideracion contra la Resolucion Ministerial Nº 0301-2005-AG, para lo cual presento MORDAZA del Contrato de Compra Venta de Terrenos Eriazos Nº 0516-93 suscrito el 21 de junio de 1993. Asimismo, adjunto fotografias y recibos de pago de impuesto predial para acreditar la posesion y habilitacion para la actividad pecuaria del terreno adjudicado; Que, el articulo 24º de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General dispone que la notificacion del acto administrativo debe contener la expresion de los recursos que proceden, el organo ante el cual deben presentarse los recursos y el plazo para interponerlos. No obstante, la notificacion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA con la Resolucion Ministerial Nº 0301-2005-AG, efectuada el 23 de MORDAZA de 2005, no cumple con ninguno de dichos requisitos, por lo que la misma resulta ineficaz; Que, segun lo dispuesto en el articulo 16º de la Ley Nº 27444, el acto administrativo es eficaz a partir de la notificacion legalmente realizada. En concordancia con ello, el articulo 27º de dicho cuerpo legal establece que se tendra por bien notificado al administrado a partir de actuaciones procedimentales que permitan razonablemente suponer que tuvo conocimiento del acto o interponga cualquier recurso que proceda; Que, en el presente caso, ha quedado acreditado que al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA no le fue notificada adecuadamente la Resolucion Ministerial Nº 0301-2005-AG, por lo que dicho acto administrativo debe considerarse eficaz a partir de la MORDAZA del recurso impugnatorio correspondiente. En virtud a ello, el 2 de MORDAZA de 2006, se mantenia vigente el derecho del adjudicatario a interponer el recurso de apelacion; Que, del analisis de la documentacion que obra en el expediente, puede verificarse que, en ejecucion de lo dispuesto por la Resolucion Directoral Nº 123-93-AG-UAD. L.C, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Unidad Agraria Departamental MORDAZA Callao celebraron el Contrato de Compraventa de Terrenos Eriazos Nº 0516-93 a traves del cual se adjudico a favor del administrado la parcela identificada con Unidad Catastral Nº 10413. Asimismo, el denunciante ha presentado medios probatorios suficientes que acreditan la posesion pacifica, continua y directa del mencionado predio; Que, en tanto ha quedado acreditado que la Resolucion Directoral Nº 123-93-AG-UAD.L.C fue ejecutada oportunamente respecto al predio identificado con Unidad Catastral Nº 10413, corresponde declarar fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Ministerial Nº 0301-2005-AG, en el extremo que declaro de libre disponibilidad del Estado el predio adjudicado a favor del recurrente; Que, el Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal­COFOPRI es la entidad absorbente del extinto Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural­ PETT, conforme al MORDAZA de fusion por absorcion dispuesto por el Decreto Supremo N° 005-2007-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 012-2007-VIVIENDA y por el Decreto Supremo N° 074-2007-PCM; Por los fundamentos expuestos, de conformidad con lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica, y estando a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 997 y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA

MORDAZA contra la Resolucion Ministerial Nº 0301-2005AG. En consecuencia, corresponde excluir al predio identificado con Unidad Catastral Nº 10413 del Anexo Nº 1 del acto administrativo recurrido, dejandose vigente el resto de su contenido. Articulo 2º.- Remitir al Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal­COFOPRI los actuados administrativos a fin que realice las gestiones pertinentes para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 198231-1

Modifican R.M. Nº 287-2008-AG mediante la cual se acepto renuncia de Gerente de Proyectos en MORDAZA y MORDAZA del INADE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 337-2008-AG MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 287-2008-AG se acepto la renuncia al cargo de Gerente de Proyectos en MORDAZA y MORDAZA del Instituto Nacional de Desarrollo INADE; Que, por Oficio Nº 1085-2008-INADE-4201-SG, de fecha 29 de MORDAZA del 2008, el Gerente General del INADE solicita la correccion del apellido MORDAZA del funcionario renunciante, al haberse incurrido en un error material; Que, en consecuencia, corresponde emitir la Resolucion Ministerial modificatoria del articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 287-2008-AG; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172001-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 287-2008-AG, en los siguientes terminos: "Articulo 1º.- Aceptar, con efectividad al 16 de MORDAZA del 2008, la renuncia al cargo de Gerente de Proyectos en MORDAZA y MORDAZA del Instituto Nacional de Desarrollo -INADE, presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 198123-1

Designan Director General de la Oficina General de Administracion del INIA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 00127-2008-INIA MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2008

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.