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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 9 de mayo de 2008 371983 del Alto Huallaga mediante la ejecución de obras de infraestructura económico-productivo y de apoyo a la producción, que permita la participación de la inversión privada en el mejoramiento de la calidad de vida del poblador de la zona; Que, asimismo mediante Decreto Supremo Nº 019- 81-PCM se creó el Proyecto Especial Jaén - San Ignacio- Bagua, con la finalidad de impulsar la ampliación de la frontera agrícola y la ocupación territorial de las áreas de frontera política, contemplando la realización de estudios y la ejecución de un conjunto de proyectos de infraestructura de apoyo tanto vial como energético, la organización de asentamientos urbanos y rurales y la dotación de equipamiento económico y social, actualmente está dentro del Instituto Nacional de Desarrollo-INADE; Que, mediante Decreto Supremo Nº 137-80-AA se creó el Proyecto Especial Pichis - Palcazú, el que tiene por fi nalidad impulsar el desarrollo de la Selva Central, que abarca los valles: Pichis, Palcazú, Pachitea, Oxapampa, Satipo y Chanchamayo, mediante la ejecución de programas de desarrollo multisectorial que permitan el aprovechamiento de los recursos naturales de la región y la preservación de la ecología y el medio ambiente, este proyecto está dentro de la responsabilidad del Instituto Nacional de Desarrollo-INADE; Que, por Decreto Supremo Nº 072-82-PCM se creó el Proyecto Especial Sierra – Centro - Sur, con la fi nalidad de ejecutar prioritariamente planes, programas y acciones orientadas a elevar las condiciones de vida de la población ubicada en los ámbitos más deprimidos del país y a la pacifi cación social, proyecto que se viene desarrollando dentro de los ámbitos del Instituto Nacional de Desarrollo-INADE. Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM se modifi có el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM, incorporándose la transferencia de los Proyectos Especiales Jequetepeque – Zaña; Sierra – Centro – Sur; Pichis – Palcazu; Jaén – San Ignacio - Bagua y Alto Huallaga; Que, conforme al Decreto Supremo Nº 010-2007-PCM, los Ministerios son responsables de la transferencia de atribuciones y recursos dispuesta por el Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM; Que, la finalidad de los Gobiernos Regionales y Locales es fomentar el desarrollo integral sostenible de sus jurisdicciones, garantizando el ejercicio pleno de los derechos, la igualdad de oportunidades de sus habitantes, debiendo en consecuencia tener capacidad de decisión y responsabilidad sobre los recursos de los referidos proyectos especiales en un breve plazo, en cumplimiento de los criterios de subsidiariedad, selectividad, proporcionalidad y provisión, establecidos en la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783; Que, el Ministerio de Agricultura viene impulsando el proceso de descentralización de forma gradual y ordenada, en cuyo marco está efectuando la transferencia de Proyectos Especiales del Instituto Nacional de Desarrollo – INADE a los Gobiernos Regionales; Que, en tal sentido y de conformidad con la política del Gobierno Nacional de relanzar el proceso de descentralización, en concordancia con el principio de subsidiariedad establecido en la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783 y a fi n de que los Gobiernos Regionales logren ejercitar plenamente sus competencias, ejecuten y administren los programas y proyectos transferidos, es necesario asignarles competencias para administrar los Proyectos Especiales del INADE, como paso previo a la transferencia de los citados Proyectos Especiales y a la conformación de las Regiones; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y Ley Nº 28273 - Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1°.- Creación de Consejo Directivo en los Proyectos Especiales Constitúyase un Consejo Directivo en cada uno de los Proyectos Especiales de Jequetepeque – Zaña; Sierra – Centro – Sur; Pichis – Palcazu; Jaén – San Ignacio - Bagua y Alto Huallaga, como máximo órgano de la entidad, encargado de establecer las políticas, planes, objetivos, estrategias, actividades y metas de la institución, quien designará al Director Ejecutivo y supervisará la administración general y la marcha institucional. El Consejo Directivo estará conformado por: a) Un (01) representante por cada Gobierno Regional comprendido en el Proyecto Especial, de acuerdo al anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. b) Un (01) representante del Ministerio de Agricultura. Artículo 2°.- Reconocimiento del Consejo Directivo Los miembros del Consejo Directivo serán reconocidos por Resolución Ministerial para el caso del Ministerio de Agricultura y por Resolución Ejecutiva Regional para el caso de los Gobiernos Regionales. Dicho cargo es personal e indelegable y su designación es por el plazo de dos (02) años, pudiendo ser renovado por una sola vez. Artículo 3º.- De los recursos que demande su implementación Las acciones que se deriven de la aplicación del presente Decreto Supremo se ejecutan con cargo a los recursos del pliego respectivo y no demandan recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4°.- Disposición Derogatoria o de Suspensión Deróguese o déjese en suspenso, según sea el caso, toda disposición legal o reglamentaria que se oponga al presente Decreto de Supremo o límite su aplicación. Artículo 5°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura ANEXO CON EL DETALLE DE LOS PROYECTOS ESPECIALES Proyecto Especial Gobierno Regional involucrado Jequetepeque – Zaña Cajamarca, La Libertad, Lambayeque Alto Huallaga Huánuco, San Martín, Ucayali Jaén – Bagua – San Ignacio Cajamarca, AmazonasPichis Palcazu Junín, PascoSierra Centro Sur Ayacucho, Huancavelica, Cusco, Apurímac 198301-3Descargado desde www.elperuano.com.pe