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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de mayo de 2008 372525 Visto el ofi cio NC-35-COCI-Nº 1432 de fecha 1 de octubre de 2007 y mensaje COCI-020940 del mes de octubre de 2007, del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú, mensaje SGFA-171320 del mes de octubre de 2007 y Papeleta de Trámite Nº 0482-SGFA de fecha 6 de febrero de 2008, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 288-2007 DE/FAP del 1 de octubre de 2007, se autoriza el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Colombia, el día 1 de octubre de 2007, del Personal FAP que conformó la tripulación de la aeronave FAP L-100 FAP 397, para trasladar al personal herido y fallecido en el trágico accidente de la delegación colombiana, ocurrido en el departamento de Apurímac, a la ciudad de Neiva; Que, de acuerdo a lo comunicado por el Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú, dicho personal recogió de la ciudad de Bogotá, 9 toneladas de ayuda humanitaria de la Cruz Roja de Colombia, en la aeronave FAP L-100 FAP 397, retornando a la ciudad de Lima, el día 2 de octubre de 2007; motivo por el cual es necesario ampliar la fecha de termino de dicha comisión; Que el pago correspondiente a la presenta autorización, se efectuara con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece la posibilidad que los efectos de un acto o resolución administrativa, sean aplicados de modo anticipado a hechos administrativos anteriores a su vigencia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar, con efi cacia anticipada, la fecha de término de la autorización de viaje a que se refi ere elArtículo 1º de la Resolución Suprema Nº 288-2007 DE/FAP de fecha 1 de octubre de 2007; en el sentido de considerar la Comisión del Servicio a la República de Colombia, del Personal FAP que se indica a continuación, hasta el día 2 de octubre de 2007; a mérito de la expuesto en la parte considerativa de la presente resolución : Comandante FAP ANNICCHIARICO ONGARO Tonino Piloto Comandante FAP JERI SANDOVAL Luis Alberto PilotoComandante FAP BOURONCLE LUNA Luis Fernando PilotoTéc.1ra. FAP SARAVIA TASAYCO Carlos Alberto CargomasterTéc.2da. FAP SUPO TIPULA Antonio Ing. de VueloTéc.2da. FAP RAMIREZ ORTIZ Jose Cruz Ing. de VueloTéc.2da. FAP BOJORQUEZ CACHA Marcelo Virgilio Cargomaster Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (Día 2 de octubre de 2007) US $ 200.00 x 1 día x 7 Personas Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 202472-9 Reconocen deuda a oficial de la Marina de Guerra por servicios como Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 155-2008-DE/MGP Lima, 20 de mayo de 2008Visto el Ofi cio L.1000-1221 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 5 de setiembre de 2007; CONSIDERANDO:Que, por Resoluciones Ministeriales N° 2114 DE/ MGP y N° 038-2004 DE/MGP de fechas 26 de diciembre de 2002 y 20 de enero de 2004, respectivamente, se nombró en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al Capitán de Navío Luis Miguel REQUENA Pasapera, para ocupar el cargo de Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, a partir del 01 de enero de 2003 al 31 de diciembre de 2004; Que, por Resoluciones Ministeriales N° 659-2006 DE/ MGP y N° 200-2007 DE/MGP de fechas 05 de julio de 2006 y 26 de marzo de 2007, respectivamente, el citado Ofi cial pasó a la situación de Disponibilidad por la causal “Medida Disciplinaria”; Que, habiendo concluido con fecha 31 de diciembre de 2004 la Misión Diplomática del Capitán de Navío (D) Luis Miguel REQUENA Pasapera y no habiéndose nombrado el relevo correspondiente hasta el 15 de enero de 2005, por razones del servicio se dispuso su permanencia en el cargo hasta el 29 de enero de 2005, periodo en el cual fue nombrado el relevo respectivo, efectuando la entrega del cargo y retornando al país el 30 de enero de 2005; razón por la cual se le adeuda la cantidad de SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 90/100 DOLARES AMERICANOS (US$. 6,482.90), equivalente a VEINTINUEVE (29) días; Que, las circunstancias que ocasionaron el mayor tiempo de permanencia del Ofi cial en mención, obedecieron a situaciones de fuerza mayor, las que se encuentran acreditadas mediante las comunicaciones ofi ciales cursadas entre la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y la Dirección General del Personal de la Marina; Que, mediante Ofi cio L.1000-317 de fecha 21 de febrero de 2008, el Jefe del Estado Mayor General de la Marina, informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para asumir la mencionada deuda; Que, el literal 17.1 del Artículo 17° de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa y Decreto Supremo N° 028-2006 DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Reconocer al Capitán de Navío (D) Luis Miguel REQUENA Pasapera, CIP. 00775897 y DNI. 44235713, actualmente en Situación de Disponibilidad la deuda de SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 90/100 DOLARES AMERICANOS (US$. 6,482.90), por haber permanecido por razones del servicio como Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, con efi cacia anticipada a partir del 01 al 29 de enero de 2005. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al concepto siguiente: Compensación Extraordinaria Servicio en el Extranjero: US$. 6,930.00: 31 x 29 días Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 202472-10Descargado desde www.elperuano.com.pe