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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2008 (21/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de mayo de 2008 372537 VIVIENDA Aprueban transferencia financiera a favor de EMAPICA S.A. para financiar la ejecución de proyecto de rehabilitación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 179-2008-VIVIENDA Lima, 19 de mayo de 2008CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de los sismos registrados en el país el pasado 15 de agosto de 2007, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y demás normas modifi catorias, se declaró en Estado de Emergencia el departamento de Ica, las provincias de Castrovirreyna y Huaytará y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica y las provincias de Cañete y Yauyos del departamento de Lima, por el plazo de sesenta (60) días naturales, período ampliado sucesivamente por los Decretos Supremos Nºs. 084-2007-PCM, 097-2007-PCM, 011-2008-PCM y 026-2008-PCM; Que, mediante la Ley Nº 29078 se crea el Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007, denominado “FORSUR”, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomía económica, fi nanciera y técnica, constituyéndose para dicho efecto en unidad ejecutora, con la fi nalidad de lograr la rehabilitación y reconstrucción de las zonas declaradas en estado de emergencia a través del Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y sus ampliaciones; asimismo, se declara de prioridad y de interés nacional la ejecución de los planes y proyectos de rehabilitación, construcción y reconstrucción de la infraestructura de comunicaciones y vial, riego, de energía eléctrica, saneamiento, habilitaciones urbanas y otros servicios públicos en zonas declaradas en emergencia; Que, por Decreto Supremo Nº 033-2008-EF, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros - FORSUR, hasta por la suma de S/. 13 576 167,00 (Trece Millones Quinientos Setenta y Seis Mil Ciento Sesenta y Siete y 00/100 Nuevos Soles) para el fi nanciamiento de los proyectos de rehabilitación de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto de 2007, priorizados por el Directorio de FORSUR según los Acuerdos Nºs. 032 y 033 -06-2008-D-FORSUR, entre otros; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 093-2008- PCM de fecha 28 de marzo de 2008, se aprueba una transferencia fi nanciera del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de S/. 6 610 663,93 (Seis Millones Seiscientos Diez Mil Seiscientos Sesenta y Tres y 93/100 Nuevos Soles) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con la fi nalidad exclusiva de atender el requerimiento efectuado por el Directorio de FORSUR; Que, por Resolución Ministerial Nº 086-2008-VIVIENDA de fecha 4 de abril de 2008, se autoriza la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para el Año Fiscal 2008 hasta por la suma de S/. 6 610 664,00 (Seis Millones Seiscientos Diez Mil Seiscientos Sesenta y Cuatro Nuevos Soles), para ser destinados al fi nanciamiento de proyectos de rehabilitación de infraestructura de saneamiento afectados por los sismos del 15 de agosto de 2007, de los cuales S/. 2 512 225,33 (Dos Millones Quinientos Doce Mil Doscientos Veinticinco y 33/100 Nuevos Soles) serán destinados a dos (2) proyectos de rehabilitación de la infraestructura de agua en la ciudad de Ica; Que, con Informe Técnico Nº 004-2008-VIVIENDA/ VMCS-DNS de fecha 9 de abril de 2008, la Dirección Nacional de Saneamiento, informa que no considera transferir a EMAPICA S.A. los recursos del proyecto de “Rehabilitación integral para la recuperación del abastecimiento de agua potable en el Sector Manzanilla y otros en la ciudad de Ica” debido a que el mismo será ejecutado con una donación del Gobierno de Japón a través de la Agencia de Adquisiciones del Japón -JICS y, emite opinión favorable para realizar la transferencia fi nanciera a favor EMAPICA S.A. hasta por la suma de S/. 1 824 765,14 (Un Millón Ochocientos Veinticuatro Mil Setecientos Sesenta y Cinco y 14/100 Nuevos Soles) para ser destinados al fi nanciamiento del proyecto “Rehabilitación Integral de redes de agua potable, alcantarillado y conexiones domiciliarias en la Urbanización La Palma Grande de la ciudad de Ica” detallando las características principales del mismo; Que, con fecha 16 de abril del 2008 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. – EMAPICA S.A., con el objeto de establecer los lineamientos administrativos, fi nancieros y de operatividad para el fi nanciamiento del proyecto detallado en el Anexo A del citado Convenio, así como las condiciones que deberían cumplir las partes para efectivizar la transferencia fi nanciera; Que, el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar las condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el literal h) del numeral 75.4) del artículo 75º de la Ley de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para actividades y proyectos de inversión de saneamiento, vivienda y urbanismo se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 9.4) del artículo 9º de la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúa mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberá suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Con la visación del Director Nacional de Saneamiento y las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, la Ley Nº 27792 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 033-2008-EF, la Resolución Ministerial Nº 093-2008-PCM y la Resolución Ministerial Nº 086-2008-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 003 Construcción Descargado desde www.elperuano.com.pe