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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2008 (21/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de mayo de 2008 372538 y Saneamiento, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. – EMAPICA S.A., hasta por la suma de S/. 1 824 765,00 (Un Millón Ochocientos Veinticuatro Mil Setecientos Sesenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles); en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, para fi nanciar la ejecución del proyecto detallado en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo B que asimismo integra la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución del proyecto detallado en el Anexo A, quedando prohibido que la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. – EMAPICA S.A. efectúe anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución se realizará con cargo al presupuesto institucional del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora Nº 003: Construcción y Saneamiento, en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º. - De conformidad con el numeral 9.4) del artículo 9 de la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos sólo se efectivizarán luego que la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. – EMAPICA S.A., presente a la Dirección Nacional de Saneamiento, el contrato de ejecución de estudios, obra o supervisión del proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otro documento relacionado a componentes aprobados, en la viabilidad del proyecto detallado en el Anexo A. El cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B de la presente Resolución, podrá ser materia de modifi cación en función de los resultados de la ejecución del proyecto detallado en el Anexo A, así como por factores externos no previsibles. El cronograma actualizado (o modifi cado) deberá contar con la conformidad de la Unidad Ejecutora del Proyecto y de la Dirección Nacional de Saneamiento. Artículo 4º .- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co, de fecha 16 de abril del año 2008, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. – EMAPICA S.A. Artículo 5º.- La Dirección Nacional de Saneamiento es responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 4 de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de los proyectos detallados en el Anexo A de la presente Resolución. Artículo 6º .- Disponer la publicación de la presente Resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en htpp://www.vivienda.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese ENRIQUE CORNEJO RAMÌREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A RELACIÓN DE PROYECTOS DE REHABILITACIÓN - PROVINCIA DE ICA UNIDAD EJECUTORA : EMAPICA S.A. ITEM PROYECTOTIPO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIAMONTO DE INVERSIÓN (Nuevos Soles) 1Rehabilitación Integral de redes de agua potable, alcantarillado y conexiones domiciliarias en la urbanización La Palma Grande de la ciudad de IcaContrata 1,824,765 MONTO DE INVERSIÓN TOTAL 1,824,765 ANEXO B CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS UNIDAD EJECUTORA : EMAPICA S.A. ITEM PROYECTO MES 1 MES 2 MES 3 MES 4 TOTAL 1Rehabilitación Integral de redes de agua potable, alcantarillado y conexiones domiciliarias en la urbanización La Palma Grande de la ciudad de Ica324,890 214,682 222,634 1,062,559 1,824,765 MONTO DE INVERSIÓN TOTAL (Nuevos Soles) 324,890 214,682 222,634 1,062,559 1,824,765 201902-1 Aceptan renuncia de Asesora II del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 180-2008-VIVIENDA Lima, 19 de mayo de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 106-2007- VIVIENDA se designó, a partir del 23 de abril de 2007, a la Arquitecta Gabriela Ruiz Gordon en el cargo de Asesor II, Nivel F-5 del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, con Carta de fecha 30 de enero de 2008, la citada profesional ha presentado su renuncia al referido cargo, cumpliendo con efectuar la entrega del mismo; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17º, numeral 17.1, de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, las Leyes Nºs. 27594, 27792 y 29158 modifi cada por la Ley Nº 29209, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, con efi cacia anticipada al 1 de febrero de 2008, la renuncia presentada por la Arquitecta Gabriela Fanny Ruiz Gordon en el cargo de Asesor II, Nivel F-5 del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 201902-3Descargado desde www.elperuano.com.pe