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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2008 (26/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 26 de mayo de 2008 372858 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Autorizan a procuradora apersonarse e impulsar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de La Brea - Negritos RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 204-2008-CG Lima, 23 de mayo de 2008 Vistos; la Hoja de Recomendación N° 015-2008- CG/GDPC de 28.ABR.2008, los Ofi cios Nos 046- 2008-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/DISREG-OPA PIURA de 10.MAR.2008 y 122-2008-DIRCOCOR-PNP/ DIVPACGR/DISREG de 21.ABR.2008; el Atestado Nº 093-2008-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR/DISREG/OPA.PIU de 07.MAR.2008, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República, en la Municipalidad Distrital de La Brea – Negritos, Provincia de Talara – Departamento de Piura, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 1276-2007-CG/DC de 25.ABR.2007 la Contraloría General de la República designó una Comisión, con la fi nalidad de efectuar una verifi cación de denuncias en la Municipalidad Distrital de La Brea – Negritos, Provincia de Talara - Departamento de Piura, en torno a presuntas irregularidades que se habrían cometido en dicha entidad; actividad que comprendió la revisión del ejercicio 2006; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Verifi cación de Denuncias Nº 002-2007-CG/ORPI de 03.AGO.2007, en el cual se ha evidenciado que durante el período 2006 la gestión municipal otorgó indebidamente anticipos a funcionarios de la entidad para gastos por diversos conceptos: en obras comunales, de implementación de seguridad ciudadana, en elaboración de documentos normativos, en academia deportiva, administrativos, entre otros; de los cuales no se han efectuado las rendiciones de cuenta correspondientes que evidencien la ejecución del gasto por los conceptos otorgados hasta por un monto ascendente a S/. 465 646,00; Que, la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Técnica a través del Ofi cio Nº 046-2008-PNP-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/DISREG-OPA PIURA de 10.MAR.2008 a la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Talara, a fi n que este órgano formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comisión de los delitos de Omisión de Actos Funcionales y Peculado; ilícitos previstos y sancionados por los artículos 377º y 387º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del artículo 22° de la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fi n que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, interponiendo los recursos que la Ley le faculta, en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el artículo 47° de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley N° 17537, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 204345-1 Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delitos en agravio de la Municipalidad Provincial de Azángaro RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 205-2008-CG Lima, 23 de mayo de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 096-2008-CG/ ORPU, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de Azángaro, departamento de Puno, por el período comprendido del 01.Enero.2005 al 31.Diciembre.2005, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, dispuso la ejecución de una acción de control a la Municipalidad Provincial de Azángaro, a fi n de determinar si los procesos de programación, selección, contratación, ejecución, supervisión y liquidación de la obra “Construcción del Coliseo Cubierto de Azángaro” ejecutada por la entidad edil, han sido efectuados en observancia del marco normativo legal vigente; Que, como resultado de la acción de control, la Comisión Auditora ha evidenciado que, en el año 2004, se contrató a dos consultores para que elaboren el Expediente Técnico de la obra en mención, mediante adjudicaciones de menor cuantía, en lugar de realizar la convocatoria a adjudicación directa selectiva que correspondía en atención al monto total pagado por dicho servicio; evidenciándose que el trabajo entregado con retraso por los consultores, tenía una serie de defi ciencias que no fueron subsanadas, pese a lo cual el citado Expediente Técnico fue aprobado y se pago por el servicio; situación que posteriormente generó que se contratara a un tercer consultor para que revise y subsane las defi ciencias, corrija los cálculos y el diseño estructural del techado, así como efectúe el estudio de mecánica de suelos, trabajos que debieron realizarlos los dos primeros consultores; ocasionando un perjuicio económico a la entidad edil ascendente a S/.38 000,00; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comisión de los delitos de Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido de Cargo tipifi cado en los Descargado desde www.elperuano.com.pe