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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 26 de mayo de 2008 372861 en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Comercio la apertura de dos ofi cinas especiales de carácter permanente a ser ubicadas dentro de las instalaciones de la Universidad Particular Inca Garcilaso de la Vega, sito en la Avenida Arequipa Nº 3610, distrito San Isidro y en la Avenida Bolívar Nº 165, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 203727-1 UNIVERSIDADES Autorizan acciones judiciales para obtener la devolución de adeudos de ex servidora a la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN RESOLUCIÓN RECTORAL 0433-2008-UH Huacho, 10 de abril del 2008 VISTOS: El Ofi cio Nº 110-2007-CG/OEyC de fecha 10 de octubre de 2007; copia de la Resolución Rectoral Nº 567- 2001-UH de fecha 19 de octubre de 2001; el Proveído Nº 542-2008-OAJL/J/JMJM, de fecha 28 de febrero de 2008; el Decreto de Rectorado Nº 3028-2008-R-UNJFSC, de fecha 31 de marzo de 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Rectoral Nº 567- 2001-UH de fecha 19 de octubre de 2001, se dispone encargar al Vicerrectorado Administrativo, para que en coordinación con las Ofi cinas de Personal y de Economía procedan al descuento por planillas a, entre otros, la Ex Servidora Administrativa ROSARIO TERRY NORIEGA, por el monto de S/ 250.00 (doscientos cincuenta y 00/100 nuevos soles), proveniente de la Deuda por Liquidación de Caja Chica que mantiene con la Institución; Que, mediante el Ofi cio Nº 110-2007-CG/OEyC de fecha 10 de octubre de 2007, la Contadora General de la Ofi cia de Economía y Contabilidad manifi esta que a la fecha se encuentra pendiente la Liquidación por Caja Chica por el monto de S/. 250.00 (doscientos cincuenta y 00/100 nuevos soles) por responsabilidad de ROSARIO TERRY NORIEGA, solicitando se adopten las acciones conducentes a la recuperación de este monto; Que, mediante el Proveído Nº 542-2008-OAJL/J/JMJM de fecha 28 de febrero de 2008, el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídico Legal manifi esta que a la fecha no se ha entablado demanda judicial contra ROSARIO TERRY NORIEGA por recuperación de dinero adeudado a la Institución, en atención a lo cual opina por la emisión de acto resolutivo autorizando a la Dependencia cuya Jefatura ejerce la adopción de las acciones pertinentes ante el órgano Jurisdiccional sobre el particular; Que en aplicación de lo estipulado en el artículo 26º literal h) del Estatuto Universitario vigente, preceptúa que: “El Rector tiene las siguientes atribuciones y obligaciones: (…) h) Dirige la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y fi nanciera (…)”,y estando al adeudo que a la fecha mantiene la Ex Servidora Administrativa ROSARIO TERRY NORIEGA, por el monto de S/ 250.00 (doscientos cincuenta y 00/100 nuevos soles) con la Institución, corresponde la emisión de acto resolutivo, de acuerdo a lo solicitado por la Ofi cina de Economía y Contabilidad, autorizando a la Ofi cina de Asesoría Jurídico Legal la adopción de las acciones conducentes al recupero del monto señalado, en salvaguarda del Patrimonio de esta Casa de Estudios Superiores; Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto Universitario vigente y el proveído Nº 3028-2008-R-UNJFSC de fecha 31 de marzo de 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Asesoría Jurídico Legal la adopción de las acciones pertinentes ante el Órgano Jurisdiccional para obtener la devolución del adeudo a esta Casa de Estudios Superiores que a la fecha mantiene la Ex Servidora Administrativa ROSARIO TERRY NORIEGA, por el monto de S/. 250.00 (doscientos cincuenta y 00/100 nuevos soles): en mérito a lo expuesto en la parte considerativa del presente acto resolutivo. Artículo 2º.- REMITIR copia autenticada del presente acto resolutivo y los antecedentes cuya tramitación dio lugar a su expedición a la Ofi cina de Asesoría Jurídico Legal, para la ejecución de lo dispuesto en el presente. Artículo 3º.- TRANSCRIBIR la presente resolución a las instancias y dependencias de la Universidad para su conocimiento, cumplimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. CARLOS MIGUEL CHUQUILÍN TERÁN Rector 203859-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO Sancionan a personas jurídicas y natural con inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 1351-2008-TC-S3 Sumilla: Es pasible de sanción el Consorcio que no suscribe de manera injustifi cada el contrato, pese a haber resultado favorecido con la buena pro del proceso de selección Lima, 19 de mayo de 2008 VISTO, en sesión de fecha 14 de mayo de 2008, de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Expediente ʋ 1063/2006. TC sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra el Consorcio conformado por las Descargado desde www.elperuano.com.pe