Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2008 (27/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

372908

NORMAS LEGALES
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Salida/Llegada de la linea electrica L-2094/2095 L-2090 SE L-2207 L-2093 L-2208 Codigo Tension (kV) 220 220 220 220 220 SE MORDAZA - SE MORDAZA SE MORDAZA - SE Cantera T37 (SE Cantera*) Independencia SE MORDAZA - SE MORDAZA SE MORDAZA - SE Independencia

El Peruano MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2008
Nº de Longitud ternas 02 01 02 02 01 (km) 48,20 84,28 86,15 48,92 168,56 UB01, TL-001 UB01, TL-001 U-2207, LT-018.2-A SJ-I 01, SJ-I 02 SJ-I 01, SJ-I 02 Planos

Que, mediante Resolucion Suprema Nº 047-2002-EM, publicada el 21 de noviembre de 2002, se aprobo a favor de Red de Energia del Peru S.A. - REP la transferencia de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, entre otras, de la Linea de Transmision de 220 kV SE MORDAZA - SE Independencia (L/T 207) y en la Linea de Transmision 220 kV SE MORDAZA - SE Independencia (L/T 208); Que, en virtud de la Resolucion Suprema Nº 0242005-EM, publicada el 12 de MORDAZA de 2005, se otorgo a Empresa de Distribucion Electrica Canete S.A. (EDECANETE) concesion definitiva de transmision de energia electrica en la Subestacion Cantera y apertura de la Linea de Transmision de 220 kV (L-207) para entrada y salida a la subestacion; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 031-2006EM, publicada el 7 de MORDAZA de 2006, se aprobo a favor de Red de Energia del Peru S.A. - REP la modificacion del Contrato de Concesion Nº 033-94, en lo que respecta al desdoblamiento de la LT 220 kV SE MORDAZA - SE Independencia (L/T 207) en dos lineas de 220 kV, con su respectiva numeracion: 1) LT 220 kV SE MORDAZA - T 327 (SE Cantera) (L-2090), y 2) LT 220 kV 327 (SE Cantera) - SE Independencia (L-2207); Que, mediante los documentos presentados el 1 de junio de 2007, ingresado bajo el registro Nº 1693107, y el 13 de junio de 2007, ingresado bajo el registro Nº 1696504, Red de Energia del Peru S.A. - REP solicito la modificacion de la concesion definitiva de transmision de energia electrica, en lo que respecta a la division en tres lineas de la LT 220 kV SE MORDAZA - SE Independencia (L/T 207), con su respectiva numeracion: 1) LT 220 kV SE MORDAZA - SE MORDAZA (L-2094/2095), 2) LT 220 kV SE MORDAZA - SE Cantera (L-2090), y 3) LT 220 kV T37 (SE Cantera) - SE Independencia (L-2207); y al desdoblamiento de la LT 220 kV SE MORDAZA - SE Independencia (L/T 208) en: 1) LT 220 kV SE MORDAZA - SE MORDAZA (L-2093), y 2) LT 220 kV SE MORDAZA - SE Independencia (L-2208); Que, mediante el Oficio Nº 944-2007/MEM-DGE, dichas solicitudes fueron acumuladas en virtud del Articulo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dado que estas guardan conexion entre si; Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y la solicitud cuenta con la opinion favorable a que se refiere el Informe Nº 053-2008-DGE-DCE, siendo procedente aprobar la modificacion al Contrato de Concesion Nº 033-94, la misma que debera ser elevada a Escritura Publica incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Estando a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 53º y en el Articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la modificacion de la concesion definitiva de transmision de la LT 220 kV SE MORDAZA - SE Independencia (L/T 207) y en la LT 220 kV SE MORDAZA - SE Independencia (L/T 208) y, por tanto, aprobar la modificacion de la Clausula Tercera, el Anexo Nº 2 y el Anexo Nº 4 del Contrato de Concesion Nº 033-94, celebrado entre el Ministerio de Energia y Minas y Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. y, posteriormente, transferido a favor de Red de Energia del Peru S.A. - REP mediante la Resolucion Suprema Nº 047-2002-EM, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- A partir de la modificacion de la referida modificacion, debera constituirse las siguientes lineas:

* Pertenece a otra empresa concesionaria, cuya concesion fue otorgada por R.S. Nº 024-2005-MEM

Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la modificacion al Contrato de Concesion Nº 033-94 aprobada en el articulo precedente, y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 4º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica a que de origen la modificacion al Contrato de Concesion Nº 033-94. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguiente a su expedicion y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 204928-8

Aprueban modificacion del Contrato de Concesion N° 103-97 celebrado entre el Ministerio de Energia y Minas y Red de Energia del Peru S.A.
RESOLUCION SUPREMA N° 028-2008-EM MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2008 VISTOS: El Expediente N° 14074297, sobre la concesion definitiva de transmision de energia electrica, presentada por Red de Energia del Peru S.A. - REP, persona juridica inscrita en la Partida N° 11393349 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; y la solicitud de modificacion del Contrato de Concesion N° 103-97, presentada el 28 de agosto de 2007; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 077-97-EM de fecha 27 de MORDAZA de 1997, se otorgo a favor de Electricidad del Peru S.A. - ELECTROPERU S.A. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision en 220 kV S.E. Talara - S.E. MORDAZA Oeste, aprobandose el Contrato de Concesion N° 103-97, elevado a Escritura Publica el 30 de octubre de 2001; Que, en virtud de la Resolucion Suprema N° 0042003-EM, publicada el 29 de enero de 2003, Red de Energia del Peru S.A. - REP es titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, entre otras, en la Linea de Transmision de 220 kV S.E. Talara - S.E. MORDAZA Oeste, asumiendo los derechos y obligaciones derivados del Contrato de Concesion N° 103-97;

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