Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2008 (28/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de mayo de 2008 372960 Que, teniendo en cuenta los considerandos precedentes, la Municipalidad Distrital de Chaclacayo ha determinado que es necesario controlar la velocidad de los vehículos que circulan dentro de nuestra jurisdicción, por lo que es necesario emitir la normativa correspondiente; Estando a lo expuesto y conforme a la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC - Reglamento Nacional de Tránsito, Ordenanza Nº 296 y 341 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el voto unánime del Concejo con dispensa de lectura y aprobación de Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA: DE COLOCACIÓN DE GIBAS CONTROLADORAS DE VELOCIDAD EN EL DISTRITO DE CHACLACAYO Artículo Primero.- Autorizar la construcción de las gibas considerando los parámetros señalados en el anexo adjunto. Artículo Segundo.- Exceptuar de la ordenanza al territorio que corresponde a todo el largo y ancho de la carretera central. Artículo Tercero.- Encárguese al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe las disposiciones reglamentarias que sean necesarias. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento de la presente Ordenanza, el mismo que deberá coordinar con las dependencias competentes para tal fi n. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 204444-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Declaran de interés local el cambio específico de zonificación de predio del antiguo Cuartel San Martín para asignarle la zonificación urbana Zona de Reglamentación Especial - ZRE ACUERDO DE CONCEJO Nº 021-2008-MM Mirafl ores, 31 de marzo de 2008 EL ALCALDE DISTRITAL DE MIRAFLORESPOR CUANTO;El Concejo Distrital, en Sesión Ordinaria de la fecha;CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, mediante Ordenanza Nº 920-MML, publicada el 30 de marzo de 2006, se aprobó el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo del Distrito de Mirafl ores, conforme el proceso señalado en la Ordenanza Nº 620-MML y modifi catorias. La Ordenanza Nº 920-MML establece en su Segunda Disposición Final que, excepcionalmente, los cambios específi cos de zonifi cación se realizarán a pedido de particulares o por iniciativa de la Municipalidad de Mirafl ores siempre que el mismo promueva la inversión privada o pública y sean declarados de interés local y/o metropolitano por las Municipalidades de Mirafl ores y la Municipalidad Metropolitana de Lima;Que, dentro de la Estrategia de Desarrollo Urbano de Mirafl ores se busca: consolidar el Distrito como un lugar ideal para vivir, preservar los niveles de residencialidad alcanzados, promover los procesos de revalorización y crecimiento del valor del suelo, canalizar y controlar los fl ujos metropolitanos hacia los centros de destino Inter.-distritales, reforzar espacios de identidad Mirafl orina (Malecón, Huaca Pucllana, etc.), contribuir con la preservación de las áreas residenciales tradicionales, ordenar el crecimiento urbano en torno a ejes orientadores del distrito, potenciar la oferta turística y comercial del distrito hacia niveles internacionales, consolidar la imagen del distrito como el “centro de destino” de tipo turístico-comercial más importante de Lima (Cuartel San Martín, centro comercial y borde de mar), generar condiciones para la inversión privada mejorando la calidad del espacio público y atraer inversión privada selectivamente; Que, actualmente el predio donde se encuentra el Cuartel San Martín, propiedad del Ejército Peruano, ubicado en Av. Del Ejército (cuadra 13 lado par), esquina con la calle Jorge Polar, tiene asignada la zonifi cación “Otros Usos” (OU) la cual aplica parámetros urbanísticos edifi catorios heterogéneos dada la magnitud de infl uencia del predio al tener un extensión de 68,400.00 m2 (área inscrita). Bajo ese contexto, la Gerencia de Infraestructura Urbana realizó el estudio que ha determinado que el predio, por su extensión, características físicas y ubicación geográfi ca, debe tener una Reglamentación Especial, debiendo para ello cambiarse la zonifi cación de “Otros Usos” a “Zona de Reglamentación Especial” (ZRE), solicitando para ello se declare de interés local la propuesta de cambio de zonifi cación; Que, el Cambio de Zonifi cación propuesto coadyuvará al cumplimiento de los objetivos señalados en el Plan Urbano como son: i) la consolidación del Eje Vial Circuito de Playas Costa Verde, en sujeción al Plan Maestro de Desarrollo de la Costa Verde; ii) la consolidación del Eje de articulación Inter-distrital San Isidro-Mirafl ores-Barranco con el mejoramiento vial de la Av. Del Ejército; iii) el desarrollo de un área de Recreación pública para el Sector Santa Cruz; Que, es de señalar que el cambio de zonifi cación contribuirá al cumplimiento de las Políticas y Estrategias de Acondicionamiento Urbanístico como son: i) Incorporar al desarrollo urbano de Mirafl ores el área del Cuartel San Martín, para los usos previstos de vivienda, comercio, recreación y vialidad; ii) Promover la participación de la inversión privada en dotación y prestación de servicios de equipamiento urbano; Que, en ese contexto y de conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº 920-MML, el Concejo de Mirafl ores mediante acuerdo debe declarar de interés local las propuestas de cambios específi cos de zonifi cación, el cual será elevado con los informes pertinentes a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su aprobación; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, ha adoptado el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Local el Cambio Específi co de Zonifi cación del predio donde se encuentra el antiguo Cuartel San Martín, ubicado en Av. Del Ejército (cuadra 13 lado par) esquina con la calle Jorge Polar, a fi n que se le asigne la zonifi cación urbana Zona de Reglamentación Especial (ZRE). Artículo Segundo.- ELEVAR los informes pertinentes a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para que a través de su Gerencia de Desarrollo Urbano, así como del Instituto Metropolitano de Planifi cación, se pronuncien sobre su factibilidad. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Infraestructura Urbana el seguimiento del proceso y coordinación con los órganos técnicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la aprobación de la propuesta. POR T ANTO: Mando se registre, publique y cumpla.MANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 205081-1Descargado desde www.elperuano.com.pe