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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2008 (28/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de mayo de 2008 372948 Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal I) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9º de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberá suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, el literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Ley Nº 28927, establece que las transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para actividades y proyectos de inversión de saneamiento, vivienda y urbanismo se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, con fecha 25 de setiembre de 2007 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la Municipalidad Provincial de Padre Abad, de la provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali, con el objeto de fi nanciar la ejecución del Proyecto con código de SNIP Nº 12762; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 486-2007- VIVIENDA de fecha 24 de setiembre de 2007, se aprobó la transferenciafi nanciera por la suma de Un Millón Trescientos Diez Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 310 000,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Municipalidad Provincial de Padre Abad, para fi nanciar la ejecución del Proyecto con código de SNIP Nº 12762 comprendido en el Convenio Específi co; Que, mediante el Informe Técnico Nº 133-2008/ VIVIENDA/ VMCS/PAPT-DE de fecha 18 de marzo de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinión técnica favorable para ampliar el monto de fi nanciamiento del Proyecto con código de SNIP Nº 12762 comprendido en el Convenio Específi co, hasta por la suma de Ocho Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 8 000 000,00); Que, con fecha 18 de marzo de 2008 se suscribió la Addenda al Convenio Específi co, por el cual se acuerda ampliar el monto de fi nanciamiento del Proyecto con código de SNIP Nº 12762, hasta por el monto de Ocho Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 8 000 000,00) y su transferencia a la Municipalidad Provincial de Padre Abad; Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PADRE ABAD, hasta por la suma de Ocho Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 8 000 000,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la ejecución del proyecto con código de SNIP Nº 12762, detallado en el Anexo A de la presente Resolución, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo B de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para continuar la ejecución del Proyecto detallado en el Anexo A de la presente Resolución, quedando la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PADRE ABAD, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos,en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9º de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1º de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE P ADRE ABAD presente al Programa Agua Para Todos, el Contrato de Ejecución de Estudios, Obra o Supervisión del Proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolución, podrá ser materia de modifi cación en función de los resultados de la ejecución del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua Para Todos. Artículo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co, y su Addenda, suscritos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PADRE ABAD para el fi nanciamiento del Proyecto. Artículo 5º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, del cumplimiento del Convenio y Addenda señalados en el artículo 4º, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO A PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PADRE ABAD COD SNIP PROYECTO TIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIAPPTO. PIM 2008 TRANS. FINANC. HASTA POR S/. 12762 MEJORAMIENTO DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO CIUDAD DE AGUAYTIA - PADRE ABADINDIRECTA 8,000,000.00 8,000,000.00 TOTAL 8,000,000.00 8,000,000.00 Descargado desde www.elperuano.com.pe