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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de noviembre de 2008 383509 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO; POR CUANTO:El Concejo Distrital de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha, estando al contenido del Dictamen Nº 02-2008-CAPP-CM-MDS de la Comisión de Administración, Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 009-2008/GM-MDS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 124-2008-GPP/MDS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 151-2008-GAJ-MDS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo dispuesto el artículo 36º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y el articulo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de aprobación de actas, aprobó la siguiente: ORDENANZA APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS –TUPA- DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Artículo 1º.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA- de la Municipalidad Distrital de Surquillo que, como anexo, forma parte de la presente norma. Artículo 2º.- Aprobar los derechos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA de la Municipalidad Distrital de Surquillo, aprobado por el artículo anterior. Artículo 3º.- Deróguese la Ordenanza Municipal Nº 130-MDS, la Ordenanza Nº 157-MDS y sus demás normas modifi catorias y todas aquellas que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza Artículo 4º.- De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, el texto de la presente Ordenanza será publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” y el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA – se publicará en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas que administra la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática – ONGEI- y en el Portal Institucional de la Municipalidad de Surquillo – www.munisurquillo.gob.pe -, entrando en vigencia al día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que ratifi que los derechos administrativos contenidos en ella. POR TANTO:Mando se publique y cumpla. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 278559-1 Crean el Programa de Prevención del Consumo de Drogas en el distrito de Surquillo ORDENANZA Nº 199-MDS Surquillo, 15 de agosto de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO, POR CUANTO:EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO; CONSIDERANDO:Que, el artículo 1º de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades en concordancia con lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales, gozan de autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 78° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, es competencia y función de las municipalidad velar por la salud y tranquilidad del vecindario; Que, el artículo 73° de la Ley Orgánica de Municipalidades en su inciso 7), determina que la Municipalidad tiene como competencia la prevención, rehabilitación y lucha contra el consumo de drogas y puede organizar Comités Multisectoriales de prevención del consumo de drogas con la asistencia técnica de la Comisión Nacional de Desarrollo de Vida sin Drogas – DEVIDA; Que, el 31 de marzo se suscribió el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA y la Municipalidad Distrital de Surquillo para la transferencia fi nanciera con el fi n de ejecutar la Actividad “Prevención del Consumo de Drogas en el distrito de Surquillo” del Plan de Impacto Rápido con el respectivo Plan Operativo Anual; Que, es objetivo estratégico del distrito de Surquillo prevenir y reducir el consumo de drogas legales e ilegales en el marco del cumplimiento a la Ley Orgánica de Municipalidades y priorización de la temática en la Agenda Municipal; Con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa del trámite de comisiones y de aprobación de actas, aprobó la siguiente: ORDENANZA CREA EL PROGRAMA DE PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS EN EL DISTRITO DE SURQUILLO Artículo 1º.- Objeto de la norma.- Créase el Programa de Prevención del Consumo de Drogas en el distrito de Surquillo, como proyecto permanente de la Municipalidad de Surquillo que implemente y ejecute la política social municipal de la lucha contra la venta y el consumo de drogas en el distrito, actuando en el campo de la prevención y rehabilitación, en preservación de la salud y la integridad social de la niñez y de la juventud surquillana. Artículo 2º.- Órgano encargado.- El Programa de Prevención del Consumo de Drogas dependerá de la Gerencia de Desarrollo Social y de Juventudes a quien le corresponde diseñar, monitorear, supervisar, coordinar y ejecutar proyectos, actividades y demás tareas vinculadas a la prevención del consumo de drogas y conductas de riesgo en el ámbito local, así como la erradicación de la venta de drogas, en cumplimiento de la política descrita en el artículo anterior. Corresponde a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto incorporar obligatoriamente, por lo menos, un proyecto o actividad elaborado por el Programa en el Presupuesto Institucional y en el Plan Operativo Anual para su ejecución. Artículo 3º.- Comité Multisectorial.- El Programa de Prevención del Consumo de Drogas contará con un Comité Multisectorial el cual estará integrado por: 1. El Alcalde del distrito de Surquillo o el representante que designe, quien la presidirá. 2. Dos Regidores del Concejo Municipal de Surquillo, por la Comisión de Seguridad Ciudadana y por la Comisión de Desarrollo Social 3. El Jefe Distrital de la Policía Nacional de Surquillo.4. El Gobernador del distrito de Surquillo.5. Un representante de la Iglesia Católica.6. Un representante de la Confraternidad de Iglesias Evangélicas de Surquillo. 7. Un representante de los Juzgados de Paz de Surquillo. 8. Un representante del Sector Salud de Surquillo.9. Dos representantes de las Instituciones Educativas de Surquillo. 10. Dos representantes de las Organizaciones Sociales y Juveniles del distrito. Artículo 4º.- Funciones del Comité.- El Comité Multisectorial de Prevención del Consumo de Drogas tiene como fi nalidad brindar asistencia, apoyo y asesoramiento al Programa en el cumplimiento de las funciones que se asignan por esta Ordenanza.Descargado desde www.elperuano.com.pe