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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 6 de octubre de 2008 380981 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia al cargo de Presidente del Directorio y Director de Petroperú presentada por el señor César Gutiérrez Peña. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 260860-2 Disponen que el Directorio de Perupetro S.A. suspenda la suscripción de todo contrato en el que participe el Consorcio Petroperú Discover RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 043-2008-EM Lima, 5 de octubre de 2008Vista la denuncia propalada en un medio de comunicación respecto de gestiones ilegales realizadas en actividades desarrolladas por el Consorcio Petroperú Discover; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que el Directorio de Perupetro S.A. suspenda la suscripción de todo contrato en el que participe el Consorcio Petroperú Discover. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 260860-3 Designan representantes de Edelnor S.A.A. y Luz del Sur S.A.A. ante la Comisión Multisectorial encargada de determinar y proponer las modificaciones necesarias a la normatividad vigente sobre hurtos en instalaciones eléctricas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 465-2008-MEM/DM Lima, 2 de octubre de 2008CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 036-2008- EM publicada el 13 de agosto de 2008, se creó la Comisión Multisectorial, dependiente del Ministerio de Energía y Minas, encargada de determinar y proponer las modi fi caciones necesarias a la normatividad vigente sobre hurtos en instalaciones eléctricas; Que, de acuerdo a lo establecido por los artículos 2° y 3° de la Resolución a que se re fi ere el considerando que antecede, cada Empresa Concesionaria de Distribución privada podrá tener un representante en la Comisión Multisectorial, las mismas que deberán comunicar al Ministerio de Energía y Minas, mediante o fi cio, la designación de sus representantes para la formalización mediante la expedición de la Resolución Ministerial correspondiente, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la entrada en vigencia de la Resolución Suprema N° 036-2008-EM; Que, el Ministerio de Energía y Minas ha recibido el ofi cio GT 009-2008 de la empresa Edelnor S.A.A. y el ofi cio LE-163/2008 de la empresa Luz del Sur S.A.A., a través de los cuales designan a su representantes titular y alterno para la Comisión Multisectorial; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, establece en sus literales h) y m) del artículo 9°, que el Ministro de Energía y Minas tiene entre sus funciones, expedir resoluciones ministeriales relativas al Sector; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, la Resolución Suprema N° 036-2008-EM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a los señores Julio Antúnez y Félix Carpio, como representantes titular y alterno, respectivamente, de la empresa Edelnor S.A.A. ante la Comisión Multisectorial señalada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Designar a los señores David Chacaltana Magret y Rosa Heredia Mendoza, como representantes titular y alterno, respectivamente, de la empresa Luz del Sur S.A.A. ante la Comisión Multisectorial señalada en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 260344-1 PRODUCE Aceptan renuncia al derecho adminis- trativo de permiso de pesca artesanal otorgado mediante R.M. N° 636-95-PE RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 457-2008-PRODUCE/DGEPP Lima, 19 de agosto del 2008Vistos los escritos con registro Nº 00057761 de fechas 16 de agosto, 25 de octubre y 20 de noviembre del 2007 y 07 de mayo y 24 de junio del 2008, presentados por JULIO PUESCAS FIESTAS, ANTONIA MAXIMINA FIESTAS GALAN y BALBINA LLENQUE Vda. de PUESCAS. CONSIDERANDO:Que de conformidad con el artículo III del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, esta norma tiene por fi nalidad establecer el régimen jurídico aplicable para que la actuación de la Administración Pública sirva a la protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados; Que conforme al numeral 1.9 del artículo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, quienes participan en el procedimiento deben ajustar su actuación de tal modo que se dote al trámite de la máxima dinámica posible, a fi n de alcanzar una decisión en tiempo razonable; Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva a la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; asimismo, establece que no procede el cambio de titular del permiso de pesca, en caso de veri fi carse que los transferentes de la embarcación pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos fi rmes o que hayan agotado la vía administrativa o con fi rmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 636-95-PE de fecha 14 de noviembre de 1995, se otorgó permiso de pesca artesanal, entre otros, a ERNESTO PUESCAS FIESTAS y su