Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2008 (06/10/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

380982

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 6 de octubre de 2008

conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA PUESCAS MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera "MI MAXIMINA" de matricula PL-1523-BM y 13.90 toneladas de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos de consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de 1½ pulgada ( 38 mm); Que por Resolucion Directoral Nº 049-98-CTAR-LL/ DIREPE del 28 de setiembre de 1998, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado en adicion al otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 136-95-PE, a MORDAZA PUESCAS MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional " MI MAXIMINA" con matricula PL- 1523-BM en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para el consumo humano directo e indirecto, utilizando MORDAZA con hielo y redes de cerco de ½ pulgada (13mm) y 1½ pulgadas ( 38mm) de abertura de malla, segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco( 05) millas costeras; Que a traves de los escritos del visto, el senor MORDAZA PUESCA MORDAZA y las senoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE PUESCAS solicitan modificacion de Resolucion Autoritativa de permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 049-98-CTAR-LL DIREPE en el extremo referido al cambio de matricula ( MORDAZA de servicio) de la embarcacion pesquera "MI MAXIMINA" con matricula Nº PL-1523-BM por el numero PL-1523.CM, conforme consta en la MORDAZA del certificado de matricula expedido por la Capitania de Puerto de MORDAZA en fecha 03 de febrero del 2005, y asimismo, solicitan la inclusion de los copropietarios de la citada embarcacion pesquera, que la administracion omitio al momento de emitir la Resolucion Directoral mencionada, ya que no pretenden el cambio de titular del citado permiso de pesca; Que mediante Oficio Nº 196-2008-PRODUCE/ DGEPPDchi de fecha 16 de enero del 2008 Junio de 2007, MORDAZA en el plazo con Oficio Nº 432-2007-PRODUCE/ DGEPPDchi del 22 de noviembre del 2007, se notifico a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de PUESCAS e hijos consignados como copropietarios de la embarcacion pesquera "MI MAXIMA" por herencia, en el Certificado Compendioso de Dominio de fecha 19 de noviembre del 2007, a efectos de que soliciten el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 049-98-CTAR-LL/ DIREPE presentando los requisitos del procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente, por constituir los herederos del senor MORDAZA PUESCAS MORDAZA fallecido el 8 de MORDAZA del 2006, de conformidad al Acta de Defuncion adjuntada al escrito de fecha 20 de noviembre del 2007; asimismo, deben solicitar el procedimiento administrativo de modificacion de resolucion autoritativa del citado permiso de pesca en el extremo referido al cambio de matricula (tipo de servicio), de conformidad a la matricula PL-1523-CM consignada en el certificado de matricula de fecha 03 de febrero del 2005, con la MORDAZA de los requisitos faltantes del procedimiento Nº 19-A del MORDAZA vigente, con el reintegro correspondiente por concepto de tramite y de publicacion de resolucion de primera instancia, al poder acumularse ambos procedimientos administrativos, por economia procesal; Que asimismo, se les comunico que como accion previa a atender los citados procedimientos administrativos, deben solicitar conjuntamente con el senor MORDAZA PUESCAS MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con firmas legalizadas notarialmente, la renuncia del permiso artesanal otorgado por Resolucion Ministerial Nº 636-95PE de fecha 14 de noviembre de 1995; Que a la fecha los recurrentes no han cumplido con solicitar el cambio de titular del permiso de pesca, siendo notificados con Oficio Nº 196-2008-PRODUCE DNEPP-Dchi de fecha 16 de enero del 2008, siendo este MORDAZA en el plazo con Oficio Nº 432-2007-PRODUCE/ DGEPP-Dchi del 22 de noviembre del 2007, a pesar que las notificaciones fueron recibidas el 23 de enero y 29 de MORDAZA del 2008, respectivamente, como constan en los cargos de recepcion, por lo que la solicitud con escrito de registro Nº 00057761 de fecha 24 de junio del 2008 sobre la incorporacion de los copropietarios de la embarcacion, que la administracion omitio en consignar al emitir la resolucion de permiso de pesca, deviene en improcedente, de conformidad a lo establecido en el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca y modificado por Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE. Asimismo, la solicitud de modificacion de

Resolucion autoritativa de permiso de pesca en el extremo del cambio de matricula ( MORDAZA de servicio ) de la embarcacion "MI MAXIMINA" con matricula actual PL-1523-CM deviene en improcedente al no haber cumplido los administrados con tramitar previamente el cambio de titular del permiso de pesca requerido por la administracion; Que en el escrito de registro Nº 00057761 de fecha 24 de junio del 2008, se adjunta la renuncia formulada por el senor MORDAZA PUESCAS MORDAZA y las senoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA de PUESCAS al derecho administrativo del permiso de pesca artesanal otorgado por Resolucion Ministerial Nº 636-95-PE, procediendo su aceptacion por la administracion, teniendo en consideracion que la embarcacion pesquera "MI MAXIMINA" con 33.00 m3 de capacidad de bodega no constituye una embarcacion artesanal sino de mayor escala; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 337-2007PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; y En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA PUESCAS MORDAZA y las senoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA de PUESCAS al derecho administrativo del permiso de pesca artesanal otorgado por Resolucion Ministerial Nº 636-95-PE de fecha 14 de noviembre de 1995, por los fundamentos expuestos en la presente resolucion. Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de incorporacion de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de PUESCAS e hijos, copropietarios de la embarcacion pesquera " MI MORDAZA " con matricula PL-1523-BM, en el permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 049-98-CTAR-LL/ DIREPE de fecha 28 de setiembre de 1998, por los fundamentos expuestos, en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- Declarar improcedente el procedimiento administrativo de modificacion de Resolucion Autoritativa de permiso de pesca, en el extremo referido al cambio de matricula de la embarcacion "MI MAXIMINA" con matricula PL-1523-BM por la actual matricula PL-1523-CM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 260334-5

Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de permiso de pesca de embarcaciones
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 458-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 19 de agosto del 2008 Visto el expediente con escritos de registro Nº 00084077, de fechas 06 de diciembre de 2007, 01 de MORDAZA y 29 de MORDAZA de 2008 y Nº 00022550, 28 de marzo de 2008, presentados por CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que los articulos 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que los permisos de pesca, entre otros derechos administrativos, son derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado y a nivel nacional para el desarrollo de actividades pesqueras, conforme a lo dispuesto en la Ley, y en las condiciones que determine su Reglamento; Que la modificatoria del articulo 34º del Reglamento de Ley General de Pesca, aprobado por Decreto

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.