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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (06/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 6 de octubre de 2008 380993 Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo 2° de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 260776-1 Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Tahuanía para la ejecución de proyecto de inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 749-2008-MTC/02 Lima, 2 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de febrero de 2008 Provías Descentralizado y la Municipalidad Distrital de Tahuanía de la provincia de Atalaya y departamento de Ucayali suscribieron un Convenio Financiero e Interinstitucional para la ejecución del proyecto “Rehabilitación del Camino Vecinal Puerto Bolognesi – Quebrada Sabaluya”, localizado en el distrito de Tahuanía, provincia de Atalaya y departamento de Ucayali, correspondiendo a Provías Descentralizado efectuar la transferencia de recursos por el importe total de S/. 720.702,40 (setecientos veinte mil setecientos dos y 40/100 nuevos soles); señalándose en la Cláusula Décima que el Convenio entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción hasta la liquidación de la obra y supervisión de la obra; Que, el 22 de agosto de 2008, Provías Descentralizado y la Municipalidad Distrital de Tahuanía suscriben la Adenda Nº 01 modi fi cando la Cláusula Tercera del mencionado Convenio Financiero e Interinstitucional, para la transferencia de recursos fi nancieros y ejecución por la Municipalidad del proyecto “Rehabilitación del Camino Vecinal Puerto Bolognesi - Quebrada Sabaluya”, estableciendo que el recurso a ser transferido por Provías Descentralizado a la Municipalidad en el marco de lo dispuesto en el artículo 9º, numeral 9.4 de la Ley Nº 29142 será por S/. 660 012,08 (seiscientos sesenta mil doce y 08/100 nuevos soles) y que en el cronograma de desembolso está incluido la rehabilitación y la supervisión de la obra; Que, el numeral 9.4 del artículo 9º de la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 establece, que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúa mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, el documento que sustenta la transferencia fi nanciera es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto. Dicha transferencia es autorizada mediante resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos. Estos desembolsos se efectúan luego de la presentación de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras. La citada resolución debe publicarse en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web del Pliego, señalando que el Gobierno Nacional suscribe, previamente, convenios con los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; indicando que cuando la ejecución de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, según su capacidad operativa, se realice por administración directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, asimismo, el numeral 2.3 del artículo 2º del Apéndice “Lineamientos para La Aplicación de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 - Ley Nº 29142”, aprobado por Resolución Directoral Nº 049-2007-EF/76.01, señala que para efecto de las transferencias fi nancieras que se efectúen en el caso de los proyectos a ser ejecutados por administración directa a que hace mención el último párrafo del numeral 9.4, no es de aplicación el requisito de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras dada la naturaleza de proyectos que se ejecutan a través de Administración Directa, señalando que dichas transferencias se sujetan a lo dispuesto en el convenio respectivo suscrito; Que, mediante Memorando Nº 1858-2008-MTC/09.03 la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 1224-2008-MTC/09.03 de la O fi cina de Presupuesto, señalando que la transferencia fi nanciera planteada por Provías Descentralizado cumple con la normatividad vigente; asimismo, indica que el proyecto de inversión Rehabilitación del Camino Vecinal Puerto Bolognesi - Qda. Sabaluya, cuenta con la viabilidad correspondiente, así como con disponibilidad de recursos; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera hasta por SEISCIENTOS SESENTA MIL DOCE Y 08/100 NUEVOS SOLES (S/. 660 012,08) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios a favor de la Municipalidad Distrital de Tahuanía de la provincia de Atalaya y departamento de Ucayali, para la ejecución del proyecto de inversión “Rehabilitación del Camino Vecinal Puerto Bolognesi - Quebrada Sabaluya”. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución del mencionado proyecto, quedando prohibido que la Municipalidad Distrital de Tahuanía efectúe anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera aprobada en el artículo 1º de la presente Resolución, se realizará con cargo al presupuesto asignado en el presente año fi scal para la Unidad Ejecutora 010 Provías Descentralizado del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en los Calendarios de Compromisos correspondientes. Artículo 3º.- El cronograma de desembolsos contenido en el Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución podrá ser modi fi cado en función de los resultados de la ejecución del proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modi fi cación del cronograma deberá contar con la conformidad de la entidad ejecutora del proyecto y de Provías Descentralizado. Artículo 4º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio Financiero e Interinstitucional y la Adenda Nº 01 suscritos entre Provías Descentralizado y la Municipalidad Distrital de Tahuanía.