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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (07/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 7 de octubre de 2008 381069 y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 276, sin perjuicio de las responsabilidades de otra índole que le pudieran corresponder. Artículo Tercero.- REMITIR copias legalizadas por la Secretaría General del presente expediente, al señor Procurador Público de la Municipalidad, a fi n de que proceda con arreglo a sus atribuciones funcionales conferidas. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas el riguroso cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTÍN BUSTAMANTE CASTRO Teniente AlcaldeEncargado del Despacho de Alcaldía 261356-2 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Convocan a la celebración de Matrimonio Civil Comunitario DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019-2008/MDSMP San Martín de Porres, 25 de setiembre del 2008 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: Los O fi cios Nºs. 030-SECP-SMR-2008 y 31- SECP-SMR-2008 de la Parroquia Santa María Reparadora de esta jurisdicción, sobre realización de matrimonio comunitario; y, CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cios de Visto, el Párroco de la Parroquia Santa María Reparadora de la Urbanización Naranjal de esta jurisdicción comunica que el 18.OCTUBRE.2008 realizará un Matrimonio Religioso Comunitario en dicho sector vecinal, solicitando a la vez a la Entidad Municipal la realización también de un Matrimonio Civil Comunitario, aplicando una tarifa social, con la fi nalidad de unir el acto de recepción del sacramento y el nuevo estado civil; Que, ante el especial pedido corresponde brindar a las parejas contrayentes las máximas facilidades administrativas y económicas al respecto; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 248º y siguientes del Código Civil vigente, es facultad del alcalde celebrar los matrimonios civiles y demás actos inherentes a los mismos; De conformidad con los artículos 20, inciso 6) y 42º de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como artículos 248º, 252º y demás concordantes del Código Civil vigente; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR al Matrimonio Civil Comunitario, a solicitud de la Parroquia Santa María Reparadora de la Urbanización Naranjal de esta jurisdicción, a realizarse el 18.OCTUBRE.2008 en dicho sector vecinal de nuestra jurisdicción. Artículo Segundo.- DISPONER la reducción de los requisitos y derechos para contraer matrimonio civil establecidos en el TUPA de la Entidad, aplicable sólo para la realización del Matrimonio materia del presente Decreto, siendo los siguientes: - Partidas de Nacimiento originales de los contrayentes, actualizada al 2008 - DNI originales de los contrayentes y copias autenticadas por fedatario municipal - Declaración notarial de dos (02) testigos (no familiares) respecto al estado civil de los contrayentes, acompañado de documentos de identidad en original y copia autenticada por fedatario municipal - Declaración jurada de domicilio de los contrayentes y recibo de luz y/o agua si está a nombre de los mismos - Fotografía a color, tamaño pasaporte, reciente, de cada contrayente - Certi fi cado médico prenupcial y consejería de SIDA - En caso de menores, divorciados, viudos y/o extranjeros, adjuntar requisitos exigidos por ley - Pago único: S/. 50.00 Nuevos Soles Artículo Tercero.- CONFORME al artículo 252º del Código Civil vigente, se dispensa de la publicación de los Edictos Matrimoniales a los contrayentes del Matrimonio Civil Comunitario convocado a través del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 261406-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACANGA Exoneran de procesos de selección la adquisición de terrenos para la ejecución de diversos proyectos ACUERDO DE CONCEJO Nº 0013-2008-MDP Pacanga, Septiembre 19 del 2008EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACANGA; VISTOS: En Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 015.2008. MDP, celebrada con fecha 19 Sep 2008; y contando con los Informes Nº 033.2008-DDV/ DDUR/MDP de fecha 09.09.2008, Informe Nº 0022.2008.MDP/PP de fecha 16.09.2008, e Informe Nº 62.2008.MDP/AJ de fecha 17.09.2008; provenientes de las unidades orgánicas de Desarrollo Urbano y Rural, Plani fi cación y Presupuesto y de Asesoría Jurídica donde se expresa opinión referente a la necesidad de adquirir áreas de terrenos para la ejecución de proyectos en el año 2008 a través de actos contractual en la que prime la Exoneración de Proceso de Selección; y, CONSIDERANDO.- Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con personería Jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política, modi fi cado por Ley de Reforma Constitucional Ley 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972. Que, el Jefe de la División de Desarrollo Urbano y Rural-MDP, a través de su Informe Nº 033-2008-DDV-DDUR/MDP, da a conocer que para el presente ejercicio presupuestal se ha programado compras de terrenos para la ejecución de proyectos cuya naturaleza así lo requería, dado que la municipalidad no cuenta con disponibilidad de terrenos en el área de in fl uencia de seis (06) proyectos que de manera técnica lo sustenta. Que, el Jefe de la Unidad de Presupuesto y Plani fi cación – MDP, a través de su Informe Nº 0022-2008-MDP/PP, da a