Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2008 (07/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, martes 7 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES

381065

Que, el Articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el Articulo 19° debera ser aprobada mediante Acuerdo del Concejo Municipal en caso de los Gobiernos Locales. Que, las acciones que se encuentran descritas en los referidos documentos de Vistos, originan una Situacion de Desabastecimiento Inminente conforme con lo establecido en el articulo 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 144° de su Reglamento por lo que resulta necesario en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. De conformidad con lo dispuesto en el inciso e) del Articulo 19° y los Articulos 20° y 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972 con la votacion por UNANIMIDAD del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta; En cumplimiento de las atribuciones conferidas por los Articulos 9º, 41º. de la Ley Nº. 27972 Ley Organica de Municipalidades, con la votacion UNANIME del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- Contratar como Proveedor Unico que no admite sustitutos el siguiente servicio: Radio Troncalizado Digital, por el periodo de (12) Doce meses. Articulo Segundo.- Designar a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Logistica como organo responsable de llevar a cabo el MORDAZA de exoneracion de conformidad con el Articulo 148° del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senalado en el articulo primero y de acuerdo al siguiente monto maximo: · Servicio Radio Troncalizado Digital S/. 123,583.50 (Ciento Veintitres Mil Quinientos Ochenta y tres con 50/100 Nuevos Soles) incluido IGV . Con cargo a las MORDAZA de Financiamiento: 09 Recursos Directamente Recaudados Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General notificar el presente Acuerdo y los informes que lo sustenta, en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con el Articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano bajo responsabilidad dentro del plazo de ley. Articulo Quinto.- Encargar a la Sub Gerencia de Logistica disponer la publicacion en el SEACE ­ CONSUCODE de conformidad con el articulo 147º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 260924-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Autorizan la realizacion de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito de Lurigancho - Chosica
DECRETO DE ALCALDIA Nº 019-2008/MDLCH EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA; CONSIDERANDO: Que, el Subgerente de Registro Civil (e) mediante Informe Nº 014-08/SGRC/MDLCH, solicita la expedicion del dispositivo correspondiente para la realizacion de dos Matrimonios Civiles Comunitarios, el primero a llevarse a cabo el dia MORDAZA 21 de setiembre de 2008, a las 12.00 horas, en el Comite Central del AA.HH. MORDAZA de Pierola, con motivo de celebrar el aniversario de dicha comunidad, precisando como fecha limite de recepcion de documentos el dia lunes 08 de setiembre del presente ano; asimismo, el MORDAZA a llevarse a cabo el dia sabado 25 de octubre de 2008, en el Cristo MORDAZA, a las 19.00 horas, con motivo de celebrar el 114º Aniversario de la Fundacion del Distrito de Lurigancho - Chosica, siendo la fecha limite de recepcion de documentos el dia 10 de octubre del ano en curso. Que, los gobiernos locales como partes integrantes del Estado de conformidad con el articulo 4º de la Constitucion politica, tienen la obligacion y deber de proteger a la familia promoviendo el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad contribuyendo asimismo al fortalecimiento del nucleo familiar; por lo que, siendo politica de la actual gestion municipal promover esa union familiar, ha considerado oportuno y necesario brindar facilidades a los vecinos del Distrito que deseen formalizar su situacion conyugal, en MORDAZA con lo preceptuado por los articulos 233º y 234º del Codigo Civil, la Ley de Municipalidades Nº 27972, la Ley Nº 26497 y demas normas concordantes. Por los fundamentos expuestos y en atribucion de los articulos 84º y 20º, Inciso 6) y 16) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Primero.- Autorizar el PROGRAMA DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO en el Distrito de Lurigancho Chosica, a llevarse a cabo el dia 21 de setiembre del ano 2008 en el Comite Central del AA.HH. MORDAZA de Pierola, a las 12.00 horas, con motivo de celebrar el aniversario de dicha comunidad, siendo la fecha limite de recepcion de documentos el dia lunes 08 de setiembre del presente ano. Segundo.- Autorizar el PROGRAMA DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO en el distrito de Lurigancho Chosica, a llevarse a cabo el dia sabado 25 de octubre de 2008, en el Cristo MORDAZA, a las 19.00 horas, con motivo de celebrar el 114º Aniversario de la fundacion de nuestro Distrito, siendo la fecha limite de recepcion de documentos hasta el dia 10 de octubre del presente. Tercero.- Encarguese a la Subgerencia de Registro Civil y Cementerio la organizacion de los correspondientes expedientes matrimoniales bajo la estricta supervision y responsabilidad de la Gerencia de Desarrollo Social, senalandose como unicos requisitos los siguientes: - Partida de nacimiento original y actualizada. - MORDAZA fedateada del DNI. - Declaracion Jurada de domicilio. - Certificado medico para matrimonio de posta u hospital. - Dos testigos con identificacion. - Publicacion de Edicto - Derecho de Matrimonio Comunitario S/. 54.71

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