Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2008 (07/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 7 de octubre de 2008

- Viudos o divorciados adicionaran los requisitos senalados por el Codigo Civil. Cuarto.- Encargar a la Subgerencia de Prensa y Relaciones Publicas la difusion correspondiente para estos eventos importantes. Expedido a los veintisiete dias del mes de agosto del ano dos mil ocho. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 260932-1

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Sancionan con cese temporal y destitucion a ex funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 340-2008-ALC/MM Miraflores, 3 de octubre de 2008 EL MORDAZA MORDAZA DE MIRAFLORES; VISTOS, el Informe Nº 010-2008-CEPAD-MM, de fecha 4 de junio del 2008, expedido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, en el Expediente Nº 2719-2008; y, CONSIDERANDO: Que, a merito de la denuncia interpuesta por los senores Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arles y MORDAZA de Albertis MORDAZA del Riego, de fecha 17 de diciembre del 2007, contenida en la Carta Externa Nº 40753-2007, contra el ex funcionario, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presuntamente por haber incurrido en la comision de las faltas administrativas disciplinarias contempladas por los incisos d), f) y h) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 276, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, emitio el informe Nº 004-2008-CEPAD-MM, de fecha 9 de MORDAZA de 2008, en donde concluye calificando de razonables las imputaciones formuladas por el denunciante y sugiere que se proceda a la apertura del MORDAZA administrativo disciplinario frente a la existencia de serios indicios sobre la comision de faltas administrativas disciplinarias a cargo del imputado; Que, mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 1212008-ALC/MM, del 21 de MORDAZA de 2008, se instauro el MORDAZA administrativo disciplinario contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en razon de haber transgredido el inciso h) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, publicandose dicha resolucion en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a lo previsto en el articulo 167º del Reglamento de la MORDAZA citada ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, con fecha 10 de MORDAZA del 2005, los senores Regidores MORDAZA Rachitoff Cavassa, MORDAZA MORDAZA Arles y MORDAZA de Albertis MORDAZA del Riego, solicitaron al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se desempenaba como Gerente de Informacion de la Municipalidad de Miraflores, la MORDAZA de los informes emitidos por los senores abogados que, en su momento, estaban contratados por la Municipalidad de Miraflores; asimismo, solicitaron la MORDAZA de los documentos de contratacion que, con las mencionadas personas, se habia suscrito, por las asesorias que estaban prestando a la Municipalidad,

a fin de tener conocimiento si ademas de haber sido contratados durante el ano 2004, prestaban sus servicios de igual forma en el ano 2005; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el 15 de junio del mismo ano, contesto la solicitud refiriendo que los informes emitidos por los senores abogados, no podian ser entregados porque se trataba de informacion confidencial, amparando su argumento en lo previsto por el articulo 17º, numerales 1) y 4) del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; y sobre los contratos solicitados, no se pronuncio MORDAZA Salazar; Que, con fecha 23 de junio del 2005, los senores Regidores reiteraron su peticion sobre los documentos mencionados, ademas, solicitaron que se precise sobre la relacion individual y detallada de cada MORDAZA administrativo o judicial encargado a cada uno de estos profesionales, en cuanto al estado situacional de cada uno de los procesos MORDAZA referidos, y por las copias de los informes que dieron, en su oportunidad, origen a la decision adoptada por el senor MORDAZA u otro organo administrativo deliberante, en el caso de haber concluido los procesos o procedimientos administrativos; Que, del mismo modo, el 12 de agosto del 2005, los senores Regidores, al no obtener respuesta de MORDAZA MORDAZA, reiteraron por tercera y MORDAZA vez su solicitud consistente en los documentos acotados con anterioridad; consecuentemente, mediante Carta Nº 16-2005-GI/MM, de fecha 26 de setiembre del 2005, dirigida al senor Regidor MORDAZA MORDAZA Arles, MORDAZA MORDAZA MORDAZA solo remitio copias de los contratos alcanzados por la Gerencia de Logistica sin entregar los demas documentos pendientes; Que, los senores Regidores denunciantes, al no obtener los documentos solicitados pendientes, se encontraron en la necesidad de recurrir al Poder Judicial, para que por intermedio del MORDAZA constitucional de Habeas Data se ordene y emplace a los obligados a que cumplan con proporcionarles la informacion requerida; el despacho del Quincuagesimo MORDAZA Juzgado Civil de MORDAZA, declaro fundada en parte la demanda de Habeas Data interpuesta contra el denunciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en donde se le ordeno que provea dentro del plazo de 10 (diez) dias la relacion individual y detallada, asi como el estado situacional de cada MORDAZA administrativo y judicial encargado a los abogados correspondientes; la sentencia fue apelada y lo actuado se elevo a la tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la misma que mediante Resolucion s/n de fecha 23 de enero del 2007, confirmo la sentencia recurrida; Que, durante el periodo en que al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA se le solicitaron los documentos anteriormente referidos, se encontraba desempenando la Gerencia de Informacion, resultando MORDAZA que en el presente caso se evidencian elementos contundentes para afirmar la responsabilidad administrativa disciplinaria del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al no haber cumplido diligente ni oportunamente los deberes que impone el desempeno del servicio publico, manifestando su conducta al haber omitido hacer entrega de la documentacion que insistentemente le solicitaron los senores Regidores MORDAZA Rachitoff Cavaza, MORDAZA MORDAZA Arles y MORDAZA de Albertis; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA formulo sus descargos escritos con fecha 7 de MORDAZA del 2008, en donde refiere percibir irregularidades en el MORDAZA administrativo disciplinario que se le ha instaurado, tales como una incorrecta notificacion, asi como que considera prescrita la accion del MORDAZA administrativo disciplinario, invocando el articulo 173º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM; sin embargo, este cuestionamiento de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, expresa carencia de coherencia con los pormenores del actual MORDAZA administrativo disciplinario, esgrimiendo argumentos que parecieran no haber podido discernir claramente el concepto de "autoridad competente", toda vez que no todos los funcionarios o servidores publicos de la entidad son competentes para conocer las faltas administrativas disciplinarias y al referir la MORDAZA invocada a la "autoridad competente", se esta refiriendo al titular de la Municipalidad de Miraflores, quien solo tuvo conocimiento de la existencia de las

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