Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2008 (09/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

381190

NORMAS LEGALES
ANEXO A

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de octubre de 2008

transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de La Union, hasta por la suma de Tres Millones Quinientos Treinta y Cinco Mil Trescientos Veintinueve y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3 535 329,00), para financiar la ejecucion del Proyecto con Codigo SNIP Nº 54561; Que, con fecha 22 de setiembre de 2008 se suscribio el Convenio Especifico entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de La Union, de la Provincia y Departamento de MORDAZA (en adelante el Convenio Especifico), con el objeto de financiar la ejecucion del Proyecto "Rehabilitacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del Casco MORDAZA del Distrito de la Union, Provincia de MORDAZA ­ Piura", con Codigo SNIP Nº 54561 hasta por la suma de Tres Millones Quinientos Treinta y Cinco Mil Trescientos Veintinueve y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3 535 329,00); Con la visacion de las Directoras Generales de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto, y de Asesoria Juridica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Municipalidad Distrital de La Union, de la Provincia y Departamento de MORDAZA, hasta por la suma de Tres Millones Quinientos Treinta y Cinco Mil Trescientos Veintinueve y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3 535 329,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la ejecucion del Proyecto con Codigo SNIP Nº 54561, detallado en el Anexo A, cuyo desembolso se efectuara conforme al cronograma establecido en el Anexo B, los cuales forman parte integrante de la presente Resolucion. Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la ejecucion del citado Proyecto, quedando la Municipalidad Distrital de La Union, prohibida de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Articulo 2.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto del ejercicio fiscal del 2008 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3.- De conformidad con el numeral 9.4 del articulo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el articulo 1 de la presente Resolucion, solo se efectivizaran luego que Municipalidad Distrital de La Union presente al Programa Agua Para Todos, el Contrato de Ejecucion de Estudios, Obra o Supervision del Proyecto, asi como las valorizaciones, informes de avance de ejecucion, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecidos en el Anexo B de la presente Resolucion podra ser modificado en funcion a los resultados de la ejecucion del Proyecto, asi como por factores externos no previsibles. La modificacion del cronograma de desembolsos debera contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua Para Todos. Articulo 4.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolucion se sujeta a los terminos y condiciones establecidos en el Convenio Especifico de fecha 22 de setiembre de 2008, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la Municipalidad Distrital de La Union, para el financiamiento del Proyecto. Articulo 5.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolucion, de la ejecucion del Convenio senalado en el articulo 4 de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA UNION COD SNIP PROYECTO MORDAZA DE PPTO. PIM EJECUCION 2008 PRESUPUESTARIA S/. TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/.

REHABILITACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL 54561 CASCO MORDAZA DEL DISTRITO DE LA UNION, PROVINCIA DE MORDAZA - MORDAZA TOTAL

INDIRECTA

3 535 329,00

3 535 329,00

3 535 329,00 ANEXO B

3 535 329,00

PROYECTO DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA UNION CRONOGRAMA DE MORDAZA DE DESEMBOLSOS EJECUCION PROYECTADO PRESUPUESTARIA S/. 01 MES REHABILITACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO 54561 DEL CASCO MORDAZA DEL DISTRITO DE LA UNION, PROVINCIA DE MORDAZA - MORDAZA TOTAL TRANSF. FINANCIERA HASTA POR S/.

COD SNIP

PROYECTO

INDIRECTA

3 535 329,00

3 535 329,00

3 535 329,00

3 535 329,00

262120-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 638-2008-VIVIENDA
MORDAZA, 7 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 688-2007VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al ano fiscal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoria y Grupo Generico del Gasto; Que, el literal a) del articulo 4 de la Ley Nº 27792 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del articulo 8 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es funcion general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, el numeral 9.4 del articulo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecucion de los proyectos de inversion se efectua mediante transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto, para lo cual previamente deberan suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras; asimismo, precisa que la transferencia financiera

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