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NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de octubre de 2008 381420 Que, el Artículo 20º del Decreto Ley Nº 22175, establece que en cada Comunidad Nativa debe existir una Ofi cina de Registro de Estado Civil, disponiendo el Art. 262º del Código Civil que el matrimonio en las Comunidades Nativas, se tramita y celebra ante un Comité Especial, respecto a lo cual, la Comunidad Nativa señalada, no ha presentado el Acta de Conformación de dicho Comité, por lo que la remisión de libros para ese efecto, se efectuará una vez que se acredite la conformación acotada; y, Estando a las facultades conferidas por Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Artículo 44º de la Ley Nº 26497, así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Nueva Valencia, distrito de Trompeteros, provincia y departamento de Loreto. Artículo 2º.- El Jefe de la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa referida, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento y Defunción, a la Ofi cina Registral acotada; correspondiendo a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Artículo 4º.- La Sub Gerencia señalada, proveerá los Libros de Matrimonio, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil acotada, cuando ésta cumpla con remitir copia del Acta de Asamblea Comunal, mediante el cual se conforme el Comité Especial, a que hace referencia el Artículo 262º del Código Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 261322-14 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Modifican la Res. Nº 035-2008-DV- PE, sobre designación de funcionario responsable de entregar información pública RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 101-2008-DV-PE Lima, 7 octubre de 2008 VISTO:El memorando Nº 593-2008-DV-GAL de la Gerencia de Asesoría Legal y la Resolución Nº 035-2008-DV-PE publicada el 16 de abril de 2008; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución del Visto se designó como funcionario responsable de entregar información pública solicitada por la Unidad Ejecutora 001-DEVIDA, Sede Central, en calidad de suplente al licenciado Segundo Armas Castañeda; Que, el referido profesional ha dejado de prestar servicios a DEVIDA, por renuncia voluntaria; Que, el literal b) del artículo 3º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establece que la máxima autoridad de la Entidad designa a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; Que, resulta pertinente, a fi n de prever la continuidad del servicio en ausencia del responsable titular de entregar información al público en la Sede Central de DEVIDA de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento antes mencionado, designar al funcionario que reemplace al licenciado Segundo Armas Castañeda; Que, en atención al documento del visto; el Gerente General ha propuesto a la Presidencia Ejecutiva se designe a la licenciada en Ciencias de la Comunicación, Paola María Maurtua Saavedra, Gerente de Relaciones Institucionales y Comunicación, como responsable suplente de la entrega de la información pública solicitada de la Unidad Ejecutora Nº 001-DEVIDA, Sede Central, a que se refi ere el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus normas reglamentarias; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Administración e Informática y Gerencia de Asesoría Legal; Estando a las facultades conferidas por el artículo 30º inciso v) del Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Nº 035-2008-DV-PE, designando a la licenciada Paola María Maurtua Saavedra, Gerente de Relaciones Institucionales y Comunicación, en reemplazo del licenciado Segundo Armas Castañeda. Regístrese, comuníquese y publíquese. RÓMULO PIZARRO TOMASIO Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo 262795-1 CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU Aceptan donación efectuada a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 509-2008-CGBVP San Isidro, 3 de octubre de 2008 VISTOS:El OFICIO Nº 142-2008 CGBVP/OFAD de la Ofi cina de Aduanas del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú - CGBVP, la CARTA Nº 143-2008-GF-MSS de la Gerencia de Finanzas de la Municipalidad de Santiago de Surco y el OFICIO Nº 134-2008 CGBVP/DIGA-JLM de la Dirección General de Administración del CGBVP; CONSIDERANDO:Que, mediante el Ofi cio de los VISTOS, el Jefe de la Ofi cina de Aduanas del CGBVP informa acerca del importe de S/. 38,774.88 (TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 88/100 NUEVOS SOLES), que se necesita para los gastos de Flete Marítimo e internamiento aduanero, concerniente a la donación, por parte de la Municipalidad de Santiago de Surco, de una Unidad contra Descargado desde www.elperuano.com.pe