Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2008 (13/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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PROYECTO
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MORDAZA, lunes 13 de octubre de 2008

el Proyecto de Resolucion que fije la tarifa regulada, asi como la relacion de informes que constituyen el sustento de la referida Resolucion, y (ii) convocar a audiencia publica en la cual sustentaran y expondran los criterios, metodologia, estudios, informes, modelos economicos o dictamenes que serviran de justificacion en la fijacion de las tarifas. En ese sentido, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 082-2008-SUNASS-CD, se aprobo (i) la publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" y en la pagina web de la SUNASS, del proyecto de resolucion que modifica la formula tarifaria y estructuras tarifarias, asi como de su exposicion de motivos y la relacion de informes que constituyen el sustento de la referida resolucion, y (ii) la convocatoria a audiencia publica para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario. Conforme al articulo 44º del Reglamento General de Tarifas, el Consejo Directivo de la SUNASS emite la Resolucion aprobando la modificacion de la formula tarifaria y estructuras tarifarias, asi como su exposicion de motivos, disponiendo su notificacion a las EPS. Dicha resolucion da por concluido el procedimiento. II. LA DETERMINACION DE LA FORMULA TARIFARIA Y LA ESTRUCTURA TARIFARIA El Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulacion Tarifaria contiene el analisis tecnico de la SUNASS con la propuesta de la modificacion de la formula tarifaria y estructuras tarifarias, a ser aplicadas por la EPS TACNA S.A. para el quinquenio 2007-2011. La propuesta de modificacion de la formula tarifaria y estructuras tarifarias, ha sido elaborada principalmente sobre la base de la proyeccion de costos de explotacion e inversion eficiente de la empresa, asi como de la capacidad de pago de la poblacion, que figuran en el citado Estudio Tarifario, el cual comprende basicamente los siguientes aspectos relacionados con los servicios de saneamiento en el area de prestacion del servicio de EPS TACNA S.A. III. CONSIDERACIONES LEGALES.III.1 Facultades del Organismo Regulador De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Publica en los Servicios Publicos, y los articulos 24º y 26º del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, Reglamento General de la SUNASS, este Organismo Regulador es competente para establecer la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion correspondiente a EPS publicas, privadas o mixtas que prestan servicios de saneamiento. El articulo 30º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento establece que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las formulas para el calculo de las tarifas. El articulo 85º del Decreto Supremo Nº 023-2005VIVIENDA, Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que la Superintendencia es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicacion a las EPS municipales, publicas, privadas y mixtas. El articulo 39º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, senala que excepcionalmente, pueden modificarse las formulas tarifarias MORDAZA del termino de su vigencia cuando existan razones fundadas sobre cambios importantes en los supuestos efectuados para su formulacion, agregando que la SUNASS, por iniciativa propia, puede efectuar la modificacion de los valores de los parametros cuando las variaciones en los supuestos empleados en el calculo produzcan cambios en las tarifas, que resulten perjudiciales a los usuarios. Que, el articulo 103º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA, senala que de conformidad con lo establecido en el articulo 39º de la Ley Nº 26338, pueden producirse revisiones extraordinarias de las formulas tarifarias y del Plan Maestro Optimizado y sus metas de gestion, MORDAZA del termino de su vigencia, cuando, entre otras cosas, existan razones fundadas sobre cambios importantes en los supuestos efectuados para su formulacion, que originen la ruptura del equilibrio economico financiero, siendo competencia de la SUNASS la definicion de este ultimo concepto; IV. IMPACTO ESPERADO.La aprobacion de la formula tarifaria y las estructuras tarifarias a ser aplicables por EPS TACNA S.A. beneficia, tanto a la empresa prestadora publica, como a la poblacion atendida. A la empresa prestadora publica debido a que su aplicacion debe coadyuvar a la sostenibilidad economica y la viabilidad financiera de la empresa en el tiempo, lo que repercute en la calidad del servicio prestado al usuario.

RELACION DE DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LA FORMULA TARIFARIA Y ESTRUCTURA TARIFARIA APLICABLES A LA ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO TACNA SOCIEDAD ANONIMA - EPS TACNA S.A. 1. Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulacion Tarifaria de la SUNASS.

ANEXO Nº 3

Reglas para la Realizacion de la Audiencia Publica a cargo de SUNASS 1. La asistencia a la Audiencia Publica es libre, previa inscripcion en el local que se senale en el aviso de convocatoria o a traves de correo electronico audienciatacna@sunass.gob.pe De manera alternativa los interesados que no se hayan inscrito pueden ingresar al local el dia de la audiencia, hasta completar la capacidad del local. 2. Los interesados en intervenir durante la Audiencia Publica deberan inscribirse como MORDAZA, con 24 horas de anticipacion en el local que se senale en el aviso de convocatoria, consignando los siguientes datos: i. Nombres y Apellidos ii. Documento de identidad (entregar fotocopia simple) iii. Direccion iv. Telefono v. Organizacion. Solo podra inscribirse un representante por organizacion, acreditando su representacion con documento escrito.

3. La participacion oral de los interesados sera por estricto orden de inscripcion, y no podra exceder los cinco (5) minutos (se usara contador electronico visible para todos). Cabe precisar que cada participante solo puede participar en una (1) sola oportunidad y que esta participacion no es endosable, es decir que la misma no puede ser cedida. 4. El plazo de duracion de la Audiencia Publica estara definido en el aviso de convocatoria. 5. La audiencia publica tendra las siguientes estaciones: a. Apertura de la audiencia publica, a cargo del moderador. b. Breve descripcion del procedimiento de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion, a cargo de un funcionario de SUNASS. c. MORDAZA del Estudio Tarifario con el proyecto de formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion, de parte del funcionario de la SUNASS que esta institucion designe y que tendra una duracion MORDAZA de sesenta (60) minutos. d. Preguntas y comentarios formulados por los asistentes a la Audiencia Publica que indicaron su deseo de hacer uso de la palabra. La intervencion de los oradores debera estar referida exclusivamente a la propuesta presentada y solo podra intervenir un representante por organizacion; si fuera el caso. e. Breve comentario final a cargo de un funcionario de SUNASS; luego de lo cual el moderador MORDAZA por concluida la Audiencia Publica. f. El desarrollo de la Audiencia Publica sera grabado (en voz e imagen). g. El Moderador tiene la responsabilidad de conducir la Audiencia Publica, aplicando con buen criterio las reglas establecidas a efectos de asegurar el exito de esta. h. La Audiencia Publica debera llevarse a cabo en orden y en un clima de tranquilidad y respeto que permita a la SUNASS dar cuenta de los fundamentos tecnicos de la propuesta. Los concurrentes a la Audiencia Publica deberan acatar las indicaciones que realice el Moderador, quien esta facultado para suspender o postergar la misma en caso no se presenten las condiciones adecuadas para su normal desarrollo. i. Los asistentes estaran prohibidos de repartir cualquier MORDAZA de volantes, folletos y otros, asi como realizar reuniones de coordinacion al interior del recinto de la Audiencia Publica, que perturben la realizacion de la misma y a los asistentes. j. Todos los asistentes deberan quedar anotados en el registro de participantes, disponible en el local de la Audiencia Publica y administrado por la SUNASS. En el tambien se les entregara la correspondiente credencial de ingreso y participacion como orador u oyente.

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