Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2008 (13/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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PROYECTO
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MORDAZA, lunes 13 de octubre de 2008

la formula tarifaria. A partir del tercer ano sera de aplicacion solamente la Asignacion de Consumo de 30 m3. (4) Categoria Estatal a. Aplicacion de Asignacion de Consumo - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 100 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 100 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 200 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 200 3 m. b. Vigencia de Asignacion de consumo - La Asignacion de Consumo de 200 m3 se aplicara hasta el termino del MORDAZA ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del tercer ano sera de aplicacion solamente la Asignacion de Consumo de 100 m3. A.2.- Localidades de Locumba 1.- CARGO FIJO Cargo Fijo (S/. /Mes) 1,6

B.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la "Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario", aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 117999-SUNASS , o por la MORDAZA que lo reemplace. 2. Los rangos de consumo respectivos a cada categoria se refieren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al limite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el limite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. C.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la "Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario", aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 117999-SUNASS, o por la MORDAZA que lo reemplace. 2. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicara sobre el volumen de agua potable registrado por el medidor de consumo de agua potable o por el volumen de la asignacion de consumo aplicable.

El cargo fijo se reajusta por efecto de la inflacion de acuerdo a lo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN a) Cargo por Volumen de Agua Potable
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Ano 2
(3)

ANEXO Nº 2 Evaluacion del Cumplimiento de las Metas de Gestion por parte de EPS TACNA S.A. para el Primer Quinquenio
I.- DEFINICIONES
Ano 4 Ano 5

Ano 3

NO RESIDENCIAL

Ano: Es el periodo que comprende un ano calendario computado desde la entrada en vigencia de la formula tarifaria. Indicadores de Gestion: Son los parametros que permiten la determinacion del cumplimiento de las obligaciones de la empresa y por ende el control de su gestion. Queda entendido que los valores de las Metas de Gestion fijados para estos indicadores son aquellos a que se refiere el Anexo 1 de la presente Resolucion, los cuales son el resultado de la aprobacion de las formulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestion. Indice de Cumplimiento Global (ICG): Es el indice que se utiliza para medir el cumplimiento de las Metas de Gestion. Este indice es el resultado de la media aritmetica del indice de cumplimiento individual de cada Meta de Gestion a nivel EPS expresado en variacion porcentual.
n

ICG
i 1

ICI i n

b) Cargo por Volumen de Alcantarillado
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Ano 2
(4)

Donde n es el numero de Metas de Gestion. Indice de Cumplimiento Individual (ICI): En el caso de las metas de micromedicion, agua no facturada, continuidad, relacion de trabajo, conexiones activas de agua y tratamiento de aguas servidas el ICI se calculara como la diferencia del valor del indicador de gestion obtenido por la empresa y el valor del ano base, dividida por la diferencia del valor determinado en la Meta de Gestion menos el valor del ano base, expresada en porcentaje:
ICI = (ValorObtenido-ValorAnoBase)/(ValorMetaGestion-ValorAnoBase)x100

Ano 3

Ano 4

Ano 5

NO RESIDENCIAL

Para el caso de la evaluacion de las metas de incremento anual de conexiones de agua potable y de incremento anual de conexiones de alcantarillado, se dividira el valor acumulado de las nuevas conexiones obtenido por la empresa en los anos previos al establecido para el incremento tarifario o al ano de evaluacion del cumplimiento de las metas de gestion, entre el valor acumulado previsto de esta Meta de Gestion en la presente resolucion para el mismo periodo.
n n

3.- ASIGNACIONES MAXIMAS DE CONSUMO
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Domestico Comercial Industrial Estatal

ICI

(
i 1

# Conexiones Obtenidas i /
i 1

# Conexiones Metai ) x100

Para el caso de la evaluacion de la meta de actualizacion de catastro se procedera a dividir el valor obtenido por la empresa entre el valor de la meta.
ICI = ValorObtenido/ValorMetaGestion x100

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