Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2008 (13/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, lunes 13 de octubre de 2008

PROYECTO
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381425

CONSIDERANDO:

Que, el literal b) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos ­ y sus modificatorias, faculta a los organismos reguladores a fijar las tarifas de los servicios publicos bajo su ambito; Que, el articulo 39º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, senala que excepcionalmente, pueden modificarse las formulas tarifarias MORDAZA del termino de su vigencia cuando existan razones fundadas sobre cambios importantes en los supuestos efectuados para su formulacion, agregando que la SUNASS, por iniciativa propia, puede efectuar la modificacion de los valores de los parametros cuando las variaciones en los supuestos empleados en el calculo produzcan cambios en las tarifas, que resulten perjudiciales a los usuarios; Que, el articulo 103º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA, senala que de conformidad con lo establecido en el articulo 39º de la Ley Nº 26338, pueden producirse revisiones extraordinarias de las formulas tarifarias y del Plan Maestro Optimizado y sus metas de gestion, MORDAZA del termino de su vigencia, cuando, entre otras cosas, existan razones fundadas sobre cambios importantes en los supuestos efectuados para su formulacion, que originen la ruptura del equilibrio economico financiero, siendo competencia de la SUNASS la definicion de este ultimo concepto; Que, el articulo 4º de la Ley Nº 27838 ­ Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas ­ establece que el Organismo Regulador debera prepublicar en su pagina web institucional y en el Diario Oficial El Peruano, el Proyecto de Resolucion que fije la tarifa regulada y una relacion de los informes, estudios, dictamenes, modelos economicos y memorias anuales que constituyan su sustento; Que, el articulo 7º de la Ley Nº 27838 senala que el Organismo Regulador esta obligado, con anterioridad a la publicacion de la Resolucion que fija tarifas reguladas, a realizar audiencias publicas descentralizadas en las que sustentaran y expondran los criterios, metodologia, estudios, informes, modelos economicos o dictamenes que serviran de justificacion en la fijacion de las tarifas reguladas; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD, se aprobo el "Reglamento General de Tarifas", el cual dispone (i) la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la SUNASS, del Proyecto de Resolucion que modifica la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion, asi como de su exposicion de motivos y la relacion de informes que constituyen el sustento de la referida Resolucion, y (ii) la convocatoria a audiencia publica para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion Nº 020-2008; SE RESUELVE:

Articulo 5º.- Encargar a la Gerencia de Usuarios efectuar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de la audiencia publica. Registrese, comuniquese y publiquese. Con la intervencion de los senores consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Olivarez MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Seoane y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yactayo. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Directivo

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº XXX-XXXX-SUNASS-CD
MORDAZA, XX de XXX de XXXX VISTOS: La Resolucion Nº 006-2008-SUNASS-GRT, mediante la cual la Gerencia de Regulacion Tarifaria inicio el procedimiento de aprobacion de reestablecimiento del equilibrio economico financiero de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna Sociedad Anonima, EPS TACNA S.A., conforme a lo establecido en el Anexo Nº 4 del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; El Memorandum Nº XXX-XXXX-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulacion Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario Final, que contiene la propuesta de modificacion de las la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion que seran de aplicacion por EPS TACNA S.A. para el proximo quinquenio; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 061-2007-SUNASSCD se aprueba la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion que seran de aplicacion por EPS TACNA S.A. para el quinquenio Setiembre 2007-Setiembre 2011; Que, el articulo 39º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, senala que excepcionalmente, pueden modificarse las formulas tarifarias MORDAZA del termino de su vigencia cuando existan razones fundadas sobre cambios importantes en los supuestos efectuados para su formulacion, agregando que la SUNASS, por iniciativa propia, puede efectuar la modificacion de los valores de los parametros cuando las variaciones en los supuestos empleados en el calculo produzcan cambios en las tarifas, que resulten perjudiciales a los usuarios; Que, el articulo 103º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA, senala que de conformidad con lo establecido en el articulo 39º de la Ley Nº 26338, pueden producirse revisiones extraordinarias de las formulas tarifarias y del Plan Maestro Optimizado y sus metas de gestion, MORDAZA del termino de su vigencia, cuando, entre otras cosas, existan razones fundadas sobre cambios importantes en los supuestos efectuados para su formulacion, que originen la ruptura del equilibrio economico financiero, siendo competencia de la SUNASS la definicion de este ultimo concepto; Que, por Resolucion Nº 039-2008-SUNASS-CD, se suspendio la aplicacion de incremento aprobado por Resolucion Nº 061-2008-SUNASS-CD y se dispuso evaluar el inicio de MORDAZA de revision de formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion de EPS TACNA S.A.; Que, mediante Resolucion Nº 074-2008-SUNASS-CD, se prorrogo la suspension del plazo otorgado mediante Resolucion Nº 039-2008-SUNASS-CD hasta que se declare la admisibilidad o inadmisibilidad de la solicitud de revision del estudio tarifario presentada por EPS TACNA S.A.; Que, mediante Resolucion Nº 006-2008-SUNASSGRT, la Gerencia de Regulacion Tarifaria admite a tramite la solicitud de reestablecimiento del equilibrio economico financiero, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; Que, con Memorandum Nº 197-2008-SUNASS-110, la Gerencia de Regulacion Tarifaria presento el Estudio Tarifario con la propuesta de modificacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion que seran de aplicacion por EPS TACNA S.A. para el quinquenio 2007-2011; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 0822007-SUNASS-CD, se aprobo (i) la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la SUNASS, del Proyecto de Resolucion que modifica la formula tarifaria, estructuras tarifarias

Articulo 1º.- Disponer la publicacion del Proyecto de la Resolucion que modifica la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion de la Entidad Prestadora de Servicios De Saneamiento Tacna Sociedad Anonima, EPS TACNA S.A.; asi como su exposicion de motivos y la relacion de los documentos que la sustentan, los cuales forman parte de la presente Resolucion. La publicacion referida se efectuara en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Articulo 2º.- Disponer la convocatoria a audiencia publica, en la que la SUNASS sustentara la propuesta de la modificacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion de EPS TACNA S.A.; debiendo publicarse el aviso de convocatoria correspondiente en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de mayor circulacion en el ambito de prestacion de servicios de EPS TACNA S.A. y en la pagina web de la SUNASS. Articulo 3º.- La audiencia publica a la que se refiere el articulo anterior se llevara a cabo en el dia, a la hora y en el lugar que la Gerencia General de la SUNASS oportunamente senale en el aviso de convocatoria; y de acuerdo con las reglas aprobadas por la SUNASS, las cuales forman parte de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Los interesados podran formular comentarios sobre el Proyecto de Resolucion a que se refiere el articulo anterior, en el local de la SUNASS en Av. MORDAZA MORDAZA Nº 210-216, MORDAZA MORDAZA, o por via electronica a audienciatacna@sunass.gob.pe, hasta cinco (5) dias habiles siguientes a la fecha de realizacion de la audiencia publica.

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