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Lima, lunes 13 de octubre de 2008 381425 CONSIDERANDO: Que, el literal b) del artículo 3º de la Ley Nº 27332 – Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos – y sus modifi catorias, faculta a los organismos reguladores a fi jar las tarifas de los servicios públicos bajo su ámbito; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, señala que excepcionalmente, pueden modifi carse las fórmulas tarifarias antes del término de su vigencia cuando existan razones fundadas sobre cambios importantes en los supuestos efectuados para su formulación, agregando que la SUNASS, por iniciativa propia, puede efectuar la modifi cación de los valores de los parámetros cuando las variaciones en los supuestos empleados en el cálculo produzcan cambios en las tarifas, que resulten perjudiciales a los usuarios; Que, el artículo 103º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA, señala que de conformidad con lo establecido en el artículo 39º de la Ley Nº 26338, pueden producirse revisiones extraordinarias de las fórmulas tarifarias y del Plan Maestro Optimizado y sus metas de gestión, antes del término de su vigencia, cuando, entre otras cosas, existan razones fundadas sobre cambios importantes en los supuestos efectuados para su formulación, que originen la ruptura del equilibrio económico fi nanciero, siendo competencia de la SUNASS la defi nición de este último concepto; Que, el artículo 4º de la Ley Nº 27838 – Ley de Transparencia y Simplifi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas – establece que el Organismo Regulador deberá prepublicar en su página web institucional y en el Diario Ofi cial El Peruano, el Proyecto de Resolución que fi je la tarifa regulada y una relación de los informes, estudios, dictámenes, modelos económicos y memorias anuales que constituyan su sustento; Que, el artículo 7º de la Ley Nº 27838 señala que el Organismo Regulador está obligado, con anterioridad a la publicación de la Resolución que fi ja tarifas reguladas, a realizar audiencias públicas descentralizadas en las que sustentarán y expondrán los criterios, metodología, estudios, informes, modelos económicos o dictámenes que servirán de justifi cación en la fi jación de las tarifas reguladas; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD, se aprobó el “Reglamento General de Tarifas”, el cual dispone (i) la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la SUNASS, del Proyecto de Resolución que modifi ca la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión, así como de su exposición de motivos y la relación de informes que constituyen el sustento de la referida Resolución, y (ii) la convocatoria a audiencia pública para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 020-2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación del Proyecto de la Resolución que modifi ca la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de la Entidad Prestadora de Servicios De Saneamiento Tacna Sociedad Anónima, EPS TACNA S.A.; así como su exposición de motivos y la relación de los documentos que la sustentan, los cuales forman parte de la presente Resolución. La publicación referida se efectuará en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Artículo 2º.- Disponer la convocatoria a audiencia pública, en la que la SUNASS sustentará la propuesta de la modifi cación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de EPS TACNA S.A.; debiendo publicarse el aviso de convocatoria correspondiente en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de mayor circulación en el ámbito de prestación de servicios de EPS TACNA S.A. y en la página web de la SUNASS. Artículo 3º.- La audiencia pública a la que se refiere el artículo anterior se llevará a cabo en el día, a la hora y en el lugar que la Gerencia General de la SUNASS oportunamente señale en el aviso de convocatoria; y de acuerdo con las reglas aprobadas por la SUNASS, las cuales forman parte de la presente Resolución. Artículo 4º.- Los interesados podrán formular comentarios sobre el Proyecto de Resolución a que se refi ere el artículo anterior, en el local de la SUNASS en Av. Bernardo Monteagudo Nº 210-216, Magdalena del Mar, o por vía electrónica a audienciatacna@sunass.gob.pe, hasta cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de realización de la audiencia pública.Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia de Usuarios efectuar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de la audiencia pública. Regístrese, comuníquese y publíquese.Con la intervención de los señores consejeros José Salazar Barrantes, Jorge Luis Olivarez Vega, Manuel Burga Seoane y Víctor Antonio Maldonado Yactayo. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente Consejo Directivo RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº XXX-XXXX-SUNASS-CD Lima, XX de XXX de XXXX VISTOS:La Resolución Nº 006-2008-SUNASS-GRT, mediante la cual la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de reestablecimiento del equilibrio económico fi nanciero de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna Sociedad Anónima, EPS TACNA S.A., conforme a lo establecido en el Anexo Nº 4 del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; El Memorándum Nº XXX-XXXX-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario Final, que contiene la propuesta de modifi cación de las la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EPS TACNA S.A. para el próximo quinquenio; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Nº 061-2007-SUNASS- CD se aprueba la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EPS TACNA S.A. para el quinquenio Setiembre 2007-Setiembre 2011; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, señala que excepcionalmente, pueden modifi carse las fórmulas tarifarias antes del término de su vigencia cuando existan razones fundadas sobre cambios importantes en los supuestos efectuados para su formulación, agregando que la SUNASS, por iniciativa propia, puede efectuar la modifi cación de los valores de los parámetros cuando las variaciones en los supuestos empleados en el cálculo produzcan cambios en las tarifas, que resulten perjudiciales a los usuarios; Que, el artículo 103º del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA, señala que de conformidad con lo establecido en el artículo 39º de la Ley Nº 26338, pueden producirse revisiones extraordinarias de las fórmulas tarifarias y del Plan Maestro Optimizado y sus metas de gestión, antes del término de su vigencia, cuando, entre otras cosas, existan razones fundadas sobre cambios importantes en los supuestos efectuados para su formulación, que originen la ruptura del equilibrio económico fi nanciero, siendo competencia de la SUNASS la defi nición de este último concepto; Que, por Resolución Nº 039-2008-SUNASS-CD, se suspendió la aplicación de incremento aprobado por Resolución Nº 061-2008-SUNASS-CD y se dispuso evaluar el inicio de proceso de revisión de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de EPS TACNA S.A.; Que, mediante Resolución Nº 074-2008-SUNASS-CD, se prorrogó la suspensión del plazo otorgado mediante Resolución Nº 039-2008-SUNASS-CD hasta que se declare la admisibilidad o inadmisibilidad de la solicitud de revisión del estudio tarifario presentada por EPS TACNA S.A.; Que, mediante Resolución Nº 006-2008-SUNASS- GRT, la Gerencia de Regulación Tarifaria admite a trámite la solicitud de reestablecimiento del equilibrio económico fi nanciero, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; Que, con Memorándum Nº 197-2008-SUNASS-110, la Gerencia de Regulación Tarifaria presentó el Estudio Tarifario con la propuesta de modifi cación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión que serán de aplicación por EPS TACNA S.A. para el quinquenio 2007-2011; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 082- 2007-SUNASS-CD, se aprobó (i) la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la SUNASS, del Proyecto de Resolución que modifi ca la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias PROYECTO Descargado desde www.elperuano.com.pe