NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (17/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de setiembre de 2008 379815 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 18º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado defi nitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, por cumplir los 70 años de edad; Que, el pase a la situación de retiro por límite de edad, se hará efectivo, de ofi cio, mediante Resolución Suprema, al cumplir el funcionario diplomático la edad de setenta años establecida por la Ley; Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Alberto Higueras Ramos, cumplirá 70 años de edad el 12 de octubre de 2008, según lo acredita la Partida de Nacimiento que obra en su Foja de Servicios; De conformidad con el artículo 18º inciso a) de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y los artículos 43º inciso a) y 44º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pasar a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Alberto Higueras Ramos, a partir del 12 de octubre de 2008, por cumplir en la citada fecha los 70 años de edad. Artículo 2º.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados al Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 252795-19 Autorizan el pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 244-2008-RE Lima, 16 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el Artículo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2008; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de las cuotas a los organismos internacionales que se detallan a continuación, por el importe de US$ 684,600.00 (SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA):ORGANISMO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD 265,804.00 ANDINA (SGCAN)Saldo del IV trimestre del 2007 y pago parcialdel I trimestre del 2008 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES 270,196.00 UNIDAS (ONU)Pago parcial de la cuota del año 2008 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD 148,000.00 ANDINA (TJCAN)Saldo del IV trimestre del 2007 y pago parcialdel I trimestre del 2008 CONVENCIÓN DE OTTAWA SOBRE MINAS 600.00 ANTIPERSONALESContribución Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00624, Componente 2387, Meta 00565, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Específi ca 42 Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2008. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 252795-20 Autorizan a ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España a prestar servicios en las Fuerzas Armadas Españolas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 245-2008-RE Lima, 16 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, diez (10) ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España, solicitan autorización del Señor Presidente de la República, para poder servir en las Fuerzas Armadas Españolas; Que, el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece que el Presidente de la República, autorizará a los peruanos para servir en un ejército extranjero; Que, en consecuencia es necesario expedir la autorización correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a diez (10) ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España, para que presten servicios en las Fuerzas Armadas Españolas: Nº de OrdenApellidos y Nombres del Solicitante DNI LM 01 MEDINA DIEZ CARLOS JAVIER 16711933 ----------- 02 ALVARO CRUZ VLADIMIR LENIN 45792152 -----------Descargado desde www.elperuano.com.pe