Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2008 (17/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
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ACTO

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de setiembre de 2008

que acreditan la relacion laboral o vinculo contractual con el taller. · MORDAZA de la MORDAZA de Inscripcion Nº 1201-2006PRODUCE/DVI/DGI-DNTSI, de ITALNORD MECANICA S.R.L. ante el Registro de Productos Industriales Nacionales del Ministerio de la Produccion como proveedor de Equipos Completos ­ PEC. · MORDAZA del Contrato de fecha 23 de MORDAZA del 2008, celebrado por la solicitante con el proveedor de Equipos Completos ­ PEC autorizado ITALNORD MECANICA S.R.L. mediante el cual se garantiza el normal suministro de los kits de conversion, asi como el soporte tecnico y la capacitacion del personal. · MORDAZA del Contrato de Arrendamiento celebrado entre MORDAZA Cetura MORDAZA MORDAZA MORDAZA con la solicitante, mediante el cual se acredita la posesion legitima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada. · MORDAZA de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. · MORDAZA de la Poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 3133221 emitida por la compania MAPFRE PERU Compania de Seguros y Reaseguros, destinada a cubrir los danos a los bienes e integridad personal de terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones, por el monto de 200 UIT conforme a los terminos senalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Vehiculos y la Directiva Nº 0012005-MTC/15 que aprueba el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (05) anos, a contarse desde la publicacion de la presente resolucion, a la empresa JJ MULTISERVICES COMPANY INTERNATIONAL E.I.R.L., para operar el taller ubicado en la Av. Proceres de la Independencia 1099, Mz. G Lt. 1-2, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia de MORDAZA y departamento de MORDAZA, como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar las conversiones del sistema de combustion de los vehiculos a GNV. Articulo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 17 de MORDAZA del 2009 17 de MORDAZA del 2010 17 de MORDAZA del 2011 17 de MORDAZA del 2012 17 de MORDAZA del 2013

Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza

Fecha MORDAZA de MORDAZA 15 de MORDAZA del 2011 15 de MORDAZA del 2012 15 de MORDAZA del 2013

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 250547-1

Autorizan a Inversiones Epsa S.A.C. para operar taller de conversion a gas natural vehicular ubicado en el Callao
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 9862-2008-MTC/15 MORDAZA, 5 de setiembre de 2008 VISTO: El parte diario registrado con Nº 089449 presentado por INVERSIONES EPSA S.A.C., mediante el cual solicita autorizacion como Taller de Conversion a GNV para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, con el proposito de asegurar que este cumpla con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nros. 005-2004MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC y 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 0372006-MTC y 006-2008-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, el articulo 29º del citado Reglamento establece el MORDAZA normativo que regula las conversiones de los vehiculos originalmente disenados para combustion de combustibles liquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de que estas se realicen con las maximas garantias de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilizacion sin control; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 39902005-MTC/15, se aprobo la Directiva Nº 0012005-MTC/15 modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15, 7150-2006MTC/15 y 4284-2008-MTC/15, la misma que regula el regimen de autorizacion y funcionamiento de los Talleres de Conversion a GNV y establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorizacion como Taller de Conversion a GNV ante la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del analisis de los documentos presentados por INVERSIONES EPSA S.A.C. se advierte que se

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 15 de MORDAZA del 2009 15 de MORDAZA del 2010

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