Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2008 (17/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Taller de Conversion a GNV establecidos en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15, 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos:

· Solicitud firmada por el representante legal de INVERSIONES EPSA S.A.C. · MORDAZA Certificada del Testimonio de Escritura Publica de Constitucion de Sociedad Anonima, con fecha 30 de MORDAZA de 1994, otorgada por INVERSIONES EPSA S.A., ante Notario Publico MORDAZA MORDAZA Erausquin. · Vigencia de Poder expedida por la Oficina Registral de MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, correspondiente a la Partida Nº 70008227 pedida con fecha 07 de agosto del 2008, acreditando la vigencia del poder respectivo. · Certificado de Inspeccion de Taller Nº 391501/881872 de fecha 13 de agosto del 2008, emitido por la Entidad Certificadora de Conversiones SGS del Peru S.A.C., senalando que el taller cumple con los requisitos exigidos en los numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. · Planos de ubicacion y de distribucion del taller, detallando sus instalaciones y diversas areas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva. · Relacion de equipos, maquinaria y herramientas requeridas por el numeral 6.1.3 de la Directiva MORDAZA citada, a la que se adjunta la declaracion jurada del representante legal de la solicitante en el sentido que su representada es propietaria de los citados bienes, y la resolucion de homologacion vigente del analizador de gases expedido por la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales del MTC conforme a lo establecido en las normas vigentes. · Nomina del personal tecnico del Taller que incluye sus nombres completos y copias de sus documentos de identidad, MORDAZA simple de los titulos que acreditan su calificacion en mecanica automotriz y electricidad automotriz, MORDAZA simple de los titulos y/o certificaciones que acreditan su calificacion en conversiones vehiculares del sistema de combustion a GNV expedido por el Proveedor de Equipos Completos PEC con el cual el taller mantiene vinculo contractual y MORDAZA de los documentos que acreditan la relacion laboral o vinculo contractual con el taller. · MORDAZA de la MORDAZA de Inscripcion Nº 19672006-PRODUCE/DVI/DGI-DNTSI, de INVERSIONES EPSA S.A.C. ante el Registro de Productos Industriales Nacionales del Ministerio de la Produccion como proveedor de Equipos Completos ­ PEC. · MORDAZA del Contrato de Arrendamiento celebrado entre don MORDAZA MORDAZA Solf con la solicitante, mediante el cual se acredita la posesion legitima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada. · MORDAZA de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad del Callao. · MORDAZA de la Poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 2400811800140 emitida por MAPFRE PERU Compania de Seguros y Reaseguros, destinada a cubrir los danos a los bienes e integridad personal de terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones, por el monto de 200 UIT conforme a los terminos senalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Vehiculos y la Directiva Nº 0012005-MTC/15 que aprueba el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (05) anos, a contarse desde la publicacion de la presente resolucion, a la empresa INVERSIONES EPSA S.A.C., para operar el taller ubicado en la Av. MORDAZA Chalaca Nº 952, Callao,

provincia de MORDAZA y departamento de MORDAZA, como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar las conversiones del sistema de combustion de los vehiculos a GNV. Articulo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 12 de agosto del 2009 12 de agosto del 2010 12 de agosto del 2011 12 de agosto del 2012 12 de agosto del 2013

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 31 de MORDAZA del 2009 31 de MORDAZA del 2010 31 de MORDAZA del 2011 31 de MORDAZA del 2012 31 de MORDAZA del 2013

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 250552-1

VIVIENDA
Aceptan renuncia y encargan el puesto de Director Nacional de Vivienda
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 565-2008-VIVIENDA MORDAZA, 15 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 406-2007VIVIENDA se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, cargo al cual ha formulado renuncia; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27792 y 29158, modificada por la Ley Nº 29209, y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA;

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