NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (17/09/2008)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 77
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de setiembre de 2008 379863 se encuentren los bienes a ser rematados o a través de cualquier otro medio de notifi cación edictal, y los demás gastos de igual naturaleza, serán exigibles al obligado conforme a la liquidación de gastos que para el efecto se realice, y de acuerdo a lo establecido en la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979 y sus modifi catorias al respecto. TERCERA.- FACULTADES REGLAMENTARIAS. Facúltese al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. POR TANTO:Publíquese, regístrese y cúmplase. FELIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 252542-1 Aprueban actualización de la Zonificación del Sector comprendido entre el Río Chillón, Av. Néstor Gambeta, Río Rímac y el Oceano Pacífico modificando parcialmente el plano de zonificación del Plan Urbano Director 1995 - 2010 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000060 Callao, 15 de setiembre de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 15 de setiembre de 2008; Aprobó la siguiente Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194° establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y, el artículo 195 de la misma norma estipula que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas, planes nacionales y regionales de desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el artículo 79 numeral 1.1 y 1.2 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972 señala que son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación Ambiental y Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, los bienes de dominio público, dentro de los cuales se encuentran los terrenos definidos según la ley Nº 26856,como zona de dominio restringido y la “zona de playa protegida”, al regirse por las disposiciones de la Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde que se regularice, actualice u otorgue la correspondiente zonificación, es decir debe asignárseles un fin urbano determinado y un uso, lo que es ratificado por el artículo 12º del Decreto Supremo Nº 007-2008-Vivienda que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Nacionales; Que, mediante el estudio denominado “Caracterización de la Zona Costera del Callao entre el río Rímac, el río Chillón y la avenida Nestor Gambetta, para la Actualización de su Zonifi cación”, se ha defi nido la caracterización o diagnóstico de dicha zona, con el objeto de conocer y comprender la situación urbana, ambiental, socio económica y legal de este sector del Callao, para defi nir lineamientos que permitan actualizar su zonifi cación y racionalizar la organización de su territorio, facultades que están expresamente señaladas en la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, estando al Informe Nº 090-2008-MPC-GGDU/ GPUC, emitido por la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, mediante el cual analiza y hace suyo el estudio de la zona del litoral comprendida entre el río Rímac y el río Chillón, desde la línea de alta marea hasta la Av. Néstor Gambeta, en el que concluye que la zona en estudio es predominantemente industrial, pero que su proceso de consolidación ha sido informal, por problemas de saneamiento físico legal de las propiedades, habilitaciones urbanas, zonifi cación, falta de factibilidad de servicios, legislación contradictoria con la realidad, entre otros factores, lo que ha originado grandes problemas urbanos y ambientales en este sector que degradan las condiciones de vida del lugar; Que, el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 – 2010, aprobado por Ordenanza Municipal N° 000018 del 05 de Octubre de 1995, establece el sector de Estudio como zona de Recreación Pública, sin embargo, como resultado del Estudio se propone una zonifi cación de acuerdo a los Usos existentes y predominantes que permitan iniciar las acciones para un adecuado ordenamiento físico espacial que permita la recuperación urbano ambiental del sector de estudio; Que, siendo la Provincia Constitucional del Callao el principal centro portuario del país, necesita priorizar y optimizar el desarrollo de actividades económicas que faciliten la entrada y salida de productos a otros puertos del país y del mundo, por lo que la Municipalidad Provincial del Callao a través de los mecanismos que le faculta la Ley, busca ordenar el territorio y las actividades que se desarrollan en ella, disponiendo la correspondiente actualización de la Zonificación en el sector comprendido entre el rio Chillón, Av. Néstor Gambeta, río Rímac, y el Océano Pacifico, cambiando la zonificación existente de Zona de Recreación Publica ( ZRP) y de Otros Uso (OU) a Gran Industria (IG), así como asignar la zonificación de Gran Industria IG e Industria Elemental y Liviana IEL, precisándose que en los predios afectados por la Ampliación del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez de acuerdo a la Ley Nº 27329, se ha incorporado la Zonificación de Usos Especiales OU a los referidos predios; Que, asimismo siendo política de la Municipalidad Provincial del Callao en materia de acondicionamiento territorial, el incentivar la inversión privada en proyectos dentro de las limitaciones normativas que la ley establece, y estando a lo aprobado en la sesión de la Fecha a través del Acuerdo de Concejo N° 000230 el mismo que cuenta con los informes precitados en los considerandos anteriores y estando a lo informado por la Gerencia de Asesoría Jurídica con Informe N° 0969- 2008-MPC-GGAJC y el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE LA ZONIFICACIÓN DEL SECTOR COMPRENDIDO ENTRE EL RÍO CHILLON, AV. NÉSTOR GAMBETA, RÍO RÍMAC Y EL OCÉANO PACÍFICO MODIFICANDO PARCIALMENTE EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL PLAN URBANO DIRECTOR 1995 - 2010 Artículo 1º.- Apruébase la actualización de la Zonifi cación General de los Usos del Suelo de la Provincia Descargado desde www.elperuano.com.pe