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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (17/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de setiembre de 2008 379852 presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro del término de (10) días hábiles. Regístrese, comuníquese y archívese.FRANCIS VILLENA RODRIGUEZ, M.S. Rector 252246-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Autorizan al BBVA Banco Continental como entidad financiera encargada de la recaudación de los pagos por Derecho de Vigencia y/o Penalidad RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 092-2008-INGEMMET/PCD Lima, 12 de setiembre de 2008VISTO; el Memorando Nº 192-2008-INGEMMET/OA de fecha 19 de junio del 2008; CONSIDERANDO:Que, el artículo 37º del Decreto Supremo Nº 03-94- EM establece que los pagos por Derecho de Vigencia y/o penalidad se realizarán a partir del 1 de enero al 30 de junio de cada año en las entidades del sistema fi nanciero debidamente autorizadas por el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero – INACC (actualmente Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET); Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se aprobó la fusión del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero – INACC con el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET, correspondiéndole al INGEMMET la calidad de entidad incorporante; Que, mediante el artículo 2º de la Resolución de Presidencia Nº 001-2008-INGEMMET/PCD/PM de fecha 03 de enero del 2008 se autorizó a las entidades del sistema fi nanciero Scotiabank del Perú, Banco de Crédito del Perú y Banco Interamericano de Finanzas, como encargadas de la recaudación de los pagos por Derecho de Vigencia y/o penalidad; Que, con la fi nalidad de brindar una mayor cobertura al público usuario, resulta necesario autorizar al BBVA Banco Continental como entidad encargada de recaudar los pagos de Derecho de Vigencia y/o Penalidad; Que, el numeral 44.2 de la Directiva de Tesorería Nº 001-2007-EF/77.15 establece que el Titular del Pliego, mediante Resolución, designará la entidad bancaria con la indicación de la Fuente de Financiamiento, la Modalidad de Depósito y el tipo de moneda; De conformidad con las funciones y atribuciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; Con el visto bueno del Secretario General y de los Directores de Derecho de Vigencia, Administración y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al BBVA Banco Continental, como entidad fi nanciera encargada de la recaudación de los pagos por Derecho de Vigencia y/o Penalidad, de la siguiente manera: ENTIDAD BANCARIAFUENTE DE FINANCIAMIENTODENOMINACION DE LA CUENTA Y/O MODALIDAD DE DEPOSITOTIPO DE MONEDA BBVA Banco ContinentalRDR INGEMMET- Reclamos - CADIC Nuevos SolesENTIDAD BANCARIAFUENTE DE FINANCIAMIENTODENOMINACION DE LA CUENTA Y/O MODALIDAD DE DEPOSITOTIPO DE MONEDA BBVA Banco ContinentalRDR INGEMMET-Reclamos - CADIC US $ Dólares Americanos BBVA Banco ContinentalRDR INGEMMET – Código Único –CADIC US $ Dólares Americanos BBVA Banco ContinentalRDR INGEMMET – Formulaciones - CADICUS $ Dólares Americanos Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME CHÁVEZ RIVA GÁLVEZ Presidente del Consejo DirectivoINGEMMET 251735-1 Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de limpieza para sedes del INGEMMET RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 093-2008-INGEMMET/PCD Lima, 12 de setiembre del 2008VISTOS: el Informe Nº 131-2008-INGEMMET/OA- UL de fecha 1 de septiembre de la Unidad de Logística y el Memorando Nº 515-2008-INGEMMET/SG-OAJ de fecha 4 de Septiembre del 2008 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, con fecha 25 de enero del 2008 se suscribió con el Consorcio SERCLEAN S.A.C. – ESLUBA S.A.C. el Contrato de Servicios Nº 017-2008 de fecha 25 de enero del 2008, quien obtuvo la buena pro en la Adjudicación Directa Pública Nº 07-2007-INGEMMET para la prestación del servicio de limpieza de las instalaciones de la Institución, de acuerdo con los términos y bases administrativas correspondientes y con plazo de vigencia del contrato de doce (12) meses; Que, por Carta Notarial Nº 293-2008-INGEMMET/ OA de fecha 03 de septiembre del 2008, diligenciada notarialmente el 4 de septiembre del 2008 se comunicó al Consorcio SERCLEAN S.A.C. – ESLUBA S.A.C. la Resolución Directoral Nº 102-2008-INGEMMET/OA de fecha 29 de agosto del 2008, por la cual se aprueba la resolución total del Contrato de Servicios Nº 017-2008 de fecha 25 de enero del 2008, por incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de la citada empresa; Que, al haberse resuelto el Contrato Nº 017-2008 suscrito con el Consorcio SERCLEAN S.A.C. – ESLUBA S.A.C., existe la necesidad de adoptar las medidas necesarias para que la entidad no se encuentre privada del servicio mencionado. Que, por Informe Nº 131-2008-INGEMMET/OA-UL que sustenta los presupuestos de la exoneración por desabastecimiento inminente, la Unidad de Logística advierte que resulta actual y urgente la necesidad de contar con los servicios de limpieza, toda vez que a partir de la referida resolución del contrato, las ofi cinas del INGEMMET no van a contar con el servicio de limpieza, situación que compromete en forma directa e inminente la continuidad del normal desarrollo de las actividades que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, pues es necesario que el centro de trabajo cuente con las condiciones mínimas de higiene y salubridad para prevenir cualquier brote de enfermedades que pongan en riesgo la salud de los trabajadores y de los usuarios, conforme lo dispone el artículo 15 del Decreto Supremo Nº 009-2005-TR, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo que establece: “La gestión de la seguridad y salud en el trabajo es responsabilidad del empleador, quien asume el liderazgo y compromiso de esas actividades en la organización”; por tanto, es actual y urgente la necesidad de contar con el servicio de limpieza de los ambientes de la Sede Canadá y de la Sede Las Artes donde funcionan la Presidencia del Consejo Directivo, la Secretaría General, los órganos de línea, de apoyo y de control del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - Descargado desde www.elperuano.com.pe