Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (17/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 74

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de setiembre de 2008 379860 y Departamento de Lima, de acuerdo con los planos signados con los Nº 040.01-2008-SGLAU-GDU-MSS y Nº 040.02-2008-SGLAU-GDU-MSS; Que, con Informe Nº 185-2008-MML-GDU-SPHU- DRD, de fecha 18 de junio de 2008 (fs.163 al 165), la División de Revisión de Diseño de esta Subgerencia manifiesta, que la presente Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, del terreno de 2,473.04 m², para Uso Residencial Densidad Baja RDB, aprobada por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco mediante la Resolución Sub-Gerencial Nº 1007-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 10 de junio de 2008; cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonificación, vías y aportes reglamentarios, de conformidad con las Ordenanzas Metropolitanas Nº 912-MML, 341-MML y Nº 836-MML. Que, mediante Informe Nº 292-2008-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 24 de junio de 2008 (fs.166 al 168), el Área Legal de esta Subgerencia manifi esta, que de la revisión de autos se verifi ca que el terreno materia del presente trámite de Habilitación Urbana, se encuentra inscrito en la Partida Nº 07055990 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima (fs. 115 al 130) a nombre de la empresa INMOBILIARIA CARDISA S.A.C.; con un área de 2,473.04 m²; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señaladas en los Informes Nº 185-2008-MML-GDU-SPHU- DRD, de fecha 18 de junio de 2008 y Nº 292-2008-MML- GDU-SPHU-AL, de fecha 24 de junio de 2008; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer La Conformidad de la Resolución Sub-Gerencial Nº 1007-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 10 de junio de 2008, expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco; Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño, del Área Legal y de la Asesoría de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Ordenanzas Metropolitanas Nº 912-MML, Nº 341-M ML, Nº 618-MML, Nº 836-MML, Nº 812-MML, Nº 916- MML, Decreto de Alcaldía Nº 079 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE:Artículo 1º.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución Sub Gerencial Nº 1007-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 10 de junio del 2008, expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que resuelve Aprobar, los Proyectos referentes a Trazado, Lotización y Pavimentación de aceras, correspondiente a la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso Residencial de Densidad Baja “RDB”, del terreno de 2,473.04 m², constituido por el Lote Nº 21, de la Manzana VII, de la Parcelación Semi-Rústica “Santa Teresa”, ubicado frente al Jirón Batallón Libres de Trujillo, en el distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima, de acuerdo con los planos signados con los Nº 040.01-2008-SGLAU-GDU-MSS y Nº 040.02-2008-SGLAU-GDU-MSS. Artículo 2º.- PRECISAR que la cancelación del défi cit de aporte para Renovación Urbana, se deberá efectuar ante la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima – EMILIMA S.A. Artículo 3º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la empresa INMOBILIARIA CARDISA S.A.C.; y a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, para su conocimiento y fi nes. Artículo 4º.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 5º.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, Ministerio de Educación, SERPAR-LIMA, EMILIMA S.A., Instituto Metropolitano de Planifi cación y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes.Artículo 6º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SUSANA RAMÍREZ DE LA TORRE SubgerenteSubgerencia de Planeamiento yHabilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 251772-1 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Autorizan realización de ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario ORDENANZA Nº 301-MDB Barranco, 28 de agosto del 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO Por Cuanto: El Concejo Municipal de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 298-2008-SG/MDB, emitido por la Ofi cina de Secretaría General y el Dictamen Nº 013-2008-CDH-CDB/MDB de la Comisión Municipal de Desarrollo Humano, respecto a la realización de Matrimonio Civil Comunitario; CONSIDERANDO:Que, conforme lo establece el artículo 4º de la Constitución Política del Perú, el Estado protege a la familia y promueve el matrimonio; Que, es política de la actual gestión municipal promover la unión familiar y siendo la familia el núcleo básico y prioritario de la sociedad, es procedente autorizar e impulsar la realización del Matrimonio Civil Comunitario propuesto; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, y con el voto unánime de sus miembros, ha emitido la siguiente: ORDENANZA QUE AUTORIZA LA REALIZACIÓN DE CEREMONIA DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Artículo Primero.- Autorizar la realización de Ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario, el día jueves 23 de octubre del 2008, a las 19:00 horas en el Atrio de La Ermita del distrito de Barranco. Artículo Segundo.- Dispensar a los contrayentes, del trámite de publicación de los avisos matrimoniales, conforme a lo dispuesto por el artículo 252º del Código Civil vigente, estableciéndose la obligación de cumplir con los requisitos que dispone el artículo 248º de la norma citada. Artículo Tercero.- Aprobar la exoneración del pago de los derechos correspondientes, estableciéndose como pago único la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), que serán destinados a cubrir los gastos que genere dicha ceremonia. Artículo Cuarto.- Encargar a la Ofi cina de Secretaría General, Ofi cina de Imagen Institucional, Educación y Cultura, Sub Gerencia de Comercialización, Defensa del Consumidor y Promoción Empresarial, y Sub Gerencia de Desarrollo Humano el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase.FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 251707-1Descargado desde www.elperuano.com.pe