NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (30/09/2008)
CANTIDAD DE PAGINAS: 136
TEXTO PAGINA: 62
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de setiembre de 2008 380580 Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de comunicación de radio troncalizado digital RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE DIRECTORIO Nº 056-2008-APN/PD Callao, 29 de setiembre de 2007Visto, el Informe Nº 047-2008-APN/OGA de fecha 26 de Setiembre 2008 y el Informe Legal Nº 571-2008-APN/UAJ del 29 de setiembre 2008, de la Unidad de Asesoría Jurídica, mediante los cuales la O fi cina General de Administración y la Unidad de Asesoría Jurídica de la Autoridad Portuaria Nacional recomiendan la aprobación de la exoneración del proceso de selección para la contratación del servicio de radio comunicación de radio troncalizado móvil digital. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 19º de la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, la Autoridad Portuaria Nacional (en adelante, “APN”) es un organismo público descentralizado encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, y fi nanciera, y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, en vista que la APN es una entidad del sector público, debe efectuar sus contrataciones de servicios según lo previsto en el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM (en adelante, “TUO LCAE”), y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y sus modi fi catorias; Que, el Artículo 19º inciso c) del TUO LCAE, señala que están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos o exista proveedor único, concepto que se encuentra concordado con el Artículo 144º del Reglamento de la Ley TUO LCAE el mismo que prescribe que la entidad podrá contratar directamente en los casos que exista un solo proveedor en el mercado nacional; Que, mediante Informe Nº 047-2008-APN/OGA de fecha 26 de Setiembre 2008, la O fi cina General de Administración, señala que siendo la Autoridad Portuaria Nacional-APN una organización que necesita mantener simultánea y permanente comunicación entre todos los estamentos orgánicos en la sede principal y en provincias, así como con las Autoridades competentes y usuarios de la Comunidad Portuaria, se hace necesario que se continúe con el citado servicio con la empresa Nextel del Perú S.A., que permitirá a la APN un uso más e fi ciente de los recursos y de menor costo respecto a las establecidas en la contratación anterior; Que, mediante Informe Legal Nº 571-2008-APN/UAJ de fecha 29 de Setiembre de 2008, la Unidad de Asesoría Jurídica, considera que la contratación del servicio de comunicación digital por medio de un sistema de radio troncalizado se encuentra comprendido dentro de la causal prevista en el inciso e) del artículo 19º del TUO LCAE por tratarse de un servicio que no admite sustitutos y existe un proveedor único. En tal sentido, considera procedente la exoneración del proceso de selección de la contratación de los servicios brindados por la empresa Nextel del Perú S.A.; Que, el referido Informe Legal señala asimismo que de conformidad a lo establecido en el inciso e) del artículo 19º y el inciso a) del artículo 20º del TUO LCAE, la exoneración de los procesos de selección de las contrataciones de los servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor único se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad la misma que deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano, remitiéndose una copia de la misma, así como del informe técnico-legal a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de la aprobación de acuerdo a los artículos 146 y 147 del Reglamento de la Ley TUO LCAE; Que, se cuenta con disponibilidad presupuestal establecida por la Dirección de Planeamiento y Estudios Económicos, según memorando Nº 572-2008-APN/DIPLA de fecha 29 de Setiembre de 2008; Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 144º del TUO LCAE, en los casos que no existan bienes sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente; De conformidad con lo prescrito en el artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la APN y de los artículos 19º, 20º y 144º del TUO LCAE: SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección correspondiente a la contratación del servicio de comunicación de radio troncalizado digital con la empresa Nextel del Perú S.A., por el valor referencial de S/. 115, 437.18 (Ciento quince Mil cuatrocientos treinta y siete. con 18/100 Nuevos Soles), con cargo a los recursos directamente recaudados y por un plazo de 24 meses. Artículo 2º.- Autorizar a la O fi cina General de Administración, para que formalice la contratación del servicio exonerado, según lo previsto en el artículo 148º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 3º.- Disponer que la O fi cina General de Administración remita copia de la presente Resolución y de los Informes Técnico y Legal que la sustenten al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Contraloría General de al República, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, debiendo asimismo publicar esta Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el SEACE del CONSUCODE. Regístrese y comuníquese. FRANK BOYLE ALVARADO Presidente del DirectorioAutoridad Portuaria Nacional 258079-1ORDEN INSPECCIÓN Nº INICIO FINVIÁTICOS (US$) TUUA (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs. 1882-2008-MTC/12.04 08-Oct 11-OctUS$ 660.00 US$ 30.25LAN PERU S.A.Alvarez Zevallos, Alfredo FedericoMiami EUAChequeo técnico de pro fi ciencia en simulador de vuelo del equipo B-767138121-13822- 13823-13824 1884-2008-MTC/12.04 18-Oct 21-OctUS$ 660.00 US$ 30.25LAN PERU S.A. Samolki Edery, Simon Miami EUAChequeo técnico de pro fi ciencia en simulador de vuelo del equipo B-76713825-13826-13827- 13828-13829 1885-2008-MTC/12.04 24-Oct 26-OctUS$ 440.00 US$ 30.25LAN PERU S.A.Alvarez Zevallos, Alfredo FedericoMiami EUAChequeo técnico Hab. Cat. II, III en simulador de vuelo del equipo B-76713817-14168 258449-11