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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (10/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de abril de 2009 394168 Construcción y Saneamiento a favor de la Municipalidad de Magdalena del Mar para Financiar los Proyectos: “Construcción de Malecón Costa Verde en el Distrito de Magdalena del Mar - Lima” y “Construcción de Espacios Deportivos de la Costa Verde, Distrito de Magdalena del Mar-Lima” del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, de acuerdo a lo señalado en el artículo 2º del D.S Nº 007-2009-VIVIENDA; y, CONSIDERANDO: Que, el Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2009 de la Municipalidad del Distrito de Magdalena del Mar, se aprobó mediante el Acuerdo de Concejo Nº 096-2008-AC- MDMM y se promulgó mediante Resolución de Alcaldía Nº 263-2008-A-MDMM, ambos de fecha 19 de diciembre de 2008; Que, a través del Informe Nº 043-2009-GPP-MDMM, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto señala que mediante Decreto Supremo Nº 007-2009-VIVIENDA se autorizó la transferencia de partidas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a diversas entidades públicas para Financiar Proyectos de Inversión en el marco del Programa Agua para Todos y el Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos. En ese sentido, dentro de la relación de Proyectos de Inversión referidos en dicho Decreto Supremo se encuentran los Proyectos: “Construcción de Malecón Costa Verde en el Distrito de Magdalena del Mar - Lima” y “Construcción de Espacios Deportivos de la Costa Verde, Distrito de Magdalena del Mar-Lima” los cuales se ejecutarán en esta jurisdicción. Asimismo, en dicho informe se señala que, con el propósito de cumplir con la normatividad pertinente, se ha procedido a efectuar la modifi cación presupuestaria relacionada a la Transferencia de Partidas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para Financiar el proyecto “Construcción de Malecón Costa Verde en el Distrito de Magdalena del Mar - Lima” por el importe de S/.5`872,355.00 y el proyecto “Construcción de Espacios Deportivos de la Costa Verde, Distrito de Magdalena del Mar-Lima” por el importe de S/. 1’211,159.00, conforme se detalla en la Nota de Modifi cación Presupuestaria Nº 0000000023 y 0000000024; Que, el numeral 39.1 del artículo 39º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece al respecto que: “Constituyen modifi caciones presupuestarias en el Nivel Institucional: los Créditos Suplementarios y las Transferencias de Partidas, los que son aprobados mediante Ley: (...), b) Las Transferencias de Partidas, constituyen traslados de créditos presupuestarios entre pliego”; Que, es objetivo de esta Administración mantener el equilibrio presupuestal y cumplir con las normas presupuestales, el Plan de Acción y el Presupuesto Municipal en todas sus fases, siendo necesario para ello formalizar las modifi caciones presupuestarias respectivas con cargo a cualquier fuente de fi nanciamiento, dentro de la normativa que regula el presupuesto del sector público; De conformidad con el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 007-2009-VIVIENDA, y en uso de las atribuciones señaladas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APRUÉBESE la desagregación de la Transferencia de Partidas aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 007-2009-VIVIENDA, por un monto de Siete Millones Ochenta y Tres Mil Quinientos Catorce y 00/100 Nuevos Soles (S/. 7,083,514.00), monto total que corresponde al proyecto “Construcción de Malecón Costa Verde en el Distrito de Magdalena del Mar - Lima” por el importe de S/. 5.872,355.00 y al proyecto “Construcción de Espacios Deportivos de la Costa Verde, Distrito de Magdalena del Mar-Lima” por el importe de S/. 1.211,159.00, con cargo a la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle: EGRESOS (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1. RECURSOS ORDINARIOS 7,083,514.00 SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 7,083,514.00 PLIEGO : MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR 7,083,514.00 FUNCIÓN : 19 VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO 5,872,355.00 EGRESOS (En Nuevos Soles) PROGRAMA : 041 DESARROLLO URBANO 5,872,355.00 SUBPROGRAMA : 0090 PLANEAMIENTO Y DESARROLLO URBANO 5,872,355.00 PROYECTO :2.089850 CONSTRUCCIÓN DE MALECÓN COSTA VERDE EN EL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR - LIMA 5,872,355.00 TIPO DE TRANSACCIÓN : 2. GASTOS PRESUPUESTARIOS 5,872,355.00 GENÉRICA DEL GASTO : 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS. 5,872,355.00 FUNCIÓN : 21 CULTURA Y DEPORTE 1,211,159.00 PROGRAMA : 046 DEPORTES 1,211,159.00 SUBPROGRAMA : 0102 INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Y RECREATIVA 1,211,159.00 PROYECTO : 2.089849 CONSTRUCCIÓN DE ESPACIOS DEPORTIVOS DE LA COSTA VERDE, DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR - LIMA 1,211,159.00 TIPO DE TRANSACCIÓN : 2. GASTOS PRESUPUESTARIOS 1,211,159.00 GENÉRICA DEL GASTO : 2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS. 1,211,159.00 TOTAL PLIEGO 7,083,514.00 Artículo Segundo.- La presente Resolución se sustenta en la Nota para Modifi cación Presupuestaria Nº 0000000023 y 0000000024 emitida por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de acuerdo al Formato 01/GL Anexo. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Secretaria General la notifi cación de la presente Resolución conforme lo señala el artículo 2º del D.S Nº 007-2009-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 334859-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Aprueban Esquema de Zonificación Urbana de la Ciudad de Huaral ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2009-MPH Huaral, 3 de abril del 2009. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 26 de Febrero del 2009, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Esquema de Zonifi cación Urbana de la Ciudad de Huaral, propuesto por la Gerencia de Desarrollo Urbano por medio del Informe Nº 050-2009-MPH-GDU; y, CONSIDERANDO; Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley Nº 27680, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, consagra que las Municipalidades son órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería de derecho público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.