Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2009 (10/04/2009)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de MORDAZA de 2009

su crecimiento economico en el 2009, asi como la inversion sostenida en infraestructura. En el caso del Peru, aun cuando se preve que el crecimiento de la economia peruana se desacelerara en el ano 2009, el sector de construccion mantendra su crecimiento, lo que originaria un incremento en las importaciones de cemento a nuestro pais. Los otros mercados de exportacion de Cemex muestran situaciones disimiles. Mientras los mercados de mayor relevancia para las exportaciones dominicanas como Jamaica, Antigua y Barbuda, MORDAZA y Bahamas podrian incrementar su demanda como consecuencia de una tasa de expansion economica superior a la del ano 2008, otros mercados de menor importancia para las exportaciones dominicanas como Guyana, Curazao, Bonaire y Bermudas podrian reducir su demanda de cemento, considerando la desaceleracion del crecimiento de su PBI en el ano 2009. De acuerdo con lo expuesto, las exportaciones de Cemex al Peru podrian alcanzar 315 518 TM en el ano 2009, lo que representaria un 4,42% de la demanda interna peruana en el mismo periodo20, tal como se explica en el Informe Nº 021-2009/CFD-INDECOPI. III.4.5 Los probables efectos de los precios de las importaciones investigadas sobre la RPN El Acuerdo Antidumping establece que la evaluacion de una alegacion de amenaza de dano debe comprender el analisis del probable efecto que pudieran tener los precios de las importaciones objeto de dumping en los precios ex - fabrica de la RPN en un futuro cercano. A lo largo del periodo investigado, el precio promedio CIF de las importaciones objeto de dumping en el MORDAZA interno fue 10% menor que el precio de Cementos MORDAZA y 3.3% menor que el precio de Cemento Andino. Asimismo, al analizar el precio de comercializacion del producto investigado en el MORDAZA nacional, se observa que este fue solo 1,7% menor al de la RPN en el periodo MORDAZA setiembre 2007. Ello explica que, aun cuando el precio de las importaciones objeto de dumping fue inferior al precio de la RPN desde su ingreso al MORDAZA y dichas importaciones ingresaron a competir principalmente en la MORDAZA de influencia de la empresa solicitante, los precios de la RPN no se han visto afectados ni se ha evidenciado una presion a la baja de los mismos. Sin embargo, atendiendo a que la reduccion del arancel 12% a 0% a la importacion de cemento aprobada en el ano 2007 no fue trasladada al precio de comercializacion del producto en cuestion, este podria incluso reducirse en 12% en el futuro -magnitud similar a la rebaja del arancel-, hasta alcanzar un precio estimado de S/. 14,51 nuevos soles por bolsa de 42.5 Kg. En este punto, es pertinente senalar que si bien Cementos MORDAZA estimo que el precio del producto denunciado en el MORDAZA interno podria reducirse hasta S/. 12,40 nuevos soles por bolsa de 42.5 Kg., tal estimacion no se fundamenta en el analisis de hechos previsibles e inminentes, sino sobre el supuesto de una posible estrategia predatoria o una represalia comercial cuyo analisis no forma parte del analisis tecnico que debe efectuarse en el presente procedimiento con arreglo a las disposiciones del Acuerdo Antidumping de la OMC. Considerando que la reduccion en el precio del producto denunciado podria alcanzar un precio estimado de S/. 14,51 nuevos soles, corresponde analizar si tal reduccion conseguiria, junto con el incremento de las importaciones, materializar la amenaza de dano importante a la RPN alegada por Cementos Lima. III.4.6 La materializacion de la presunta amenaza de dano alegada por Cementos MORDAZA En el Informe Nº 021-2009/CFD-INDECOPI se refiere que, a la fecha, la RPN no ha experimentado dano como consecuencia de las importaciones de cemento a precios dumping y que, de mantenerse dicha situacion, la RPN no podria verse afectada. En efecto, pese al incremento de las importaciones de cemento dominicano y el menor precio de comercializacion de dicho producto, la RPN se mantiene solida y registra una situacion economica favorable, evidenciada por el crecimiento de la produccion, ventas, utilidades y productividad. Si bien Cementos MORDAZA proyecto que sus ventas caerian en 16% en el ano 2008 respecto a lo registrado en el ano 2006, se ha comprobado que en el primer semestre de 2008 estas se incrementaron 43.2% respecto a las registradas en similar periodo en el ano 2006, lo cual no solo no muestra dano o amenaza de dano a la RPN, sino que revela que la MORDAZA

ha crecido y ha obtenido mayores ventas y utilidades al ano siguiente de presentada la denuncia. De otro lado, como se ha explicado en acapites previos, se ha determinado que resulta previsible que, ante la desaceleracion del MORDAZA dominicano en el ano 2009, Cemex incremente su capacidad exportadora hasta 1,066 millones de TM, con lo cual, podria exportar al Peru volumenes que representen el 4,42% del MORDAZA peruano en dicho periodo. De igual manera, se ha determinado que resulta previsible que el precio de comercializacion del producto importado se reduzca, pudiendo incluso alcanzar el precio de S/. 14,51 nuevos soles por bolsa de 42,5 Kg., atendiendo a la rebaja del arancel a la importacion de cemento de 12% a 0% en el ano 2007. En tal sentido, si se considera que la participacion de MORDAZA de las importaciones denunciadas podria aproximarse a 4,42% en el ano 2009, e incluso un porcentaje menor en los anos siguientes, a medida que el MORDAZA interno dominicano se recupere, no es posible concluir que existe una amenaza de dano importante e inminente a la RPN. Ello, en atencion a que, a pesar del incremento de los volumenes enviados al Peru, las importaciones dominicanas mantendrian una reducida participacion en el MORDAZA que no podria significar una amenaza de dano importante a la RPN, al menos, no de manera inmediata o inminente como lo establece el Acuerdo Antidumping. Asimismo, aun cuando el precio del producto importado se pudiese reducir hasta S/. 14,51 nuevos soles por bolsa de 42,5 Kg., frente a la reducida participacion de MORDAZA que podrian alcanzar dichas las importaciones en el ano 2009, no resulta previsible e inminente que el precio de la RPN se vea afectado. En consecuencia, a pesar de haberse demostrado la existencia de dumping, no se concluye que exista una amenaza de dano importante a la RPN en los terminos establecidos en el articulo 3.7 del Acuerdo Antidumping, incluso considerando el cambio previsible de circunstancias analizado en los acapites precedentes. III.5 Existencia de la presunta relacion causal entre el dumping y la amenaza de dano a la MORDAZA de produccion nacional Conforme a lo desarrollado en los acapites precedentes, si bien se ha determinado la existencia de un margen de dumping de 110.53% en las exportaciones al Peru del producto denunciado, no se ha comprobado la existencia de la amenaza de dano a la RPN. Considerando ello, tampoco se cumple el requisito de causalidad establecido en la legislacion antidumping. Siendo ello asi, al MORDAZA de lo establecido en el Acuerdo Antidumping de la OMC, no corresponde aplicar derechos antidumping a las importaciones de cemento Portland gris originario de la Republica Dominicana, producido por Cemex Dominicana. IV. DECISION DE LA COMISION Sobre la base del analisis del desempeno de la RPN efectuado en el Informe Nº 021-2009/CFD-INDECOPI, esta Comision ha podido corroborar que las proyecciones de dano inminente presentadas por Cementos MORDAZA al inicio del procedimiento no solo no se han verificado en el ano 2008, sino que, por el contrario, han mostrado un excelente desempeno economico y financiero de la RPN, a pesar de la presencia de las importaciones a precios dumping. Tal desempeno se ha evidenciado en el incremento promedio de la produccion (14,6%), ingresos (14,56%) y utilidad operativa (23,67%) de Cementos MORDAZA entre MORDAZA del 2007 y similar periodo del ano 2008. Independientemente de las razones por las cuales no ha variado el ritmo de crecimiento de las importaciones, lo MORDAZA es que no existen elementos de prueba o indicios que permitan inferir que la amenaza de dano importante alegada por la RPN se materialice en el futuro inmediato, considerando

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Si bien en el documento de Hechos Esenciales se estimo que las exportaciones dominicanas al Peru podrian totalizar 738,384 TM y 1,484,172 TM en los anos 2008 y 2009, respectivamente, dicho calculo se efectuo sobre la hipotesis de que el Peru fuera el unico MORDAZA de exportacion. Sin embargo, concluida la investigacion, y a partir de informacion sobre las exportaciones de la empresa denunciada y sus compromisos de venta con terceros mercados de destino para sus exportaciones (como por ejemplo, Haiti), se ha estimado con precision los excedentes de produccion que podrian ser redireccionados al Peru sobre la base de los elementos de juicio disponibles y considerando los hechos previsibles e inminentes de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo Antidumping.

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