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NORMAS LEGALES FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, sábado 11 de abril de 2009 Año XXVI - Nº 10563 AÑO DE LA UNIÓN NACIONAL FRENTE A LA CRISIS EXTERNA PODER EJECUTIVO DEFENSA RR.MM. Nºs. 342, 343, 344 y 345-2009-DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Chile, EE.UU. y Argentina 394172 PRODUCE R.D. Nº 212-2009-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban cambio de titular de permisos de pesca a favor de Tecnológica de Alimentos S.A. 394173 R.D. Nº 213-2009-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan autorización de incremento de fl ota a J. Wiludi & Asociados S.A.C. 394175 R.D. Nº 214-2009-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan permiso de pesca a PANAMERICANA S.A. 394176 R.D. Nº 218-2009-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de Pesquera Exalmar S.A. 394177 R.D. Nº 220-2009-PRODUCE/DGEPP.- Declaran infundado recurso de reconsideración interpuesto contra la R.D. N° 117-2009-PRODUCE/DGEPP 394178 RELACIONES EXTERIORES R.M. Nº 0569/RE.- Designan Agregada Civil en la Embajada del Perú en la República Italiana 394179 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Res. Nº 215-2009-INPE/P.- Exoneran a la Ofi cina Regional Nor Oriente San Martín del INPE de proceso de selección para la contratación de suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario de Chachapoyas 394179 ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Res. Nº 392-2009-ANR.- Precisan uso de Códigos de Registro asignado por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la ANR a la Universidad San Pedro 394181 Sumario REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL 394171 www.elperuano.com.pe