TEXTO PAGINA: 3
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de abril de 2009 394173 Que, bajo el programa de Iniciativa global de Operaciones de Paz (GPOI) los Estados Unidos de América donó vehículos y maquinarias pesadas; Que, personal militar de los Estados Unidos de América realizará capacitación para el mantenimiento y conducción de los vehículos donados; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de los siguientes Ofi ciales de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, del 13 al 27 de abril de 2009, para realizar una capacitación en el mantenimiento y conducción de vehículos donados bajo el Programa de la Iniciativa Global de Operaciones de Paz (GPOI): 1. SARGENTO MAYOR JULIO MIRANDA 2. SARGENTO OSVALDO ANTONIO 3. SARGENTO JAMIL GUTIERREZ 4. SARGENTO JUAN RAMON LANDRON Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 334927-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 345-2009-DE/SG Lima, 8 de abril de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 343 de fecha 08 de abril de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Argentina sin armas de guerra; Que, en el mes de abril se llevará a cabo la Primera Reunión de Planeamiento de las Secretarías del Organismo Coordinador de Apoyo (ORCAP) de cooperación en materia de catástrofes “Hermandad 2009”, entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Argentina; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de los siguientes Ofi ciales de las Fuerzas Armadas de la República de Argentina, del 13 al 17 de abril de 2009, para participar en la Primera Reunión de Planeamiento de las Secretarías del Organismo Coordinador de Apoyo (ORCAP) de cooperación en materia de catástrofes “Hermandad 2009” entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Argentina: 1) CORONEL JORGE FERNANDO FACAL 2) CORONEL EMILIO LUJAN RENDA Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 334927-4 PRODUCE Aprueban cambio de titular de permisos de pesca a favor de Tecnológica de Alimentos S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 212-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 24 de marzo del 2009 Visto los escritos de Registro N° 00088579 del 3 de diciembre de 2008 y del 20 de enero del 2009, presentados por TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que el artículo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE y modifi cado por el Decreto Supremo N° 015- 2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde; por lo que la transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; asimismo, establece que no